¿Por qué el “Registro de Vándalos” podría terminar siendo un espejismo? Por Jorge Schaulsohn

Ex-Ante

Doy por descontado que es altamente probable que el congreso terminará aprobando una versión “descafeinada” del proyecto de ley que crea el registro, que no contemplará la posibilidad de suspender derechos y beneficios sociales tales como la como la PGU; y que su aporte a resolver el problema del vandalismo será bastante más limitado de lo que el gobierno cree y la gente espera.


Enderezar el clavo. El presidente Kast tenía que rellenar un vacío, tapar el hoyo que le arruinó, en parte, el inicio de su mandato, donde la ciudadanía observaba atónita cómo la principal bandera de lucha de Republicanos parecía totalmente ausente de las prioridades del gobierno.

  • La agenda de seguridad había quedado atrapada en la opacidad de una gestión críptica y confidencial, de una ministra que exigía que creyésemos que todo estaba bajo control.
  • Como era de esperar, el presidente utilizó la cuenta pública para “enderezar el clavo” reviviendo una promesa de campaña: crear un “Registro de Vándalos e Incivilidades”.
  • Que consiste básicamente en un listado de personas que serían privadas del goce de determinados derechos y beneficios sociales y otras prestaciones, por haber sido condenadas por incurrir en conductas delictuales o incivilidades. Una nueva fórmula para combatir a los “vándalos” que atentan contra los bienes públicos y privados y el deterioro de la convivencia urbana.
  • Uno de sus anuncios más “audaces” que inmediatamente capturó la atención y respaldo de la ciudadanía, descolocó a la oposición y revitalizó al oficialismo.

Viabilidad jurídica. Nadie discute que el vandalismo debe ser combatido. Quien destruye infraestructura pública, agrede a funcionarios policiales o causa daños al patrimonio común debe enfrentar las consecuencias de sus actos.

  • Que el Estado no puede ser indiferente frente a conductas que degradan la vida en común y que quienes las protagonicen, enfrenten consecuencias que irán más allá de las sanciones penales tradicionales. Palabras del presidente Kast.
  • Sin embargo, una política pública no puede evaluarse únicamente por la potencia de su efecto mediático, comunicacional y político. También debe examinarse desde la perspectiva de su eficacia para satisfacer la demanda ciudadana de vivir en paz.
  • No se trata entonces de estar a “favor o en contra” sino de analizar su viabilidad jurídica para asegurase de que la medida no se convierta en un volador de luces. Porque el crimen y las incivilidades solo se pueden combatir dentro de los parámetros del Estado de Derecho.

Derechos sociales. La primera dificultad radica en determinar quiénes se harán acreedores a formar parte del infausto registro. Si se limita exclusivamente a personas condenadas mediante sentencia firme por delitos específicos, como lo adelanta el gobierno, su alcance probablemente será mucho menor de lo que sugieren los anuncios oficiales.

  • Porque los procesos penales son largos, los fallos muchas veces tardan años en producirse y no siempre concluyen con sentencias condenatorias; amén de los recursos de nulidad, amparo y protección que se pueden impetrar.
  • A lo que hay que agregar que no está para nada claro que el Estado pueda privar a los ciudadanos de derechos sociales conferidos al conjunto de la población si cumplen con los requisitos para acceder a ellos.
  • Estamos hablando de beneficios que constituyen un gasto permanente cuyo financiamiento debe ser obligatoriamente garantizado en la ley de presupuesto; y por ende son derechos que están incorporados al patrimonio del beneficiario.
  • El caso más evidente es el de la PGU, mencionado reiteradamente por Kast, porque la jubilación es inembargable y nadie puede ser privado de ella; ni siquiera el reo rematado que esté cumpliendo cadena perpetua por el más grave de los delitos.
  • Y no cabe la menor duda que la PGU forma parte integral e indisoluble de la pensión, presente y futura, y no es una mera expectativa. Además de ser financiada en parte por un préstamo de los propios trabajadores equivalente al 1,5% de la cotización adicional.

Lógica punitiva. El gobierno, para respaldar su iniciativa, invoca las restricciones que existen para quienes incumplen, por ejemplo, su obligación de pagar oportunamente la pensión de alimentos.

  • Deudores que enfrentan retenciones de devoluciones de impuestos, prohibición de vender o adquirir bienes raíces, recibir dividendos, renovar licencia de conducir y la retención de hasta un 50 por ciento de la jubilación.
  • A primera vista, parece un argumento plausible. Si el Estado puede limitar ciertos derechos a quienes no pagan pensiones alimenticias, ¿por qué no podría hacer algo similar con quienes cometen actos vandálicos, destruyendo bienes públicos o privados u otras “incivilidades”?
  • Pero no es tan así. Las restricciones impuestas a los deudores de pensiones alimenticias tienen como objetivo garantizar el cumplimiento de una obligación legal, decretada por un tribunal de familia, destinada a proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes.
  • Su propósito es asegurar el pago efectivo de una deuda concreta con individuos específicos (hijos, cónyuge) que dependen de esos recursos para su subsistencia. Y eso avala la racionalidad de las restricciones para enajenar bienes por ejemplo, de modo que el deudor destine su dinero al pago preferente de la pensión alimenticia.
  • Una situación totalmente distinta, no homologable, a la del registro de vándalos, que responde a una lógica punitiva. Donde la prohibición de disponer libremente de los bienes resulta arbitraria y carente de toda justificación.
  • Lo mismo que la cancelación de derechos sociales a una persona condenada por desórdenes públicos o rayados murales, pues no se busca reparar el mal causado. Es simplemente un castigo.
  • Por lo que serán los tribunales los que deberán decidir, caso a caso, si esas penas son proporcionales al delito imputado, sobre todo cuando se trate de una “incivilidad”. El proyecto de ley contempla incluso la inhabilidad para obtener un pasaporte, lo que equivaldría a una especie de “orden de arraigo” de facto, algo que solo se justifica cuando se trata de evitar la fuga de un procesado.

Un privilegio condicionado. La experiencia demuestra que las políticas públicas construidas sobre fundamentos jurídicos cuestionables se transforman en letra muerta. El entusiasmo inicial deviene en frustración y decepción en la ciudadanía.

  • El problema no es que la propuesta sea dura. El problema es que castiga donde no corresponde y amenaza con convertir la protección social en un privilegio condicionado a la conducta, en lugar de lo que verdaderamente es: un instrumento destinado a garantizar la dignidad de todos los ciudadanos.
  • Doy por descontado que es altamente probable que el congreso terminará aprobando una versión “descafeinada” del proyecto de ley que crea el registro, que no contemplará la posibilidad de suspender derechos y beneficios sociales tales como la como la PGU; y que su aporte a resolver el problema del vandalismo será bastante más limitado de lo que el gobierno cree y la gente espera.

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