Junio 16, 2022

Convención Constitucional: La historia de los cuestionamientos de la Corte Suprema a las normas sobre el Poder Judicial

Ana María Sanhueza

En febrero jueces de la Tercera Sala advirtieron del tono que tomaban varias normas sobre el Poder Judicial. Fue ahí cuando se amplió el número de ministros de la Comisión Constitucional de la Corte, que acaba de finalizar su labor, y se decidió tener un rol más influyente. Sus últimas cruzadas fueron asegurar la permanencia de 8 supremos y más de 100 jueces e intentar despejar sus dudas frente a la aplicación de la justicia indígena. Pero hay evidentes diferencias entre lo que la Corte planteaba y lo que se aprobó finalmente.


Qué observar. Si bien la última batalla de influencia del Poder Judicial ante la Convención Constitucional (CC) se dio durante mayo en la discusión por las normas transitorias, en las que a través de oficios y vocerías evitó el retiro inmediato de más de 100 jueces y 8 ministros de la Corte Suprema, entre ellos a Sergio Muñoz, la preocupación por cómo los convencionales iban configurando su estructura, comenzó varios meses antes.

  • Así, de una actitud más bien pasiva de la parte de la Suprema frente al trabajo de la CC, fueron ministros de la Tercera Sala Constitucional quienes, en enero, advirtieron al Pleno de la Suprema que se debía tomar un mayor protagonismo, que trascendiera de solo enviar oficios con insumos para apoyar a la CC.
  • La sugerencia vino en un contexto estratégico: en febrero se produciría la primera votación en el Pleno de la Convención y el debut era, precisamente, de la Comisión de Sistemas de Justicia. Una de las normas que entonces se sometió a votación fue el pluralismo jurídico, hoy consagrado en el borrador.
  • Fue así como se decidió ampliar la Comisión Constitucional a más integrantes. Esa instancia terminó su trabajo el miércoles 15 de junio. Y estuvo conformada por la vocera Ángela Vivanco y los ministros Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, Arturo Prado, Diego Simpertigue y Manuel Antonio Valderrama.
  • “En algunas materias fuimos escuchados y en otras menos, pero consideramos que el proceso ha sido importante desde el punto de vista no sólo de la libertad de expresión, sino que también del deber constitucional que tiene el Poder Judicial de hacer presente su visión en aquellas materias que respectan a la administración de justicia”, dijo la vocera de la Corte Suprema.
  • “Ya se ha terminado la discusión de las normas constitucionales y en estos momentos lo que corresponde es que el pueblo soberano se pronuncie”, agregó al anunciar el fin de la comisión.

Mucho más que un cambio de nombre. En la propuesta de nueva Constitución el Poder Judicial fue de las instituciones que tuvo modificaciones profundas, entre ellas, se le cambió el nombre al de Sistema Nacional de Justicia.

  • Al comienzo la Suprema tomó el cambio de nombre como parte de una nominación genérica. Pero, transcurrido el tiempo, hoy remarcan desde la Corte que “entre los tres poderes del Estado, fuimos los únicos a los que se les quitó el término poder”.
  • Entre los cambios, la Convención bajó de 75 a 70 años la edad de jubilación de los jueces y juezas y se estableció un límite de 14 años para quienes integren la Suprema.
  • Se creó un Consejo de la Justicia que se encargará de los nombramientos de casi 2 mil jueces. Un órgano que resultó mucho más poderoso y político de lo que pretendía la Corte.
  • Se le entregó un nuevo rol a la Suprema, pues será el tribunal que conocerá y resolverá las impugnaciones que se realicen en los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas.
  • Se eliminó el recurso de protección y se le reemplazó por la acción de tutela de derechos fundamentales, una nueva figura que se presentaría ya no ante las cortes de apelaciones, sino en los juzgados de garantía. “Va a lentificar mucho el procedimiento, porque los tribunales ordinarios están sobre cargados de trabajo”, ha advertido varias veces la vocera de la Suprema, Ángela Vivanco.
  • Y, en adelante, como señala hoy el Código Orgánico de Tribunales, ya no se les llamará Excelencia ni Señoría Ilustrísima ni Señoría, sino que jueces o juezas: “No existirá jerarquía entre quienes ejercen jurisdicción y solo se diferenciarán por la función que desempeñen. De igual forma, no recibirán tratamiento honorífico alguno.”.

