Diciembre 28, 2023

Los 7 errores que permitieron la entrega de pensiones vitalicias a un prófugo y a un condenado del 18-O

Jorge Poblete
Los ministros Mario Marcel de Hacienda y Carolina Tohá de Interior el 22 de septiembre de 2022 en La Moneda. (Carolina Reyes/ Agencia Uno)

El ministro (s) Monsalve anunció que el Ejecutivo ingresará 2 indicaciones para obtener la facultad de revocar las pensiones vitalicias entregadas tras el 18-O. El anuncio lo hizo luego de que se destapara que entre los beneficiados había un condenado por un robo a un supermercado saqueado. El sistema que permitió que esto ocurriera incluyó criterios subjetivos de asignación de recursos y la composición de la comisión presidencial encargada de hacer las propuestas. “Hace muchos meses que no estoy ahí, entonces si me pregunta de un caso en particular, es difícil que le pueda contestar”, respondió el entonces presidente de la comisión y actual Sence del Biobío, Daniel Jana. A continuación, las 7 grietas del proceso.


1. La composición de la comisión presidencial. Los 10 miembros de la comisión presidencial para entregar pensiones de gracia eran funcionarios de gobierno: 6 del Ministerio de Interior y 4 de otras carteras. El perfil de al menos la mitad de ellos evidenció su distancia de materias penales que pudieran haber alertado de banderas rojas de los casos examinados.

  • Daniel Jana Torres —periodista, PS, ex jefe del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con Bachelet 2 y nombrado en abril de este año jefe del Sence del Biobío tras dejar su rol de jefe de Acción Social del Ministerio del Interior— presidió las 2 sesiones en que se recomendó entregar y luego aumentar la pensión de gracia a Andrés Fuica, cuando ya había sido condenado por robar un supermercado el 18-O.
  • Lo mismo ocurrió con el pensionado prófugo por estafa, Juan Francisco Villalobos Prado.
  • Contactado telefónicamente por Ex-Ante este jueves, Jana respondió: “Hace muchos meses que no estoy ahí, entonces si me pregunta de un caso en particular, es difícil que le pueda contestar”.
  • Además de los representantes de Interior, estaba la exjefa de gabinete de Irina Karamanos, una economista cercana a Mario Marcel y un asesor legislativo del Ministerio del Trabajo, entre otros.

2. Actas sin justificación. Una revisión de las actas de la comisión presidencial mostró que ni en el caso del pensionado condenado por un robo del 18-O ni en el caso del prófugo por estafa se entregaron justificaciones para la entrega de los beneficios más allá de citar el uso de la glosa número 12. Lo mismo ocurrió en otros casos. Esta opacidad en los mecanismos de decisión dificulta revisar sus procedimientos.

3. Las glosas de la ley. El informe de la comisión investigadora de la Cámara por las comisiones de gracia suscrito en noviembre por la oposición —el oficialismo emitió un documento con sus propias conclusiones, ambos obtuvieron 7 votos a favor y 6 en contra— planteó que en la génesis del problema estaba que había 2 glosas de la ley de presupuesto de 2022 que permitían entregar excepcionalmente pensiones de gracia tras el 18-O, con diferentes criterios.

  • La glosa 12 se refería a “personas afectadas en el contexto de las manifestaciones iniciadas en el mes de octubre de 2019” y la glosa 15 a “víctimas de violaciones a los derechos humanos acreditadas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) que a causa de sus lesiones sufran un menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo, desde el 18 de octubre de 2019 en adelante”.
  • El documento de la comisión planteó que “el procedimiento se llevó a cabo con una discrepancia en la aplicación de las glosas”.
  • El motivo: “en todos los casos seleccionados, el INDH intervino aplicando los criterios contenidos en la referida glosa 15, específicamente en lo relativo al menoscabo laboral. Sin embargo, el Ministerio del Interior otorgó todas las pensiones con cargo a la glosa 12, que no exigía ni la participación del INDH ni el menoscabo en la capacidad de trabajo”.
  • Pese al uso de la Glosa 12 y no la 15, el gobierno ha dicho que se apoyó en los informes del INDH para revisar los casos.

4. El rol del INDH. El informe de la oposición sostuvo que “los consejeros del INDH invitados a exponer a la comisión sostuvieron que el análisis de la gravedad y la permanencia de los impedimentos físicos o mentales era atribución del Ministerio del Interior. En esa línea, los consejeros Cristián Pertuzé y Francisco Ugas sostuvieron que el Instituto nunca hizo una gradualidad respecto de las lesiones ni una calificación jurídica de ellas”.

  • A esto se sumó que una revisión de una decena de las querellas presentadas por el INDH en los casos de pensionados, mostraron que estas sólo se basaron en los testimonios de los denunciantes, sin contrastarlas con otros antecedentes.

5. Falta de revisión de prontuarios. El ministro del Interior subrogante Manuel Monsalve dijo este jueves a Radio ADN que la norma no exige la revisión de prontuarios de los beneficiados, por lo que “el Gobierno va a presentar la próxima semana 2 indicaciones a mociones parlamentarias que se están tramitando en la comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados: una para que por ley quede la obligación de que las autoridades tengan a la vista los antecedentes penales de las personas previo a la toma de decisión de entregar una pensión de gracia”.

  • La segunda, dijo, “para tener la facultad legal para revocar el beneficio, porque en la historia de Chile nunca se ha revocado una pensión de gracia (…) y hay una discusión jurídica respecto a que existen facultades o no”.

6. Criterios subjetivos para entregar los recursos. El informe de la comisión suscrito por los diputados oficialistas consignó que “el actual sistema de evaluación se basa en criterios subjetivos, lo que puede generar desigualdades en el acceso a este beneficio. Se recomienda establecer criterios objetivos y claros para la evaluación de las solicitudes, que sean auditables y transparentes”.

7. Ausencia de un órgano técnico de salud. “Durante la selección de los casos, no hubo en el INDH ni en el Ministerio del Interior una instancia conformada por profesionales de la salud para acreditar las lesiones. Tampoco intervino un órgano técnico calificado en la materia, lo que da cuenta de la poca objetividad del procedimiento para constatar las afectaciones físicas, sobre todo las de carácter leve”, dijo el informe de la oposición. “Esta omisión resulta más compleja en la evaluación de antecedentes realizada por el Ministerio, ya que la categorización de las lesiones era de su competencia”.

Ojo con. Hasta este jueves, ni el ministro Mario Marcel de Hacienda (quien no fue citado por la Comisión ni ha sido consultado públicamente por estas situaciones) ni la ministra Carolina Tohá de Interior (quien se refirió al caso en la Comisión de Seguridad de la Cámara) habían dicho si al firmar los cientos de decretos exentos que otorgaron las pensiones de gracia hicieron consultas para verificar si algunos de esos casos podían representar problemas a futuro para el gobierno, como ocurrió, dado que eran sus nombres los que aparecerían en los documentos oficiales.

Lea también. Gobierno otorgó pensión de gracia vitalicia a condenado por robar supermercado saqueado el 18-O

 

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