-¿Cómo evalúa el trabajo de la Comisión de Justicia de la Convención y cuáles son sus principales reparos a sus propuestas?
-El principal reparo es que los jueces son removibles por el Consejo Nacional de la Justicia. Los jueces quedan de rodillas. Y quedan de rodillas ante un órgano cuya composición todavía no se ha discutido ni acordado. Eso es lo que me parece más grave. Los jueces tradicionalmente han sido inamovibles, mientras mantengan su buena conducta y en este caso los jueces son removibles por el Consejo Nacional de Justicia. Esa disposición me parece a mí que salvo que se establecieran causales específicas, etc., es incompatible con la idea de un Estado de Derecho.
-Entre las indicaciones figura cambiar el nombre de Poder Judicial por Sistemas de Justicia.
-Yo no me corto las venas por los nombres. Me parece que, claro, si van a quedar los jueces removibles por el poder político, la verdad es que el nombre de Poder sería casi una ironía. Yo espero que no sea así.
-El convencional Cozzi dijo que esto era un guiño del PC a Venezuela, donde usan –según él- esa nominación.
-Bueno, el Poder Judicial ha sido llamado tradicionalmente Poder Judicial en las constituciones chilenas y hay razones para que sea un poder, al igual que los restantes poderes del Estado, como los concibió la democracia clásica. El cambio de nombre no me preocupa, pero si se va a corresponder con una dependencia, claro que resulta preocupante.
-Se llama Sistemas de Justicia porque hay un Sistema de Justicia Indígena, que es paralelo al sistema nacional. ¿Qué riesgos conlleva?
-El problema de que sea paralelo es que no hay órgano que decida las contiendas de competencia entre ellos. Lo razonable sería que el sistema de justicia indígena fuera definido en cuanto al tipo de materias que va a conocer, y no que se establezca así no más. Y luego, que esté sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.
-Otra norma establece una disminución de la edad máxima que pueden tener los magistrados en ese rol, de 75 a 70 años, cuyos cargos terminan “al cumplirse la duración prevista” para los mismos. ¿Dañaría la independencia de los jueces?
-Me preocupan dos cosas: primero, que sean renovables, porque si lo son, entonces los jueces van a tener interés en complacer al órgano llamado a renovarlos y entonces no pueden ser llamados jueces independientes. Ahora, si no son renovables y es un período, me parece igualmente inconveniente porque es un desincentivo a integrarse a la carrera judicial. Una de las cuestiones por las cuales existe interés en ingresar a la carrera judicial es que esta es de por vida, salvo que haya mal comportamiento. Suprimido eso, vamos a tener peores jueces de los que tenemos, porque va a haber menos interés por ingresar a la carrera judicial. No sé si eso es lo que se pretende. Lo que las normas estarían logrando es que los jueces sean más dependientes y más malos.
-También se amplía la indemnización por errores judiciales.
-Eso me parece bien.
-Se indica que “las resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos” permitirían dejar sin efecto sentencias firmes y ejecutoriadas de los tribunales chilenos. ¿Qué consecuencias tendría esto?
-Eso es profundamente ignorante. Porque nunca la Corte Interamericana ha resuelto dejar sin efecto sentencias judiciales. Es necesario hacer reparaciones, es necesario cambiar legislación, pero la Corte Interamericana no ha pretendido jamás ni ha dispuesto jamás privar a una sentencia de su carácter de cosa juzgada, lo que se sería contrario a Derecho.
– El artículo 15 establece que “los órganos que intervienen en el desarrollo de la jurisdicción deben adoptar una perspectiva intercultural… respetando las costumbres, tradiciones, protocolos y el derecho propio de los pueblos indígenas”. ¿Le parece factible?
-Yo soy de los que cree que el Poder Judicial la única perspectiva que debe adoptar es la del respeto al Derecho. Lo que debe tener la perspectiva intercultural y de género es la legislación. Y esa legislación obligar a los jueces, pero los jueces no están llamados sino el derecho. Y no a otros criterios. Nuevamente se intenta politizar al Poder Judicial. ¿Se van a anular las sentencias porque no tienen perspectiva de género o intercultural? ¿Qué pasa si la legislación no tiene esa perspectiva? ¿A quién debe obedecer el juez: a la interculturalidad o a la legislación? Esos son deberes propios del legislador no de los jueces.
-Un artículo polémico es el 8, que dice que “los órganos que ejercen jurisdicción podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública”.
-Me parece muy bien. Porque es la forma de darle imperio a los tribunales.
-Pero si hay un sistema judicial indígena también podría hacerlo…
-Si van a estableces tribunales indígenas tienen que tener todas las características de los tribunales. Otra cosa es que no estén bajo la superintendencia de la Corte Suprema, que es lo que me parece preocupante.
-En general, ¿hay cierto revanchismo en las propuestas?
-No quiero calificar intenciones.
-¿Cómo observa el liderazgo de María Elisa Quinteros, presidenta de la Convención?
-Es cierto que ella apoyaba la mayoría simple en un principio, pero hoy impuso los dos tercios. Hizo lo correcto. Quien ha tenido una muy buena actuación es el vicepresidente Gaspar Domínguez. Ha mostrado sensatez, hasta ahora.
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