“El Ministerio de Vivienda y Urbanismo está prestando toda la colaboración posible en el marco del procedimiento de registro de entrada e incautación que efectúa la fiscalía de Tarapacá en el Ministerio, lo que está acotado a las dependencias de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, la División de Política Habitacional, y el Departamento de Asentamientos Precarios.
Cabe señalar que se trata de una autorización voluntaria y en el marco de una denuncia hecha por el mismo Ministerio en la región de Tarapacá relacionada a las fundaciones Enlace Urbano y En Red por convenios suscritos desde 2021.
Desde el principio de este caso, y de manera proactiva, esta secretaria de Estado ha colaborado con los requerimientos de la institucionalidad en el marco del caso Convenios-Minvu entregando toda la información sobre el particular”.
El comunicado, sin embargo, tiene afirmaciones que no se condicen con la realidad, partiendo por el hecho de que el allanamiento no fue a partir de una autorización voluntaria del ministerio de Vivienda. Es más el Ministerio Público expresamente señaló al juez que prefería no avisar previamente al ministro Montes para no poner en riesgo las diligencias. El juez estuvo de acuerdo en que no se enviara oficio para avisar de la diligencia.
El Tribunal de Garantía de Iquique tomó la decisión de pedir el allanamiento luego de que el Minvu no contestara al menos cuatro oficios donde la fiscalía solicitaba información. Uno de ellos es respecto del rol de Aldo Bastías, director técnico de la fundación EnRed Social y ex analista del programa asentamientos precarios del Minvu.
Al volver a solicitar información por parte de la fiscalía, no existió respuesta por parte del Ministerio, ni tampoco para otros oficios.
La jefa de la División Jurídica del Minvu, Marcela Rivas, quien envió los antecedentes a la fiscalía y al CDE, tampoco ha concurrido a declarar al Ministerio Público.
Según el artículo 209 del Código Procesal Penal, “para proceder al examen y registro de lugares religiosos, edificios en que funcionare alguna autoridad pública o recintos militares, el fiscal deberá oficiar previamente a la autoridad o persona a cuyo cargo estuviera” con al menos 48 horas de anticipación.
Pero esto último no se hizo en el allanamiento, al menos hasta el día anterior de efectuarse. Desde el Ministerio Público se apeló al mismo artículo en el que se plantea que se debe oficiar a la autoridad correspondiente -en este caso al ministro Montes o a la subsecretaria Gabriela Elgueta- “a menos que fuere de temer que por dicho aviso pudiere frustrarse la diligencia”.
Montes ingresó a las 9:20 al Minvu, unos 35 del inicio del allanamiento.
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