Qué observar. El 1 de febrero de este año, el Diario Oficial publicó el Decreto Supremo N°30/2023 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), liderado por Maisa Rojas. Este recurso modificó el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Uno de los cambios que más llama la atención de los especialistas es que se incorporara como nuevo contenido de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), los Planes de Seguimiento de Variables Ambientales. Aquello estaba reservado exclusivamente a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
Consecuencias. Cabe mencionar que existen dos tipos de procedimientos para obtener una Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Por un lado está la Declaración de Impacto Ambiental. Por otro, el Estudio de Impacto Ambiental. Las iniciativas que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental tienen que presentar una DIA.
Qué dice el decreto. El decreto especifica que “la Resolución de Calificación Ambiental de una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, podrá ser revisada por el Servicio, excepcionalmente, de oficio o a petición del titular, del directamente afectado o de la Superintendencia del Medio Ambiente”.
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