Qué observar. Un nuevo revés sufrió este miércoles la ministra del Interior, Carolina Tohá. La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que busca tipificar como delito el ingreso clandestino a territorio nacional.
División oficialista. El proyecto se aprobó con 88 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones. En el oficialismo no votaron para cuadrados: Los liberales y la bancada de independientes PPD aprobaron la iniciativa, en el PS algunos la rechazaron y otros se abstuvieron, mientras que en el Frente Amplio y el PC todos votaron en contra.
Los contrastes. Durante la sesión, cuatro diputados oficialistas alcanzaron a intervenir en contra de la iniciativa.
Qué dice la iniciativa. El proyecto que ahora pasa a segundo trámite constitucional y que deberá ser discutido por la comisión de Seguridad del Senado busca que los ingresos clandestinos al país dejen de ser una falta administrativa y que sean un delito, vale decir, que pueda existir condena por aquello.
1. Sanción: Se propone que quienes entren a Chile por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio, sean sancionado con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de cinco a 10 UTM (hasta $640 mil). En el caso de que se opte por la multa, deberá monitorearse a la persona y “cuando resulte mérito para condenar, pero concurrieren antecedentes favorables que no hicieren aconsejable la imposición de la pena al imputado o este careciere de los recursos para su pago, el juez podrá dictar la sentencia y disponer la expulsión”.
En el caso de los migrantes que ingresen de forma irregular tuvieran una causal de impedimento de entrar a Chile, la pena será de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años y 1 día). Lo mismo corre para quienes ingresan o intentan salir de Chile con documentos falsos o “faltando a la verdad en la información requerida por la autoridad”.
Una vez cumplida la pena “se procederá siempre a la expulsión del extranjero”, señala el proyecto.
La excepción a todo lo anterior es para quienes reúnan las condiciones para ser reconocidos como refugiados, además de “niños, niñas o adolescentes o al padre, madre, guardador o persona encargada de su cuidado personal”.
2. Reconducción: El proyecto establece que cuando se detiene a una persona en flagrancia, la primera medida que regirá es la reconducción a otros países, y de no poderse, se pondrá a disposición de los tribunales.
3. Investigación: En la formalización, la prisión preventiva será sólo en caso de peligro de fuga porque se desconoce la identidad de la persona o “carezca de medios para costear su estadía por el plazo de investigación”. El fiscal tendrá sólo tres meses para investigar y puede solicitar prórroga por tres meses más.
4. Trata de personas: La iniciativa también establece que si en el curso de investigación surgen antecedentes de que la persona imputada de haber ingresado a Chile de manera ilegal fue víctima del delito de trata de persona, el juez dictará el sobreseimiento definitivo y comunicará los hechos al Ministerio del Interior y a la Fiscalía Regional respectiva.
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