La suerte está echada –alea iacta est–. Si bien el 80% de los votantes ya tiene decidido su voto, aún existe una fracción que no ha fijado su postura. Hemos sido testigos de cómo el torbellino de las campañas del Apruebo y el Rechazo –ninguno exento de algunos cuantos polémicos episodios– han intentado salir a conquistar a los indecisos. Pero si vamos más al fondo de ese coqueteo a veces insípido, ¿qué conclusiones o análisis podemos sacar de la propuesta por la que votaremos este domingo?
Tras haber seguido de cerca el proceso constituyente, y luego de múltiples conversaciones con distintos colegas, he construido un listado de aquellos aspectos estructurales que podrían calificarse como positivos, negativos y perfectibles. A continuación los detallo con el ánimo de informar a quienes aún no han decido su voto.
¿Qué aspectos positivos rescato?
- Estado Social de Derecho: Es provechoso que se busque garantizar más derechos sociales, respondiendo a las demandas ciudadanas por mejores condiciones y calidad de vida. Destacan, especialmente, el reconocimiento de un Estado social y la incorporación de nuevos derechos, como el derecho al cuidado y a la vivienda, cuya provisión no debe ser monopolio del Estado.
- Equidad de género: Este es un elemento muy rescatable de la propuesta. Nos impulsará a analizar, ante decisiones de distinta índole, si se están perpetuando o no las desigualdades, los estereotipos y los sesgos de género. Es importante que esto trascienda y se consolide institucionalmente.
- Naturaleza y medioambiente: La incorporación de conceptos como solidaridad intergeneracional, biodiversidad y crisis climática, abre la posibilidad de construir un sistema que vele por la conservación y restauración del medioambiente. Esto es fundamental para la mitigación del cambio climático y para el uso responsable de los recursos naturales.
¿Qué aspectos negativos son los que más me preocupan?
- Sistema político: Un aspecto preocupante del presidencialismo atenuado propuesto es la eliminación de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo sobre el gasto público. La forma en que quedó regulado podría llevar a presiones que incentiven un mayor gasto público en momentos electorales, un menor control de la billetera fiscal y un aumento de los choques entre el Ejecutivo y Legislativo. Por otra parte, el bicameralismo asimétrico limita el rol revisor de la Cámara de las Regiones, sin establecer mecanismos de resolución de conflictos entre ambas cámaras. En general, la Cámara de las Regiones tiene un rol menor al que uno esperaría para un régimen presidencialista. Ante las diferencias de poder entre cámaras y la ambigüedad de las reglas, se pueden generar conflictos de roles que deberán resolverse fuera del Legislativo, en la Corte Constitucional.
- Partidos políticos: El tratamiento que se les da es ambiguo. En algunas partes incluso se habla de organizaciones políticas, abriendo la puerta a movimientos sociales e independientes. Esto no contribuye a fortalecer los partidos, los cuales son el fundamento de la democracia representativa.
- Plurinacionalidad: Si bien se debe dar un tratamiento constitucional a los pueblos originarios, la amplitud con que se materializa la plurinacionalidad en la propuesta Constitucional producirá una tensión entre las autonomías territoriales indígenas y el desarrollo nacional. Precisamente esto es lo que ha ocurrido en Ecuador y Bolivia.
- Educación: Se debilita la libertad de enseñanza y se abre la puerta a una discriminación por parte del Estado, eliminando el principio de igualdad de oportunidades. Esto tendría profundas consecuencias para la calidad de la enseñanza.
- Derechos de agua: El problema con el cambio del régimen de uso de aguas ahora regulado por autorizaciones administrativas está en el riesgo de precarizarlas al ser discrecionalmente revocables. Además, el definirlas como incomerciables, podría traer serios problemas económicos.
¿Qué es lo que podría mejorarse?
- Derechos sociales: En relación con los derechos sociales, preocupa la judicialización de las políticas que, a través de la acción de tutela constitucional, entregaría a los jueces el rol de dictar políticas públicas. Esta es más bien labor de los parlamentarios y el Gobierno. Sería mejor reemplazar la tutela por un sistema como el español, donde si bien son justiciables, la regulación queda en la Ley.
- Judicatura: El proyecto de nueva Constitución entiende a medias el problema de déficit de independencia interna que tiene nuestro sistema. Si bien quita a la Corte Suprema las funciones no jurisdiccionales, no debiese concentrarse en un solo órgano que podría ser susceptible de politización (Consejo Nacional de la Justicia). Esto arriesgaría la independencia externa del sistema. Además, con una cultura jurídica corporativista, no se puede garantizar que dichos grupos no interfieran judicialmente, por ejemplo, a través de las revisiones “integrales” de tribunales y jueces.
- Derecho a huelga: Desgraciadamente, se deja explícito que la Ley no podrá limitar el ámbito de intereses a defender en una huelga. Este debiese ser acotado para no llevar a abusos de su figura.
Se puede concluir de todo esto que aquella lógica refundacional que se incubó en la Convención no permitió que se alcanzara un texto capaz de congregarnos, sino que más bien nos llevó a un disputa continua que no ha encontrado salida. Esta es la razón principal por la que este domingo rechazaré la propuesta de nueva Constitución. Soy un convencido de que volver a empezar, esta vez esforzándonos en hacer un trabajo integral, es el mejor camino para obtener un texto que de verdad reúna a una amplia mayoría.