Ciertamente la guerra entre Rusia y Ucrania, ambos países entre los mayores productores mundiales de aceite de girasol -y de muchos cereales además- no sólo produce una caída en la oferta en el corto plazo de este producto, sino de todos aquellos que están directamente relacionados (aceite de maravilla, uva, oliva, etc.). Además, por el inesperadamente prolongado conflicto, abre el espacio para la especulación de quienes predicen escasez de alimentos en los próximos dos a tres años.
También puede explicar las alzas de precios en los alimentos la presión inflacionaria derivada de la mayor liquidez que ha tenido la población chilena, producto de haber retirado hasta un 30% de los fondos ahorrados originalmente para pensiones, o los diversos programas de protección social tendientes a aliviar la falta de ingresos en pandemia (IFE universal, IFE laboral, o la PGU), unido a la menor oferta por la falta de mano de obra en el campo en tiempos de pandemia.
Ambas explicaciones podrían dar cuenta de una inflación anualizada del rubro alimentos que duplique a la de toda la canasta del IPC, pero me parece que no explican por qué el precio de los alimentos como los aceites de comida dupliquen su valor en menos de medio año, ni menos explican que estas alzas se verifiquen preferentemente en supermercados, muy por encima de las alzas de los mismos productos que se observan en ferias libres.
Esta situación llevó a asociaciones de consumidores primero, y a varios diputados después, a pedir que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) investigue una eventual colusión de las cadenas de supermercados en precios de los productos que componen la canasta básica de consumo; todo bajo el slogan “no es inflación, es colusión”.
Incluso, alguno más revolucionado pide acelerar un proyecto de ley que imponga penas más duras a la colusión, sin esperar la solicitada investigación, ni menos aun el veredicto que debería emanar del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en un eventual caso de acusación de acuerdo de fijación de precios.
Desmenucemos los problemas y sus posibles causas, de modo de comprender hasta dónde la acusación podría tener algún fundamento y qué deberíamos esperar de la investigación de la FNE.
En primer lugar, me parece que la inflación anualizada de alimentos sea el doble que la de toda la canasta del IPC se debe probablemente al embargo del aceite de girasol producido en Rusia y Ucrania, producto de la guerra, que eleva de inmediato su precio y el de todos sus aceites sustitutos.
Unido a esto, los alimentos utilizan más intensivamente logística de transporte que otros productos y, en consecuencia, el alza de los combustibles de 50% en un año les afecta más que a rubros como el calzado, vestuarios y servicios.
Un segundo elemento a tener en cuenta es que las alzas de precios en alimentos, producto de situaciones como la guerra y el embargo de algunos productos muy puntuales, podrían llevar a que quienes ofician de mediadores entre la producción y el consumo especulen acerca del futuro del mercado y, como consecuencia, acaparen estos productos que se hacen más escasos, pero que al ser de primera necesidad mantienen una demanda relativamente estable en el tiempo.
Es decir, podría tratarse de una apuesta por mejores precios en el futuro con un aumento de sus stocks en bodegas y creando, artificialmente, precios más altos en el corto plazo que aquellos que ocurrirían en un mercado sin especulación y acaparamiento.
Dos observaciones respecto de este último punto. Lo primero es que no tenemos los antecedentes para saber cuánto del alza de precios de los alimentos se debe a razones puramente de mercado o cuánto se debe a la estrategia de acaparar productos especulativamente, siendo la FNE la institución adecuada para investigar precisamente este punto y ver hasta dónde existe una práctica que genera consecuencias negativas inmediatas sobre los consumidores.
La segunda observación es dejar por sentado que acaparar productos es validado en la jurisprudencia comparada como una posible práctica de abuso de posición de dominio, no siendo ni necesaria ni suficiente para demostrar un delito muy diferente como sería una colusión de precios.
Lo que parece más delicado es la constatación que las alzas de precios en los alimentos se habría evidenciado con más fuerza en supermercados que en ferias libres. Aun cuando el TDLC ha sentenciado en causas pasadas que las cadenas de supermercados participan dentro de un mercado relevante del producto que es diferente al mercado de las ferias libres u otros oferentes similares, así como que el “producto” respondería a una agrupación de todos los productos ofertados por estas cadenas, no tiene mucha explicación competitiva el que los productos alimenticios suban mucho más en un canal de distribución (cadenas de supermercados) que en el otro canal (ferias libres).
¿Qué podría estar explicando estas diferencias? Una explicación menos fuerte sería que las cadenas de supermercados tienen mejor capacidad de acceder a recursos financieros que los feriantes, lo que les permitiría almacenar productos para un futuro de mayores precios, lo que como hemos visto podría configurar una estrategia abusiva de acaparamiento que debe ser investigada.
Una segunda explicación, sin dudas más fuerte, indicaría que las cadenas de supermercados, que son pocas, habrían acordado alguna estrategia anticompetitiva (como por ejemplo fijar mayores precios o guardar stocks), acuerdo que es imposible para los feriantes simplemente por estar muy atomizada su oferta.
Lo importante es ahora hacer trabajar a las instituciones. La FNE puede de oficio, o a partir de solicitudes como las mencionadas, iniciar una investigación tan amplia que abarque a todos los alimentos, o restringirla a aquellos productos que muestran una mayor alza de precios.
También la FNE puede no sólo investigar posibles acuerdos colusivos, sino también otras prácticas de abuso en contra de los consumidores que podrían configurarse en los mercados dominados por las cadenas de supermercados.
Una vez concluida la investigación, que puede tomar varios meses e incluso más, la FNE puede archivar la causa por falta de pruebas o, de tener los antecedentes que sustenten su hipótesis, demandar a las cadenas de supermercados ante el TDLC, exigiendo el pago de multas a beneficio fiscal. Sólo en caso de haber condenas, lo que puede perfectamente tomar un par de años más, tendría sentido iniciar un juicio indemnizatorio en favor de los consumidores afectados. Para eso, hay que esperar.
*Ph.D. en Economía, Cornell University. Decano de la Facultad de Economía y Negocios, y Director Académico del Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas, CiPP, Universidad Alberto Hurtado. Exministro del TDLC.
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