Julio 8, 2022

Lo que hay tras la ofensiva para declarar la inconstitucionalidad de la CAM y otros 3 grupos radicales en la Macrozona Sur

Ana María Sanhueza
Pablo Urquizar, ex coordinador de la Macrozona Sur en el segundo gobierno de Piñera.

El ex coordinador de la Macrozona Sur en Piñera 2, el abogado Pablo Urquizar, presentará un requerimiento ante el TC que busca declarar inconstitucionales a la CAM, Resistencia Mapuche Lafkenche, Resistencia Mapuche Malleco y Weichan Auka Mapu con el argumento de que legitiman la violencia como método de acción política. La estrategia puede tener efectos tanto jurídicos como políticos y corre contra el tiempo: debe ingresar antes del plebiscito del 4 de septiembre.


Qué observar: El abogado y ex coordinador del gobierno de Sebastián Piñera de la Macrozona Sur, Pablo Urquizar, presentará un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucionalidad (TC) a fin de que se declaren inconstitucionales cuatro organizaciones radicales, la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Resistencia Mapuche Lafkenche (RML),  Resistencia Mapuche Malleco (RMM) y Weichan Auka Mapu (WAM), con el argumento de que legitiman la violencia como método de acción política.

  • Urquizar trabaja junto a un grupo de abogados constitucionalistas en el requerimiento, que será presentado en los próximos días al TC.
  • El requerimiento, que anunció T13 Radio, se basa en la prohibición constitucional de uso de la violencia de movimientos o partidos políticos contenida en el artículo 19, numeral 15, de la Constitución.
  • El inciso sexto señala que “la Constitución Política garantiza el pluralismo político. Son inconstitucionales los partidos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional, procuren el establecimiento de un sistema totalitario, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella como método de acción política. Corresponderá al Tribunal Constitucional declarar esta inconstitucionalidad”.
  • La única vez que este mecanismo se ha utilizado fue en 2010, para el caso del movimiento Patria Nueva Sociedad. Si bien el TC rechazó el requerimiento, lo hizo por falta de pruebas que vincularan a este organización con la incitación a actos de violencia.
  • En cambio, en el caso de las cuatro organizaciones a las que apuntará el requerimiento, los abogados han adjuntado declaraciones públicas y videos.

Los efectos jurídicos y políticos. Si bien hay investigaciones penales abiertas en contra de estas organizaciones radicales por parte de la Fiscalía, y un pronunciamiento político de la Cámara de Diputados, que el 8 de junio las declaró como “asociaciones ilícitas de carácter terrorista”, hasta ahora no existe un pronunciamiento de la justicia constitucional.

  • El requerimiento, que primero debe pasar la admisibilidad, pretende que el TC condene la forma de operar de estas cuatro organizaciones por violencia política.
  • Pero también tiene un efecto político. Si el TC acoge el requerimiento y declara a estas organizaciones como inconstitucionales, cualquier acción posterior de autoridades o particulares que mantenga diálogo o pactos, incurría en un acto contrario a la Constitución.
  • Este tipo de requerimientos, por su naturaleza, suelen pedir información al gobierno. Por ello, de ser tramitado supone un pronunciamiento del Ejecutivo.
  • El Presidente Boric ha señalado que el gobierno no entablará un diálogo con quienes impulsen métodos violentos para resolver la crisis en la Macrozona Sur.

La presidencia del TC y el voto dirimente. La presentación, a su vez, corre contra el tiempo. Esto, porque de ganar el Apruebo el 4 de septiembre, el TC dejará de existir para dar paso a la nueva Corte Constitucional. Y si bien funcionará durante seis meses mientras se instala el nuevo organismo, no podrá recibir nuevas causas.

  • Esta es una de las razones para que la presentación ingrese antes del plebiscito. Asimismo, la propuesta de la Convención no contempla la declaración de inconstitucionalidad a la que apelará este requerimiento contra la CAM y los otros tres movimientos.
  • Pero también hay otro factor en juego: la presidencia del TC. En caso de ser acogido a trámite el requerimiento por inconstitucionalidad, y se inicie la vista de la causa y los alegatos, en este tipo de acciones, a la hora de fallar, existe el voto dirimente de quien preside el tribunal.
  • El voto dirimente de quien preside el TC es el que inclina la balanza en caso de haber empate.
  • Por estos días, la presidencia del TC está entrampada pues, en la elección del 7 de julio, la ministra María Pía Silva, cuya candidatura fue levantada por jueces afines a la centro izquierda, logró cuatro votos a favor. Pero no se llegó a acuerdo pues otros cuatro jueces decidieron abstenerse.
  • Ello implicó que la elección se vuelva a realizar el martes 12 de julio.

 

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