Cuotas y género: otra mirada. Por Héctor Lehuedé

Abogado y socio de Razor Consulting

En el pasado, las autoridades exigieron al menos un director independiente. Hoy, se propone exigir que terminen una injustificada exclusión de la mitad de la población en los directorios, para promover una mayor diversidad de miradas que promoverá un mejor gobierno.


A veces la forma en que se enmarca una conversación, los parámetros sobre los cuales se construye, determinan sus resultados. Quien establece ese marco o parámetro suele ser el incumbente, quien detenta la posición de poder o influencia al momento en que se inicia el tema. Así, un buen posicionamiento comunicacional puede ser clave para defender o promover ciertos intereses.

Algo de eso ocurre en el tema de la participación de las mujeres en los directorios de las empresas abiertas a la bolsa en Chile. La conversación está trabada sobre ciertos ejes que son funcionales al status quo y, probablemente hará que pasen décadas antes de que los directorios sean un reflejo de la paridad que existe en la base de la sociedad y en muchas de nuestras empresas: equivalente cantidad de representantes de cada género.

Una reciente columna de opinión sobre las cuotas de género en El Mercurio despertó esta reflexión. Me recordó vívidamente la discusión que surgió cuando me correspondió promover la existencia de directores independientes, en la reforma que dio origen a la Ley 20.382 de 2009. La lógica es muy similar y, al igual que en esa discusión, la defensa del status quo se apoya en el derecho de propiedad y en exigir que quien promueve adoptar mejores prácticas internacionales de gobierno corporativo, las justifique, y no al revés, esto es, que quien deba justificarse sea la oposición al cambio.

Muy resumidamente, y con algo de caricatura, el debate expuesto en esa columna, plantea que quien debe probar que la participación equilibrada de ambos géneros en los directorios es “deseable”, “eficiente”, “rentable”, o el adjetivo que cada cual valore más, es quien promueve tal paridad. La carga de la prueba de presentar estudios, cálculos y explicaciones está de ese lado: muéstreme por qué tendría que incluir mujeres si no quiero.

En tal marco de discusión, el status quo está protegido por el derecho de propiedad, por lo que no hay necesidad de que quien lo desea preservar tenga que explicarse, justificarse, ni mostrar sesudos papers a su favor. Si el controlador desea dejar a la mitad de la población fuera, en su derecho está. Si eso es contrario a la lógica y a las mejores prácticas de gobierno corporativo, es su decisión y punto. Son sus acciones; es su empresa; su directorio. Si quieren obligarlo, habrá un coro de asesores listo para decir: ¡inconstitucionalidad! ¡expropiación!

Pero resulta que el mismo tema puede plantearse desde otra mirada, no necesariamente más válida ni apegada al texto constitucional, pero construida sobre ejes totalmente distintos. Las mejores prácticas se han ido documentando y consolidando internacionalmente para ayudarnos a hacer de forma más segura y eficaz ciertas actividades. Algunas son de carácter científico, muy rigurosas y certificadas bajo estrictos parámetros. Otras son más de sentido común, más mundanas, y también hay las que son controvertidas. El manejo de residuos radiactivos, las proporciones de agua y granos para cocinar el arroz, y el vacunarse contra el Covid-19, son ejemplos de ello.

Esas mejores prácticas son de mayor o menor interés social, por lo que atraen un diverso grado de atención de la autoridad, del Estado. El manejo de residuos nucleares es de la máxima prioridad, mientras que si a alguien se le pega el arroz es de cero preocupación. La vacunación es un caso intermedio, en que si bien no se puede obligar a todos a hacerlo, se les pudo legítimamente excluir de lugares y actividades mientras no lo hicieran, porque lo justificaba el interés social basado en lo que se entendía eran las mejores prácticas de salubridad. Hubo y aún hay quienes ponen en duda la adecuación de esas prácticas, y esas personas tuvieron que aceptar las consecuencias de su opción de no vacunarse.

Las mejores prácticas internacionales de gobierno corporativo proponen que un directorio homogéneo y con una visión sesgada, es inferior a uno diverso y de mirada amplia, con independencia de juicio. Este último es superior para la gobernanza de la empresa, pero no es garantía de mejor rentabilidad en el corto plazo, ni de aumento de las ventas el próximo año. Es superior en cuanto podrá enfrentar mejor los distintos intereses que debe considerar el directorio, manejar sus riesgos y establecer una estrategia sostenible en el largo plazo.

Estos aspectos son socialmente más relevantes que la rentabilidad y las ventas, que si bien importan a todos quienes de una u otra forma dependen de la empresa, no preocupan a la sociedad en su conjunto. El que una empresa sea sostenible en su interacción con la sociedad y el medio ambiente, y que tenga prácticas adecuadas en libre competencia y cumplimiento, por ejemplo, son de alto interés social.

Los Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE y del G20, del año 2023, dan cuenta que para fomentar la diversidad de género, muchos países exigen o recomiendan que las empresas cotizadas hagan pública la composición de sus directorios, y que algunos han establecido cuotas obligatorias. Datos de la OCDE para 2023 sobre una selección de 49 países, muestran que 15 han establecido cuotas obligatorias y 14 han establecido metas (comply or explain). No hay duda por dónde van las mejores prácticas.

Cuando una empresa accede al mercado de capitales, que es uno regulado debe cumplir con las reglas que la sociedad se ha dado para quienes participen de él, democráticamente, a través de sus autoridades electas. En el pasado, esas autoridades les exigieron al menos un director independiente. Hoy, se propone exigirles que terminen una injustificada exclusión de la mitad de la población en sus directorios, para promover una mayor diversidad de miradas que promoverá un mejor gobierno. En ambos casos la justificación han sido las mejores prácticas y el interés social en que sean adoptadas por las empresas que ofrecen sus valores al mercado, al que ellas pueden decidir libremente acceder o no.

Planteado así, el debate se ve diferente. Tal vez un cambio de mirada nos permita destrabar un diálogo que, centrado solamente en la constitucionalidad de imponer cuotas, es de muy poco aporte para el buen gobierno de nuestras empresas, que debiese ser nuestro objetivo común.

 

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