La versión de Monsalve. “La facultad para entregar las pensiones de gracia están reguladas en la Constitución de la República, es una facultad exclusiva del Presidente de la República, y sí, si el Presidente lo estima pertinente podría revocar el beneficio”. La frase es del subsecretario Manuel Monsalve y la entregó el pasado 13 de septiembre luego de exponer en la comisión especial investigadora sobre las pensiones de gracia entregadas en el contexto del estallido social.
La contradicción con Tohá. En la sesión de este miércoles de la comisión investigadora la ministra del Interior, Carolina Tohá, expuso sobre el tema. En la instancia explicitó que una de las condiciones de las pensiones de gracia “es que no se puede revertir el acto administrativo, salvo que dejen de estar presentes las condiciones que lo motivaron”.
Tohá: “No tenemos criterio distinto”. La ministra del Interior fue consultada por las diferencias en la interpretación que tenían ambas autoridades. Al respecto enfatizó: “No tenemos ningún criterio distinto. La ley no contempla ninguna modalidad para revertirlo y nunca se ha revertido una pensión de gracia. Por cierto el Ejecutivo puede anular un decreto y eso lo que va a pasar en principio, lo que uno supondría, es que los tribunales van a tener que resolver qué interpretación se le da”.
Por qué importa. Durante 2022, en total, por vulneración de derechos en el marco del estallido social, se han autorizado 418 pensiones de gracia, detalló Monsalve a mediados de septiembre. De ellas, según la autoridad de gobierno, 148 fueron entregadas por el gobierno de Piñera y 270 por el de Boric. En promedio, los montos de dichas pensiones de gracia son de alrededor de $400 mil.
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