Traspasos del Gobierno a fundaciones ligadas a Allende tras fallida compraventa suman más de $ 750 millones
Manuel Izquierdo P.
Fachada del Museo de la Solidaridad Salvador Allende (MSSA), administrado por la Fundación Arte y Solidaridad.
El Servicio Nacional de Patrimonio Cultural aprobó en febrero un aporte de $660 millones a la Fundación Arte y Solidaridad, que administra el Museo de la Solidaridad Salvador Allende. A lo que hay que sumarle otros $ 98 millones traspasados a la Fundación Salvador Allende el mismo mes. El total otorgado a esta última fundación en el gobierno de Boric llega a casi $ 400 millones.
Qué observar. El 4 de febrero, un mes después de que estallara la crisis por la fallida compraventa de la casa del expresidente Salvador Allende en calle Guardia Vieja, el Servicio Nacional de Patrimonio Cultural (Serpat) aprobó transferir $660.197.000 a la Fundación Arte y Solidaridad, que administra el Museo de la Solidaridad Salvador Allende (MSSA). Los dineros ya fueron depositados a la institución.
Según su sitio web, la organización tiene como finalidad “la divulgación y ampliación de actividades de desarrollo cultural enfocadas a la preservación, restauración y difusión de las riquezas patrimoniales y culturales, específicamente las que se encuentran en el Museo de la Solidaridad Salvador Allende”.
La resolución exenta 146, firmada por el director nacional (s) del Serpat, Ricardo Díaz, establece que el objetivo de la transferencia es destinar los recursos a generar un “informe climático anual de espacios MSSA que albergan obras”, conservar, restaurar y registrar obras del museo, organizar y sistematizar el archivo de la institución, mejorar el mobiliario del archivo y el respaldo virtual.
Además, se busca financiar un programa de debate y pensamiento, con charlas y seminarios, e investigación vinculada a la historia del MSSA. Asimismo, se deben destinar dineros al desarrollo de exposiciones y curatorías, a talleres para niños, y gestión comunicacional.
Desde el Servicio Nacional de Patrimonio Cultural indican que estas transferencias existen desde 2005 en el presupuesto de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (Dibam), entidad que antecedió al Serpat, y que fueron aprobados por el Congreso en 2024.
En la Cámara, 62 diputados del oficialismo y la oposición votaron a favor, 38 en contra —en su mayoría opositores—, y cuatro se abstuvieron.
La fundación. El directorio de Arte y Solidaridad está compuesto por cinco personas. Dos son representantes del Ejecutivo —designados por el Ministerio de Educación y el Serpat—, dos son nombrados por la Fundación Salvador Allende (FSA) y uno es elegido con acuerdo de ambas partes.
El exministro Ricardo Solari (PS) preside el directorio, su vicepresidenta es Lucía Valenzuela —propuesta por Mineduc—, y el secretario es Diego Montecinos —designado por el Serpat—. Los dos representantes de la FSA son Fernando Correa y el arquitecto Genaro Cuadros —como tesorero—.
Cuadros, hombre de confianza de la destituida senadora Isabel Allende y también integrante del directorio de la FSA, figura como imputado en la causa penal por la fallida venta de la residencia del expresidente. Fue él quien, junto a Felipe Vio, presentó al Serpat un proyecto que proponía que, una vez comprada por el Estado, la vivienda pasara en comodato a manos de la FSA.
¿Cómo se distribuirán los recursos? Según la resolución, de los $660,1 millones, $495.767.671 están destinados a gastos en personal. Esta cifra equivale a un 75,09% de los dineros transferidos. El plan de gestión 2025 de Arte y Solidaridad detalla que la dotación actual de la fundación es de 28 funcionarios.
El convenio establece que $161.708.329 deberán utilizarse para el ítem bienes y servicios, y $2.721.000 para gastos en activos no financieros.
Según el convenio, la fundación se obliga a destinar los recursos transferidos sólo a los objetivos concordados y a ejecutar el plan de gestión.
“La fundación deberá cumplir con la realización del 100% de las actividades previstas en el presente convenio, con opción de reemplazar el 10% de ellas por otras actividades equivalentes, previa aprobación del Servicio, a través de su contraparte técnica”, asegura el documento.
“Los recursos transferidos podrán financiar gastos destinados a programación, mantención, administración y/o funcionamiento de la entidad receptora, y deberán ser destinados al cumplimiento del objeto de este convenio, tal es la ejecución del programa de acciones, actividades y metas asociadas”, añade.
Según el documento, la fundación puede financiar gastos de operación, destinados a costear el “diseño, planificación, producción, realización, distribución, control y evaluación” de actividades. Entre ellas, el arriendo de equipos e inmuebles, el pago de impuestos territoriales, “la contratación de todo tipo de servicios”, “gastos de viajes en Chile y en el extranjero”.
Además, se contemplan fondos para “montajes y habilitación de espacios para exposiciones y presentaciones culturales”. El documento agrega que en exposiciones y presentaciones culturales, “la fundación podrá incurrir en gastos de alimentación, viáticos, traslado y fletes, compra de materiales de montaje y arrendamiento de equipos que resulten indispensables para el desarrollo de las actividades”.
En materia de inversión, “excepcionalmente, podrá financiar gastos destinados a la adquisición de activos que resulten indispensables para el desarrollo de las actividades materia del presente convenio, tales como: muebles, equipos, programas computacionales y obras de mantención de sedes de la fundación”.
Respecto al personal prohíbe “expresamente destinar los fondos transferidos a la fundación al pago de honorarios o de cualquier otro tipo de remuneración a personas que tengan la calidad de funcionarios del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, personal contratado a honorarios por éste, o que mantengan vínculo de subordinación y dependencia con dicha entidad”. Este ítem incluye los gastos en haberes y beneficios para los trabajadores, en capacitaciones y bonos de convenio colectivo.
Asimismo, se fija que “las remuneraciones con cargo a este convenio, no podrán exceder a las del sector público”, no pudiendo exceder de 138 UF brutas mensuales, lo que equivale a $5.374.482 con el cambio de hoy. “Cualquier monto adicional deberá ser abordado por la fundación”, agrega.
El convenio también establece que si la fundación no ejecutara la totalidad de los fondos, o no los rindiera, deberá restituir el resto al cierre del año.
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