Texto constitucional: Por qué el Consejo de la Justicia está en el foco de las críticas de Lagos y Frei

Ana María Sanhueza
Crédito: Agencia Uno

Los ex presidentes criticaron la integración del órgano que crea la propuesta de la nueva Constitución, que se encargará tanto de los nombramientos, sanciones, calificaciones y ascensos de más de 2 mil jueces, incluida la Corte Suprema. Cuestionamientos a los que se sumaron dos ex ministro de Justicia. En la experiencia internacional hay casos en que los consejos se politizaron, como en España. La Convención se inspiró en el modelo de Portugal.


Qué observar: Desde que el 4 de julio la Convención entregó la propuesta constitucional, dos ex Presidentes de la República, Ricardo Lagos y Eduardo Frei, han manifestado cuestionamientos sobre algunas normas. Pero hay una crítica que cruza sus planteamientos: la conformación y algunas atribuciones del Consejo de la Justicia, un órgano que en varios países se ha politizado, especialmente en España, donde está paralizado.

  • Se trata del órgano que, de ganar el Apruebo, se hará cargo tanto de los nombramientos -vía concurso público-, sanciones, calificaciones, traslados y remociones de más de 2 mil jueces, entre ellos quienes componen la Corte Suprema. Pero también tiene otra tarea: efectuar una revisión integral de la gestión de todos los tribunales del Sistema Nacional de Justicia, como pasaría a llamarse el Poder Judicial, a lo menos cada cinco años en audiencias públicas y que, “en ningún caso, incluirá las resoluciones judiciales”.
  • Si bien Lagos en su declaración del 5 de julio no manifestó cómo votará en el Plebiscito, Frei sí lo hizo el 8 de julio: anunció que va por el Rechazo.
  • Lagos dijo que de triunfar el Apruebo, “habría que devolver el nombre del Poder Judicial equivalente a los otros dos poderes Legislativo y Ejecutivo a sus temas de administración de justicia y cambiar la integración y las facultades del Consejo de la Justicia”.
  • Frei, en tanto, enumeró 4 “discrepancias insalvables” que tiene con la propuesta de nueva Constitución. Y, junto con el sistema político, abordó el Consejo de la Justicia: “El texto arriesga que los jueces sean controlados políticamente a través del Consejo de la Justicia. Juzgo inadecuada su composición fuertemente política y su enorme cúmulo de facultades, que van desde el nombramiento, pasando por la potestad disciplinaria, la gestión administrativa, la revisión de sus actuaciones, su traslado y remoción”.
  • Previamente,al anunciar que votarán Rechazo, los ex ministros de Justicia Soledad Alvear y Carlos Maldonado también plantearon críticas al Consejo de la Justicia. Y también cuestionaron el cambio de nombre del Poder Judicial al de Sistema Nacional de Justicia.
  • Además lo hizo el ex presidente de la Corte Suprema Milton Juica. En entrevista con Ex-Ante, aunque no dijo cómo votará en el plebiscito, señaló que así como hay varias normas de la propuesta que le parecen bien, hay otras que “nunca me gustaron”, como “los Consejos de la Justicia (…) Están muy desprestigiados políticamente”.

Las gestiones que no logró de la Suprema. Actualmente, es la Corte Suprema la que se encarga de las funciones que la Convención le entregó al Consejo de la Justicia, es decir, tiene en sus manos tanto del gobierno judicial como su rol jurisdiccional. Y si bien está de acuerdo con que separen estas tareas, hizo diversos intentos ante la Convención para que el nuevo órgano estuviera integrado por una mayoría jueces. Su argumento fue que así se evitaría la politización de los nombramientos.

  • Según la propuesta constitucional, el Consejo de la Justicia está integrado por 17 personas. De ellos 8 son jueces; 2 funcionarios judiciales; 2 representantes de los pueblos y naciones indígenas y 3 elegidos por el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones.
  • Estos 5 integrantes postulan por concurso público a través de la Alta Dirección Pública, que debe elaborar una terna y enviarla al Congreso.
  • “Este consejo debiera estar integrado mayoritariamente por jueces, para resguardar la independencia de los tribunales”, dijo en abril el presidente de la Suprema, Juan Eduardo Fuentes, cuando fue a la Moneda a reunirse con el Mandatario Gabriel Boric en La Moneda.
  • “Lo que a nosotros nos interesa es que se asegure la imparcialidad y la independencia y la autonomía de los jueces, para poder actuar con absoluta independencia frente a los problemas que van a presentar los usuarios del sistema”, agregó Fuentes.
  • Esto, mientras la vocera de la Suprema, Ángela Vivamco, dijo en mayo pasado que es “un Consejo de amplias facultades y sin mayoría judicial entre sus miembros”. Y que “es perfectamente posible que pueda terminar politizándose. Puede tratarse de una instancia en que directamente haya una pérdida de la independencia judicial o incluso podemos encontrar funciones tan abiertas que pueden ser interpretadas de múltiples maneras”.

La experiencia internacional. El Consejo de la Justicia fue propuesto en la Convención por la Comisión de Sistemas de Justicia, la que recibió tanto a la Corte Suprema como a la Asociación Nacional de Magistrados: había coincidencia en separar del máximo tribunal las funciones administrativas de las propias de la judicatura.

  • En la experiencia internacional, los consejos de la Justicia, o de la Magistratura, como se suelen llamar, son la regla general. Existen en 122 países y Chile era un caso casi excepcional.
  • Sin embargo, no todos estos consejos han funcionado bien. Hay casos como el de España, donde terminó por politizarse, al punto que lleva más de dos años paralizado. En la región, ni Argentina ni Colombia han sido buenas experiencias.
  • Pero hay consejos que sí han funcionado en algunos países europeos, como Italia, Bélgica y Portugal. En este último caso, el Consejo de Magistratura se integra por 16 personas y de ellas, nueve son jueces.

La Convención y el caso de Portugal. El ex convencional del Colectivo Socialista, el abogado Andrés Cruz, señala a Ex-Ante que Portugal fue el modelo que inspiró a la Comisión de Sistemas de Justicia, de la que fue parte. Y, además, “trabajamos como base sobre la propuesta de la Asociación Nacional de Magistrados”.

  • “El Consejo de la Justicia era un requerimiento histórico. Y si hay algo en que había consenso, era en relación a la independencia de los tribunales”.
  • Respecto de por qué el Consejo no tuvo mayor cantidad de jueces, dijo: “No se quería entregar un excesivo poder al corporativismo que puede significar la reunión de jueces por una mayoría. Y tampoco se quería conferir el poder absoluto al mundo político”.
  • Cruz agrega que la integración que aprobó el Pleno se hizo “de manera de mantener un equilibrio entre la legitimidad democrática, y la idoneidad técnica. Y sin entregarle |el control absoluto al Consejo de la Justicia para evitar o el corporativismo o la politización”.

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