Enero 5, 2023

¡Por favor, gráveme con IVA! Por José María Diez

Socio Recabarren & Asociados

Si el arrendamiento a los inmuebles amoblados queda exento de IVA, como propone el proyecto de ley enviado por el Gobierno de Gabriel Boric, hasta ahí nomás llega el beneficio y adiós a la tan ansiada liquidez. Se da la paradoja que conviene estar gravado con IVA.


Sin duda alguna, el IVA fue tema la última semana de diciembre. Si bien estábamos avisados desde febrero del 2022, la nueva definición de hecho gravado con IVA a los servicios, vigente a contar del primero de enero de este año, provocó un sinnúmero de cuestionamientos, dudas e interrogantes, a tal punto que varios gremios profesionales solicitaron paralizar su puesta en marcha. Si bien el SII ya ha manifestado cierta flexibilidad en su aplicación durante los primeros meses del año, todo indica que la nueva definición de servicios, en su sentido amplio como hecho gravado general, llegó para quedarse. Sin embargo, este no es el tema de la columna, aunque les prometo que seguiremos hablando del IVA, y no con tono negativo, sino que con ganas de que se mantengan ciertos hechos gravados tal cual los conocemos hasta hoy.

Aunque suene contradictorio, la aplicación de IVA puede ser vital para la rentabilidad de un negocio.

Todos los emprendedores, grandes, chicos y medianos saben que no es fácil iniciar un proyecto de negocios. No basta con tener una buena idea, sino que debe ponerse en práctica. Ello implica modelar el negocios, estimar la rentabilidad, reunir capital, buscar inversionistas, y por supuesto, dejar el alma y el cuerpo para que todo el proceso llegue a buen puerto. En Chile hay que ser el triple de valientes, ya sumado al movido e incierto escenario internacional, se deben adicionar eventuales cambios normativos y constitucionales. Si bien el proyecto de la Convención Constitucional quedó en el basurero, el mal rato para los emprendedores no se los devuelve nadie. Seguimos navegando en aguas inciertas.

En efecto, en Chile no resulta fácil estimar la rentabilidad de un proyecto de inversión, considerando que las normas que inciden directamente en la evaluación del mismo, cambian cada 2 o 3 años. O peor, se envía un proyecto de ley ambicioso y disruptivo para que luego durante la tramitación se “modere”. Pero, nuevamente, el mal rato inicial, la confusión y la incertidumbre que ello conlleva, no se espantan con meras declaraciones de buena voluntad.

Tome usted en cuenta la eliminación del IVA respecto de los inmuebles amoblados contenido en el proyecto de ley de Reforma Tributaria actualmente en tramitación, el cual no “beneficiará” solamente a unas cabañas de veraneo. Si usted el año 2015 inició el proyecto de construcción de un edificio para arriendo de oficinas o departamentos amoblados, una de las variables a considerar al momento de evaluar el proyecto debió haber sido, precisamente, la devolución del crédito fiscal por activo fijo establecido art. 27 bis de la Ley de IVA.

Este beneficio consiste en recuperar anticipadamente el IVA crédito fiscal soportado en la adquisición del activo inmovilizado o fijo de la empresa. Desde luego, no significa que no se pague IVA, pero al recuperar anticipadamente el crédito fiscal, los fondos líquidos obtenidos mediante ese mecanismo permiten aliviar la caja, inyectando liquidez para pagar obligaciones; por ejemplo, pasivos con entidades bancarias, lo que permitirá renegociar créditos de financiamiento en mejores condiciones, o bien utilizarlo como capital de trabajo. Ahora, uno de los requisitos exigidos por el art. 27 bis de la Ley de IVA es que los bienes construidos o adquiridos (y que dieron lugar al crédito fiscal) hayan sido empleados efectivamente en la realización de operaciones gravadas.

Por ende, si el arrendamiento a los inmuebles amoblados queda exento de IVA, como propone el proyecto de ley enviado por el Gobierno de Gabriel Boric, hasta ahí nomás llega el beneficio y adiós a la tan ansiada liquidez. Se da la paradoja que conviene estar gravado con IVA.

Actualmente, se están discutiendo en la Cámara de Diputados éstas y otras modificaciones que afectan retroactivamente las reglas del juego y la certeza jurídica de los negocios, alterando los supuestos de rentabilidad de los proyectos que se iniciaron hace muchos años en medio de una recesión. La economía es la ciencia de la escasez, y los recursos deben ser prudentemente invertidos, de ahí que se exijan certezas mínimas, principalmente en el ámbito tributario.

No resulta tan difícil crear una agenda pro-inversión, con medidas y señales concretas en un país que ya se encuentra en recesión. Lo desafiante es dejar de lado el dogmatismo inicial y ser más pragmáticos a la hora de lograr acuerdos, con medidas profundas y bien pensadas, cuya aplicación concreta logre la tan deseada reactivación de economía. Aún hay tiempo para enmendar el rumbo, después no vale llorar sobre la leche derramada.

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