Febrero 24, 2021

Corte Suprema rechaza recursos que frenaron expulsión de migrantes venezolanos: revisa el fallo

Ex-Ante
Agencia Uno.

El gobierno ganó cuatro de las cinco apelaciones contra un fallo de la Corte de Iquique que había dejado sin efecto la expulsión de migrantes venezolanos que ingresaron por pasos no habilitados. El máximo tribunal estimó que los actos administrativos con los que se decretaron las deportaciones estaban dentro de sus atribuciones.


Durante las últimas semanas se vivió una complicada situación en el norte del país, especialmente en Colchane. La ciudad fronteriza fue escenario de una masiva llegada de migrantes, quienes esperaban ingresar a Chile en medio del cierre de fronteras decretado a causa de la pandemia de Covid-19.

Recursos judiciales: En este contexto, el INDH y un grupo de abogados particulares presentaron recursos de amparo a favor de cinco ciudadanos venezolanos que ingresaron a Chile por pasos no habilitados.

  • La Corte de Iquique acogió las cinco acciones judiciales el pasado martes 16 de febrero, dejando sin efecto las expulsiones. El tribunal de alzada estimó que la Intendencia de Tarapacá dispuso la expulsión de los requirentes sin que haya concluido una investigación en su contra, sino que fue solo un acto administrativo.

Fallo de la Suprema: El gobierno apeló para que se ejecutaran los actos administrativos, y en definitiva, la Corte Suprema validó la postura del Ejecutivo, revocando cuatro de las cinco apelaciones.

  • La sentencia fue redactada por la Segunda Sala de la Corte Suprema y contó con el voto en contra del ministro (s) Luis Zepeda.
  • El fallo sostiene que la “autoridad administrativa ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Carta Fundamental y a la legislación (…) fundando adecuadamente sus actos”.
  • En esa misma línea, se afirma que no afecta a esas facultades “el hecho de existir desistimiento de la acción penal e inexistencia de investigación del mismo”.
  • El voto en contra de Zepeda citó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en una resolución sobre migración forzada de personas venezolanas como un antecedente internacional para “acoger a los amparados en Chile”.
  • El único caso donde se acogió el recurso de amparo fue en el de un ciudadano que había sido expulsado pero que tenía una hija con permanencia definitiva, lo que le permitía demostrar arraigo.

Revisa el fallo a continuación:

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