Agosto 26, 2021

La convocatoria a una consulta indígena con amplias facultades se instala en la agenda de la constituyente

Jaime Sánchez
Crédito: Agencia Uno.

La comisión de Participación de la constituyente se encuentra preparando un proceso de consulta indígena, materia que fue conversada entre la mesa de la Convención y los ministros Juan José Ossa y Karla Rubilar. El carácter vinculante, la elaboración de una propuesta de normas indígenas y la creación de una secretaría técnica externa, forman parte del proyecto que está trabajando.

Qué observar: La mesa directiva de la Convención abordó el miércoles con los ministros Juan José OSsa (Segpres) y Karla Rubilar (Desarrollo Social)  la posibilidad de realizar una consulta indígena una vez que esté redactado el nuevo texto constitucional, pero antes de llamar al plebiscito de salida.

  • La Convención, a través de la comisión de Participación y Consulta Indígena, está preparando su propio reglamento para llevar adelante el proceso. El documento final, que se presentará al pleno, ya está casi listo.

¿Proceso vinculante?: Uno de los principales temas que aborda la propuesta y que deberá debatir el pleno de la Convención es el carácter vinculante de la consulta indígena y, por ende, de los resoluciones que ahí se adopten.

  • La propuesta, a la que aún se le están haciendo modificaciones, plantea que “la Consulta Indígena es una medida especial para garantizar la participación efectiva de los Pueblos Originarios, caracterizada por ser un proceso guiado por la buena fe del Estado que persigue la obtención de acuerdos vinculantes que garanticen los derechos de los Pueblos originarios y su transversalidad en toda la institucionalidad que resulta del Proceso Constitucional”.
  • Ese tema, sin embargo, es complejo. Pese a la posición de los representantes de los pueblos originarios, que han defendido el carácter vinculante de la consulta, al interior de la Convención hay quienes plantean que los acuerdos de una consulta indígena serían vinculantes solo cuando hay acuerdos totales en la población consultada, por lo que aún queda por definir qué ocurrirá con las consultas donde solo se llegue a acuerdos parciales.
  • “El proceso de consulta indígena  debe ser vinculante. Al menos todas las consultas en Rapa Nui lo han sido y no podríamos retroceder en ese aspecto. Más aún, si queremos elevar los estándares de conformidad con la declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU”, explica la constituyente Tiare Aguilera, representante del pueblo de Rapa Nui.
  • El constituyente de Chile Vamos y miembro de la comisión, Eduardo Cretton, aseguró por su parte que “las consultas indígenas son vinculante cuando hay acuerdos totales, cuando no hay ninguna discrepancia. El enredo se nos produce cuando no hay acuerdos totales o hay disensos. Ahí evidentemente que la comisión debe recibir estos informes y tener la visión de los distintos pueblos originarios pero eso no es bajo ningún punto de vista vinculante”.

Contenido de la consulta: Otro tema que genera debate y que deberá zanjarse en el documento final pasa por las materias que se someterán a una consulta indígena. Para algunos, se trata de evitar que el proceso pueda afectar otras decisiones que se adopten en la Convención, sobre todo si se define que sean vinculante.

  • Precisamente sobre los contenidos, el texto plantea que el insumo básico para la consulta  será una propuesta de derechos indígenas que preparará una comisión ad hoc, con el objetivo de ser incluidos en la nueva Constitución.
  • “La Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad deberá en sus primeras sesiones de trabajo preparar una propuesta que deberá ser aprobada por mayoría de sus miembros sobre los derechos de los pueblos indígenas que deberán ser reconocidos en el proyecto de nueva Constitución”, indica el texto de la comisión.
  • “Esta propuesta deberá tener como fundamento y base normativa la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas. Esta propuesta será el insumo básico para iniciar el proceso de consulta con los pueblos, comunidades, en pleno respeto a los principios consagrados en este reglamento”, añade.

Comisión permanente y secretaría técnica externa: Para llevar a cabo el proceso, la comisión establece la creación de una comisión permanente cuyo objetivo será dirigir la consulta  y de una secretaría técnica u órgano colegiado externo, que estará a cargo de gestionar, desarrollar y sistematizar el proceso.

  • “La Convención Constitucional delega la facultad de dirigir y supervigilar el proceso de participación y consulta indígena en la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad, quien deberá dirigir e instruir a la Secretaría de Participación y Consulta Indígena las medidas que estime oportunas para la correcta implementación del proceso, y así alcanzar la efectiva participación en el proceso constituyente”, se lee en el texto.
  • Sobre la secretaría técnica en tanto, se establece: “Es un órgano colegiado integrado por al menos 24 personas: 12 personas de sabiduría con representación de los 10 pueblos originarios y 12 profesionales elegidos también con criterio de plurinacionalidad, perteneciente a cada una de las siguientes áreas: sociología
    antropología, ingeniería, derecho, educación intercultural, periodista comunicadores sociales y cualesquiera otras áreas que permitan un desarrollo técnico eficaz de los procesos”.
  • Este órgano además deberá definir el presupuesto necesario para llevar a cabo este proceso. “La Secretaría Técnica de participación y consulta indígena deberá gestionar un presupuesto para el presente proceso, el cual deberá ser informado a la dirección de administración, finanzas y transparencia de la Convención a fin de que sea solicitado por intermedio de la Convención al tesoro público”, dice el documento, agregando que se debe tener en cuenta que el piso mínimo es el proceso de “Participación y consulta constituyente de los pueblos indígenas” llevado a cabo en el periodo 2016-2017, cuya ejecución presupuestaria fue de $2.386.692.

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