Si bien algo había trascendido desde algunas carteras ministeriales, el jueves por la noche, en cadena nacional, el Presidente Boric anunció con más detalles su propuesta de Ley de Presupuestos para el año 2024 que deberá discutirse en el Congreso durante los próximos 60 días.
Además de poner el foco en ciertas prioridades gubernamentales, el anuncio también incluyó algunas novedades que son directa consecuencia del conocido -y en investigación en diversas regiones- caso Convenios. De este modo, como el mismo Presidente indicó, se recogen varias de las propuestas que realizamos como Comisión Asesora para la Probidad en la relación con Fundaciones y Corporaciones, cuyas 46 recomendaciones entregamos hace un mes.
De este modo, se contempla que en vez del actual famoso artículo 23 que regula las transferencias corrientes -pero no de capital, dando curso al ya lamentablemente célebre caso de Democracia Viva-, existan tres disposiciones que establezcan en mayor detalle -para todas las transferencias- la concursabilidad como regla general; mayores estándares para los convenios -como experiencia previa-; rendición de cuentas en el Sistema en línea de Contraloría General de la República; límites a las subcontrataciones y participación de funcionarios públicos en estas transferencias, así como normas para posibles incumplimientos. Todo esto en el corto plazo, pero en el futuro debiera contemplarse en una norma general permanente.
Por otra parte, se contempla, como se recomendó en el informe, que no hayan asignaciones directas con nombre y apellido en esta ley anual -pero que luego terminan convirtiéndose en prácticas arraigadas y difíciles de cambiar- salvo que una ley general lo disponga o en casos calificados o excepcionales.
Por otra parte, el Ministro Marcel indicó que se modificarían alrededor de 500 glosas, de modo que no sea a través de éstas -como ha ocurrido hasta ahora- que se establezcan excepciones a las reglas generales que permiten la discrecionalidad y la dificultad de seguimiento de la ruta del dinero. Esto va de la mano con una mayor precisión de la clasificación presupuestaria que se hace de los recursos, de modo que haya una mayor precisión en qué y dónde se están invirtiendo los dineros públicos.
Todo esto suena complejo y un poco tedioso, pero si vamos al caso original, varios dolores de cabeza se podrían haber ahorrado si estas reglas estuvieran en implementación.
La Ley de Presupuestos, con el pasar de los años, ha ido adquiriendo ciertas prácticas que, en ocasiones pueden atentar contra la eficacia y eficiencia del gasto, su trazabilidad y transparencia. Cada año tiene más glosas, que tienen como función precisar el concepto del gasto o establecer limitaciones o bien, deberes de información, que al ser tantas (más de 2.600), lamentablemente a veces dejan de cumplir su función de contribuir a la fiscalización del gasto. Situaciones que debieran ser transitorias -al ser una ley anual-, se terminan perpetuando por inercia y muchas excepciones a las reglas generales se establecen en las glosas, pudiendo así, pasar desapercibidas.
Sin duda que aún queda mucho trecho en esta discusión y el rol del Congreso será fundamental, ya sea para efectivamente hacer más eficiente la Ley de Presupuesto, como para disminuir la discrecionalidad y espacios de opacidad, pero los anuncios entregados dan líneas de que, al parecer, se está recogiendo el guante y elevando los estándares de competencia, transparencia e integridad.
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