La primera señal de alerta. En noviembre de 2o21 se produjo el primer contacto entre la Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención con el Poder Judicial, cuando fue exponer el entonces presidente de la Suprema, Guillermo Silva.

  • Silva llevó un documento ante la CC de carácter general. Y planteó los principios que debía tener una nueva Constitución eran independencia judicial, inamovilidad, legalidad, imparcialidad, responsabilidad, autonomía e inexcusabilidad.
  • También dijo que existía “un amplio el consenso en torno a la necesidad de separar las funciones jurisdiccionales de las administrativas”.
  • Para fines de enero, el clima era totalmente distinto. La ofensiva de la Suprema comenzó cuando la Comisión de Sistemas de Justicia aprobó una norma inicial que establecía límite para la duración de los jueces de 8 años (con posibilidad de reelección) y 10 para los ministros de la Suprema (sin posibilidad de reelección).
  • EL Pleno de la Suprema emitió su primer comunicado cuestionando la norma de la Convención. Luego vendrían a lo menos dos oficios más en los que planteó, cada vez más fuerte, sus dudas.
  • Uno de esos oficios a la CC fue el 16 de marzo, ad portas de una nueva votación. Lo cuidadoso del tono no restó la intencionalidad.
  • En ese documento se notó que, pese a que el Consejo de la Justicia era una aspiración, que la propuesta de la CC estaba (y está) lejos de lo que habían imaginado: la Suprema pedía saber si la norma que señalaba que el nuevo órgano haría una “revisión integral” a los tribunales cada 5 años, implicaría también auscultar sus fallos.
  • También, y no tan veladamente, la Suprema pedía aclarar dudas sobre la integración y las facultades del Consejo de la Justicia, el órgano que se encargará de nombramientos, ascensos y sanciones a la magistratura.

Las dudas y el pluralismo jurídico. En los oficios que durante el proceso constituyente la Suprema envió a la CC, hay evidentes diferencias entre lo que aspiraba y lo que quedó en la nueva Constitución.

  • El 7 de enero, la Suprema envió a la CC una propuesta de articulado. Entre las normas, propuso un Consejo de Magistratura, pero con una conformación judicial mayor a la que quedó en el borrador actual, en el que de 17 integrantes, ocho son jueces.
  • Ese oficio, a su vez, refleja que hay normas del nuevo texto constitucional que la Suprema nunca visualizó: el cambio de nombre del Poder Judicial o el anticipo en cinco años a la jubilación de los jueces, entre otras.
  • También fue la Comisión Constitucional de la Suprema la que el 13 de mayo envió su última alerta a la mesa de la Convención donde planteó dudas respecto del momento en que, de aprobarse la nueva Constitución, se aplicaría la justicia indígena.
  • “Pareciera necesario establecer normas mínimas que regulen la fase de transición en materia de fuentes, procedimientos y sistema recursivo de la justicia indígena”.
  • Una interrogante que persiste hasta hoy en la Suprema, además, es respecto a quiénes se aplicará, qué ocurrirá si hay personas de distintas etnias en un mismo caso; si la justicia indígena es voluntaria o es obligatoria; qué tipo de materias abordará, y qué personas indígenas integrarían esos tribunales. “¿Serán jueces o autoridades indígenas”, se pregunta un ministro. Y agrega: “Debiera ser tal como son los tribunales ordinarios, con jueces indígenas que den las mismas garantías que a todas las personas”.
  • A la vez, fue en ese mismo oficio del 13 de mayo en que la Suprema inició su ofensiva final para que la Convención estableciera en sus artículos transitorios que las nuevas normas sobre la duración de los jueces no corran inmediatamente si aprobada la nueva Constitución, sino que sean reglas graduales.
  • “Agradecemos especialmente a los 115 convencionales que, más allá de sus diferencias o visiones políticas, estuvieron por tomar esta decisión republicana de no descabezar al Poder Judicial y permitir que la institución correspondiente siga funcionando como corresponde a un Estado de Derechos”, dijo Vivanco.

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