Una discusión calificada de “franca” hubo durante las últimas semanas entre los consejeros del Colegio de Abogados para emitir el comunicado público donde cuestionan la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema que, a su juicio, establece un “carácter general” a las demandas por el alza de precio de las primas GES para todos los afiliados y no las circunscribe a aquellos cotizantes que acudieron a tribunales. “Las políticas de salud pública no son materia de los Tribunales de Justicia”, señala el ente gremial.
Qué observar. Inédita fue la declaración que emitió ayer el consejo del Colegio de Abogados cuestionando la sentencia del 10 de agosto de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que dictaminó que la isapres deberán anular la última alza de las primas GES y que dicha resolución era aplicable tanto para los que habían recurrido a la justicia como para todos los otros afiliados.
- Según el Colegio de Abogados al máximo tribunal no le corresponde emitir sentencias con carácter “general” y que la definición de políticas públicas para enfrentar el problema de la judicialización de los contratos en el sistema de salud privado, debe ser resuelto por el Poder Legislativo y Ejecutivo.
- “En opinión del Consejo, las políticas de salud pública no son materia de los Tribunales de Justicia que solo resuelven para los casos particulares que han sido sometidos a su decisión. Hacemos notar que el efecto relativo de las sentencias es un principio general que debe ser respetado para la existencia de un debido proceso, porque nadie puede ser obligado por un fallo dictado en causa en que no ha sido parte y menos, por ello, oído”, señala el comunicado del Colegio de Abogados, dado a conocer el miércoles.
- “Es responsabilidad del Poder Legislativo hacerse cargo de legislar en materias previsionales y de salud; del poder Ejecutivo ejecutar y supervisar la ejecución de esas normas que deben regir una política pública de manera general y uniforme como importa el aprobar las tarifas en los montos y oportunidades que correspondan; y al Poder Judicial, le corresponde velar solamente por el respeto de la legalidad y de las normas administrativas que determinan la forma en que debe darse cumplimiento en casos específicos a esa política pública respecto de personas determinadas, como también aplicar las sanciones a los prestadores en caso de incumplimiento”, agregan.
Por qué importa. Según explican al interior del consejo del Colegio de Abogados, que está integrado por 19 abogados y presidido por el excontralor Ramiro Mendoza, vienen discutiendo el tema desde inicios de agosto para emitir un pronunciamiento.
- Sostienen que no se había visto antes un pronunciamiento de este tipo, pero consideran que es importante que el Colegio de Abogados intervenga en temas relevantes de connotación jurídica. “Solíamos llegar tarde e los temas y tenemos que ser más proactivos. Alguien tenía que ponerle el cascabel al gato”, señala un miembro del consejo.
- Otro consejero agrega que la estrategia es que Ramiro Mendoza mantenga la vocería principal en este tema. “La idea es que los consejeros no hablemos en forma separada, pero puedo decir que ya se empiezan a notar los efectos del resultado de la elección en el Colegio de Abogados (el 8 de agosto juraron 9 nuevos consejeros). Esperamos que sea un colegio más vigoroso”.
- Aunque aún hay acciones de apelación en trámite, el organismo gremial señaló en su comunicado que “dados los distintos remedios procesales que cada parte ha ejercido y que se encuentran aún sin decisión terminal, habíamos creído adecuado esperar hasta que tales recursos fuesen fallados, pero dado que nuestra preocupación no se vincula con la causa en sí, ni con quienes son directamente involucradas, las Isapres, sino con la extensión y efectos del fallo, en cuanto régimen de competencias de los jueces, hemos decidido emitir nuestro parecer”.
- Fuentes del Colegio de Abogados sostienen que entre los consejeros hubo una fuerte y franca discusión sobre esta materia, en que había dos posturas. Los que de alguna manera valoraban que la Corte Suprema se hiciera cargo del problema y los que consideraban que estaban alejados de su rol. Finalmente se llegó al punto intermedio, que de todas formas cuestiona en duros términos que la sentencia fuera de carácter general y no acotado a las causas particulares.
- Esto porque, si bien hay sentencias que se aplican a todas las personas, se relacionan a temáticas como prescripciones o actos administrativos, no para contratos entre privados.
- En cualquier caso, hubo coincidencia que el mayor responsable del problemas son las isapres y luego las autoridades políticas que no han enfrentado el asunto, que lleva años con las cortes colapsadas por causas que sin idénticas y que ha generado toda una industria de abogados dedicados a tramitar los recursos contras las alzas de planes.
- Hasta ahora, tras la declaración, no han existido nuevos pronunciamientos de los integrantes del Colegio de Abogados.
La Tercera Sala. El 30 de noviembre de 2022 —tras años en que las cortes habían revisado recursos de protección acusando alzas injustificadas de los planes de salud— la Tercera Sala estableció que las isapres debían unificar sus criterios de cobro en torno a una tabla de factores dictada por la Superintendencia de Salud en 2019 y restituir cobros excesivos en un plazo de 6 meses, que expiraba este 30 de mayo, y este mes se prorrogó por otros 6.
- En marzo de este año el gobierno estimó en US$ 1.400 millones los montos que tendrían que devolver y delineó un proyecto de ley corta para concretarlo. “Sería la lápida del sector”, respondió a la Asociación de Isapres.
- El fallo fue criticado, entre otros, por José Miguel Aldunate, director de Estudios del Observatorio Judicial, nacido al alero de Libertad y Desarrollo, el think-tank de la UDI. “La Tercera Sala, con el tiempo, ha ido adquiriendo dos niveles de activismo judicial. Hay un nivel de activismo judicial que muchos venimos denunciando hace mucho tiempo, que es fallar contra el derecho, o sea, la ley dice A y la Tercera Corte hace B”, dijo.
- Presidida por Sergio Muñoz, probablemente el ministro más influyente de la Suprema, la Tercera Sala la integran además la vocera Ángela Vivanco, la ministra Adelita Ravanales y los magistrados Mario Carroza y Jean Pierre Matus.
- En agosto resolvió los recursos presentados por usuarios a partir del alza de la prima Garantías Explícitas en Salud (GES).
- La Tercera Sala anuló la alza mencionada para todas las isapres y abrió la puerta a devoluciones a usuarios, que algunos expertos han estimado en US$ 500 millones, añadiendo un fuerte golpe a la industria que algunos han catalogado como final.
- De acuerdo a El Mercurio, la última versión del borrador de la sentencia establecía un tope de 7,2 UF para el valor que debían pagar los asegurados, pero la Tercera Sala finalmente optó por congelar la tarifa y volver a los precios que estas entidades cobraban hace cinco años, los que pueden ser más altos que el valor antes mencionado.
- Muñoz formó parte del voto de mayoría, que tuvo como disidente a la ministra Vivanco, pero indicó lo siguiente: “Estima que el precio promedio que de dicho estudio resulta, esto es 7,22567 UF anual por beneficiario, corresponde al máximo posible de cobrar por las isapres”. “Para ello tiene en cuenta que para el presente período solo fueron incorporadas dos nuevas patologías de baja incidencia actual”.
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