Caso Luchsinger: El fallo sobre la participación de los primos que incendiaron la casa con la pareja adentro y ahora recibieron salida dominical

Ex-Ante
Luis Tralcal en una audiencia realizada el 26 de febrero de 2019 en Santiago, tras ser recapturado. Foto: Sebastián Brogca / Agencia Uno.

Cerca de la 1 am del 4 de enero de 2013, 2 grupos de encapuchados armados llegaron a la Granja Lumahue de Vilcún y se acercaron a la casa del matrimonio Luchsinger Mackay. Los primos, que iban en el primer grupo, avanzaron hacia la cocina, disparando. El marido, de 75 años, respondió al fuego con su pistola Browning e hirió en el tórax a uno de los atacantes, Celestino Córdova. José y Luis Tralcal rociaron la cocina con acelerante, y prendieron fuego a la casa con la pareja adentro.


Qué observar: Este martes 22, el Consejo Técnico del Centro de Educación y Trabajo de Victoria concedió el beneficio de salida dominical trimestral a José y Luis Tralcal, quienes a principios de marzo habían iniciado una huelga de hambre pidiendo beneficios. La decisión se tomó en semanas en que se han registrado atentados pidiendo la liberación de los “presos políticos mapuche”. Condenados a 18 años de prisión, de los cuáles llevan solo 3, los primos recibieron la sentencia en 2018 y se fugaron.

  • El 10 de octubre de 2018, la segunda sala de la Corte Suprema dictó una sentencia de reemplazo en el caso del matrimonio de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay, quienes fueron quemados vivos en el incendio intencional ocurrido el 4 de enero de 2013 en su casa en la Granja Lumahue de Vilcún, Región de La Araucanía.
  • En sentencia unánime, condenaron a José Sergio Tralcal Coche y a Luis Sergio Tralcal Quidel a 18 años de presidio como autores de incendio con resultado de muerte del matrimonio. Paralelamente, los absolvieron del cargo de delito terrorista de incendio con resultado de muerte.
  • Un tercer acusado, José Manuel Peralino Huinca, quien colaboró con la investigación, fue condenado a 5 años de cárcel, por el mismo delito. En la causa había sido absuelta la machi Francisca Linconao, quien en mayo de 2021 fue elegida integrante de la Convención Constitucional, tras obtener uno de los 7 escaños reservados para el pueblo mapuche en ese proceso. Desde el ex Congreso, Linconao ha asegurado que los Tralcal son inocentes.
  • Con el fallo de los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm, quedó zanjado el recurso de nulidad presentado por la defensa de los acusados al fallo del tribunal oral de Temuco. Los Tralcal se fugaron ese año y fueron recapturados en febrero de 2019.
  • La decisión de darles salida dominical abrió una controversia con la oposición. El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, aseguró que no hubo presiones del gobierno.

Qué dijo la Suprema sobre el rol de los primos: “De ellos no sabía mucho hasta que fueron sometidos a proceso por la autoría de la muerte de mis padres. A partir de ese momento uno empieza a encontrar antecedentes que dan mérito a las acusaciones”, dijo el hijo del matrimonio, Jorge Luchsinger, entrevista con Ex-Ante. El fallo de 2018 detalla esa participación.

  • “La madrugada del día 04 de enero de 2013, siendo aproximadamente la 01:00 horas, un grupo de sujetos, entre los que estaba el detenido y condenado por estos hechos, Celestino Córdova Tránsito, los acusados José Manuel Peralino Huinca, Luis Sergio Tralcal Quidel y Jose Sergio Tralcal Coche, entre otros, irrumpió en la casa habitación ubicada en el denominado Fundo La Granja Lumahue”, dice uno de los considerandos del fallo, donde recogen la sentencia de primera instancia. La pareja, el marido de 75 años y su mujer de 69, “se encontraban en el interior de su domicilio”.
  • “Los sujetos en cuestión se dirigieron a ese lugar, previamente concertados, provistos de diversos elementos, entre ellos armas de fuego de distintos calibres, cuerpos portadores de llama y sustancias acelerantes con el propósito de atacar el mismo e incendiarlo, aun constatando la presencia de sus ocupantes”.

El ataque: De acuerdo con el relato consignado en el fallo, los atacantes se dividieron en 2 grupos. Los primos, que iban en el primer grupo, avanzaron hacia la cocina, disparando. El marido respondió al fuego con su pistola Browning e hirió en el tórax Celestino Córdova. José y Luis Tralcal rociaron entonces la cocina con acelerante, y prendieron fuego a la casa con la pareja adentro.

  • “Una vez en el lugar, una parte de este grupo, entre los que estaba José Manuel Peralino Huinca, se posicionó por un sector del inmueble que da hacia el Fundo Traipo; en tanto que el otro grupo de sujetos, entre los que se encontraba José Sergio Tralcal Coche y Luis Sergio Tralcal Quidel, atacó la propiedad por el sector de la cocina, efectuando diversos disparos con armas de fuego”.
  • “Ante ello, don Werner Luchsinger Lemp, víctima de los hechos, repelió el ataque haciendo uso de su arma de fuego una pistola marca Browning calibre 7.65 milímetros, enfrentamiento en el que resultó herido a la altura del tórax el mencionado Celestino Córdova Tránsito”.
  • “En este contexto, el grupo de sujetos que se posicionó en la zona de la cocina, entre los que estaban José Sergio Tralcal Coche y Luis Sergio Tralcal Quidel, roció dicha dependencia con sustancias acelerantes de la combustión e inició el fuego mediante cuerpos portadores de llama, dejando al matrimonio mencionado al interior del inmueble, el que se consumió en su integridad por la acción del fuego, provocando a ambas víctimas la muerte por carbonización en incendio, según dan cuenta los respectivos protocolos de autopsia”.

Las pruebas: El fallo de la Suprema validó las pruebas presentadas en la sentencia de primera instancia, las que habían sido cuestionadas por la defensa, que sostenía la inocencia de los acusados.

  • “El fallo recurrido, para determinar la participación de los acusados José Sergio Tralcal Coche y Luis Sergio Tralcal Quidel entre aquellos sujetos que atacaron el inmueble de propiedad de los occisos con armas de fuego por el sector de la cocina (…), no sólo utiliza como insumo la declaración de Peralino Huinca incorporada al juicio con la declaración de oídas de los funcionarios policiales señores Vilches, Villegas y Leiro, y el reconocimiento fotográfico realizado por éste respecto de ambos acusados conforme al protocolo institucional vigente”.
  • Detalla que “para corroborar sus dichos, valora los dichos de la víctima Vivian Mackay González en su llamada a Cenco (el número de Carabineros), en orden a que uno de los atacantes le decía a otro “mátalo weon mátalo” “nos atacan” “siguen disparando”, indiciarios de la participación de un grupo de personas”.
  • También menciona que del “despliegue de acciones efectuadas aquel día resulta de imposibilidad física sea realizado por una sola persona o un par de ellas, toda vez que se iniciaron dos focos de incendio en lugares distintos de la propiedad, uno de ellos en un móvil ubicado a 13 metros aproximados de la zona de la cocina, según dio cuenta el deponente Jorge Luchsinger Mackay y, además, la existencia de numerosos disparos en la zona oriente de la vivienda”.
  • La resolución menciona además el análisis de tráfico de comunicaciones que “dio cuenta de innumerables llamadas pesquisadas entre Peralino Huinca y José Sergio Tralcal Coche incluso horas antes de la ocurrencia de los hechos”.

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