Protección de la infraestructura crítica. La llegada a Chile de bandas internacionales como El tren de Aragua también generó un apoyo amplio a la protección de infraestructura crítica y “resguardo de áreas de las zonas fronterizas” por parte de las Fuerzas Armadas.
Fiscalía supraterritorial. “Existirá una Fiscalía Supraterritorial, con competencia a nivel nacional, a la cual le corresponderá el ejercicio de las funciones y atribuciones del Ministerio Público en los delitos de crimen organizado y aquellos de alta complejidad”.
Protección de las policías. “Corresponderá a la ley determinar las conductas o circunstancias en que el uso racional de la fuerza exime de responsabilidad penal. Se considerará especialmente la protección de las personas y sus bienes, impedir la comisión de un delito o asegurar el cumplimiento de un deber, en los términos establecidos en la ley”, dijo el artículo.
Expulsión de migrantes indocumentados. “La ley establecerá los casos, procedimientos, formas y condiciones del egreso o expulsión en el menor tiempo posible, según corresponda, de aquellos extranjeros que hayan ingresado al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, así como de aquellos que hayan cumplido en Chile una pena de presidio efectivo por crímenes o simples delitos”.
Defensoría de las víctimas. “La ley señalará los casos y la forma en que las personas naturales víctimas de delitos dispondrán de asesoría y defensa jurídica gratuitas, a efectos de ejercer la acción penal cuando corresponda, especialmente tratándose de casos de terrorismo, narcotráfico, corrupción, crimen organizado y trata de personas. Para cumplir con esta obligación, el Estado contará con una Defensoría de las Víctimas”.
Indemnización a víctimas de terrorismo. “El Estado reconoce especialmente a las víctimas de terrorismo. Las víctimas de delitos que los tribunales de justicia califiquen como conducta terrorista tendrán derecho a ser indemnizadas por el Estado por todo daño sufrido con ocasión de estos hechos”.
Estado de sitio por acto terrorista. “El estado de asamblea, en caso de guerra exterior, y el estado de sitio, en caso de guerra interna, grave conmoción interior o acto terrorista, serán declarados por el Presidente de la República, con acuerdo del Congreso Nacional. La declaración deberá determinar las zonas afectadas por el estado de excepción correspondiente”.
Asociaciones contrarias al orden público. “El derecho a asociarse sin permiso previo. Se prohíben las asociaciones contrarias al orden público y a la seguridad del Estado”, dijo la norma, vista en la oposición como una forma de frenar constitucionalmente a grupos como la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). El oficialismo la consideró peligrosa por su potencial de amplia aplicación.
Policía fronteriza. “Dentro del término de cinco años siguientes a la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República deberá ingresar un proyecto de ley que creará una Policía Fronteriza que será encargada del control, patrullaje y resguardo de las fronteras terrestres nacionales en la forma que determine la ley institucional”.
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