Convención aprueba plebiscitos dirimentes, pero su alcance aún no es ratificado y podría quedar en manos del Congreso

Jaime Sánchez
Crédito: Agencia Uno.

Este miércoles se aprobaron dos indicaciones presentadas por el PC, además de los representantes de los pueblos originarios y los de la ex Lista del Pueblo, las cuales incluyen la figura de los plebiscitos dirimentes como una posible salida si es que no se alcanza el quorum de 2/3 para la aprobación de normas constitucionales. Aún no está claro su destino.

Qué observar. Con 106 votos a favor, 43 en contra y 2 abstenciones, ganó la indicación que propone agregar al artículo 95, referente a someter a plebiscito dirimente, entre otras cosas.

  • Las reglas y el alcance de los plebiscitos deberán ser ratificadas cuando se discuta el reglamento de participación popular.
  • Pese a ello, algunos convencionales de Chile Vamos realizaron fuertes críticas a la aprobación de los mencionados plebiscitos, como Marcela Cubillos y Constanza Hube, quien afirmó que se trataba un mecanismo tramposo el contar un quorum de 2/3, pero que luego pudiera ser saltado a través de la fórmula de los plebiscitos dirimentes.

Polémica norma. El PC, sin margen de acción para que se rechace el quorum de los 2/3 en la Convención, ha apostado a hacer frente a esta norma a través de los plebiscitos intermedios. Vale decir, convocar a las urnas a la ciudadanía antes del plebiscito de salida y poder derribar votaciones de la constituyente que no sean de su agrado.

  • A fines de agosto, las convencionales del Frente Amplio Constanza Schonhaut y Tatiana Urrutia se sumaron a una propuesta de plebiscito dirimente junto al PC, el Colectivo Socialista, la Lista del Pueblo y los Movimientos Sociales.
  • La propuesta que entonces ingresó a la comisión de Participación establecía la posibilidad de hacer un plebiscito dirimente pero con una prerrogativa que no estaba incluida en las propuestas anteriores: Que para llevarlo a cabo se requiere una reforma constitucional aprobada en el Congreso, lo que supone, de todas formas, un grado de dificultad mayor.

Lo que ha dicho Fernando Atria. El abogado defendió su postura contra los plebiscitos dirimentes en el debate en la comisión de Reglamento, argumentando que podían generar la sensación de una “cocina” en la ciudadanía.

  • “Si se le añaden condiciones eso puede llevar a que tengamos una regla que suponga plebiscitos eventuales, es decir plebiscitos como mecanismos de desbloqueo que pueden ocurrir o no. Yo creo que eso, que la Convención anuncie en el día uno con bombos y platillos que hay la posibilidad de plebiscitos eventuales y después resulte que porque el problema del bloqueo no se suscitó, el plebiscito no se va a realizar… yo creo que ese es un escenario imposible para la Convención”.
  • “Ese es un escenario que va a ser visto como que, mediante a algún acuerdo o determinada cocina se le escatimó al pueblo un derecho que ya se le había anunciado de proponer un plebiscito. Entonces yo creo que la cuestión del plebiscito es una cuestión que puede ser discutida por cierto, pero que es más delicada y que puede tener más efectos que los que uno pueda apreciar, como para simplemente en dos líneas y medias darla por zanjado”.

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