Cómo la Comisión Experta acordó obligar al Congreso a legislar sobre las órdenes de partido (y la advertencia del PC)

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El comisionado Juan José Ossa. (Agencia Uno)

La Comisión Experta aprobó este jueves unánimemente una norma que obligará al Congreso a legislar sobre las órdenes de partido que se den a los parlamentarios—en caso de que el Consejo Constitucional la mantenga y el texto sea aprobado el texto en el plebiscito de salida. “Se está diciendo que son excepcionales y que deben referirse a asuntos en los cuales esté directamente en juego los principios del partido y su programa”, destacó el comisionado Ossa (RN), presidente de la subcomisión. El representante del PC, si bien la votó a favor, advirtió que debía ser materia de ley y no de la Carta Fundamental.


Qué observar. La Comisión Experta envió este jueves al anteproyecto constitucional las normas que ponen a los partidos políticos al centro de la organización política chilena, dejando atrás el espíritu de la disuelta Convención que buscaba aumentar la participación de los independientes.

  • En este marco es que abordó uno de los aspectos presentes en las decisiones partidarias, pero que hasta ahora no tenían rango constitucional: las órdenes de partido.
  • Tras un amplio debate acordó establecer en el anteproyecto que una ley deberá regular las instrucciones que den los partidos a los parlamentarios.
  • Se trata de una innovación ausente del texto de la disuelta Convención, rechazado en el plebiscito del 4 de septiembre.

Qué decía la norma original aprobada. La primera norma aprobada por la Comisión Experta establecía que “la ley regulará la oportunidad y forma en que los órganos directivos de un partido político podrán dar órdenes de partido a sus afiliados parlamentarios”.

  • “Estas órdenes de partido serán excepcionales y deberán referirse a asuntos en los cuales esté directamente en juego los principios del partido o su programa”.

Qué dice el texto final. El texto aprobado este jueves acotó las circunstancias en que esto podrá ocurrir.

  • “La ley regulará los casos, la oportunidad y forma en que los órganos directivos de un partido político podrán dar órdenes de partido a sus afiliados parlamentarios”.
  • “Estas órdenes de partido serán excepcionales y deberán referirse a asuntos en los cuales esté directamente en juego los principios del partido o su programa. Con todo, no podrán darse órdenes de partido cuando el parlamentario deba resolver como jurado”.
  • La norma fue aprobada por unanimidad.

La defensa de la norma. El presidente de la subcomisión de sistema político, Juan José Ossa (nombrado por RN), dijo que “llegamos con algunas consignas que rebotaban como ‘el pueblo unido avanza sin partidos’ y lo cierto es que nadie puede decir de esta comisión que no hemos fortalecido la democracia representativa: nos hemos atrevido a fortalecer los partidos políticos, aun cuando eso pueda ser sumamente impopular”.

  • “Quisiera agregar respecto a las órdenes de partido que es muy importante que veamos las cosas como son. Se está diciendo que son excepcionales y que deben referirse a asuntos en los cuales esté directamente en juego los principios del partido y su programa. Queremos partidos programáticos, eso fortalece, eso fortalece la democracia representativa, que tiene que estar concebida; no órdenes de partidos sorpresivas. Por supuesto que nos inquieta (lograr) que las directivas circunstanciales no puedan abusar de su poder.

El reparo del PC. El comisionado Alexis Cortés del PC, si bien votó en favor la norma, advirtió que a su juicio se trataba de una materia que no debía estar en la Carta Fundamental.

  • “Creo que este capítulo tiende a regular aspectos que a mi juicio no deberían ser materia constitucional como las órdenes de partido, y eso lo digo proviniendo de una cultura política que valora altamente lo que nosotros denominamos una disciplina consciente”, dijo en su intervención.

 

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