Febrero 3, 2025

Precios de transferencia: certeza y colaboración en el nuevo marco fiscal. Por Juan Pablo Guerrero

Socio Líder de Tax & Legal de KPMG en Chile

La Ley de Cumplimiento Tributario busca seguir posicionando al sistema fiscal chileno como líder regional en transparencia y colaboración. Al fortalecer herramientas como los acuerdos anticipados de precios y el autoajuste, esta legislación equilibra supervisión con incentivos claros, promoviendo un cumplimiento voluntario que beneficia tanto a las empresas como al Estado.


La promulgación de la Ley de Cumplimiento Tributario busca fortalecer y robustecer la relación entre los contribuyentes y la autoridad fiscal en Chile. Dentro de sus avances más destacados, la legislación refuerza el marco de precios de transferencia, consolidando herramientas clave que fortalecen la confianza, la transparencia y la colaboración en las operaciones con partes relacionadas.

Desde sus inicios en 2012, la normativa de precios de transferencia ha demostrado estar en línea con los estándares internacionales promovidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Los recientes cambios introducidos por la Ley Nº 21.713 no solo continúan esta tendencia, sino que la potencian con modificaciones que benefician tanto a las empresas como al Servicio de Impuestos Internos (SII).

Durante el reciente seminario organizado por KPMG y SOFOFA, que contó con la participación del SII, se destacó cómo estas mejoras refuerzan el principio de plena competencia, eliminando posibles interpretaciones ambiguas y clarificando el uso del rango intercuartil. Estas herramientas no solo simplifican el cumplimiento tributario, sino que también promueven la certeza jurídica, un eje central de la nueva legislación.

Un componente crucial de esta normativa es la regulación de los Acuerdos Anticipados de Precios (APA). Chile lidera en Sudamérica en este ámbito, con 14 APAs firmados y 13 en negociación​. La nueva ley introduce avances como el “rollback”, que extiende los efectos de un acuerdo a los tres años previos a su firma, y amplía su vigencia a cinco años en total, alineándose con las mejores prácticas internacionales. A eso se le suma el “pre-filing”, que facilita el acercamiento entre contribuyentes y la autoridad, promoviendo un diálogo transparente y constructivo.

Se refuerza la diferenciación entre los APA unilaterales y bilaterales, permitiendo involucrar a administraciones tributarias extranjeras y fortaleciendo la cooperación internacional. Este enfoque refleja el espíritu de la Ley de Cumplimiento Tributario: promover un sistema fiscal basado en la colaboración y la confianza mutua.

En tanto, la incorporación del autoajuste de precios de transferencia como parte de la nueva legislación permite a las empresas corregir rentabilidades por debajo del rango sin penalizaciones. Esto incentiva el cumplimiento voluntario y genera ingresos adicionales para el Estado, mostrando un equilibrio entre supervisión y cooperación, dos aristas que impulsa la nueva normativa.

Es así como la Ley de Cumplimiento Tributario busca seguir posicionando al sistema fiscal chileno como líder regional en transparencia y colaboración. Al fortalecer herramientas como los acuerdos anticipados de precios y el autoajuste, esta legislación equilibra supervisión con incentivos claros, promoviendo un cumplimiento voluntario que beneficia tanto a las empresas como al Estado.

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