El viernes se reunieron con la mesa para hablar de las normas transitorias que deberán marcar la transición entre la actual Constitución y la nueva, si gana el Apruebo en el plebiscito del 4 de septiembre. ¿Qué les plantearon?
Lo primero que se abordó, y que pasa por algo que es de público conocimiento, es que nuestro fiscal nacional cesa en sus funciones el 30 de septiembre, y por lo tanto se tiene que llamar a concurso en el mes de octubre para el cargo.
Actualmente se elige a los fiscales nacionales por 8 años, pero el borrador plantea hacerlo por 6. ¿Qué propusieron?
Lo que sucede es que el borrador del texto constitucional va con un mecanismo de designación distinto de lo que existe hoy. Lo designa el Presidente de la República, asesorado técnicamente por la Alta Dirección Pública y con intervención de lo que podríamos llamar hoy el Congreso: el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara regional.
Pero eso no puede ocurrir en octubre, eso es imposible, porque dicha institución va a estar operando el día que suceda, entonces, lo que se propone en definitiva es que el fiscal nacional se llame a concurso bajo el mecanismo que existe actualmente, que es con intervención de la Corte Suprema, con intervención del Presidente de la República y del Senado, pero conjugándolo con la norma nueva, para hacerla coincidir con el espíritu que tiene, y que sea por un período distinto, no de 8 sino que de 6 años.
¿Qué disposición vio en la mesa?
Vimos mucha recepción, nos hicieron muchas preguntas. Y es que ese punto es bien lógico (…). Se podría dar la circunstancia de que hasta el 2026 (si se reemplaza el Congreso actual en esa fecha) el Ministerio Público esté dirigido por un fiscal nacional suplente, de acuerdo con las antigüedades. Entonces, es obvio que una institución tiene que tener una cabeza de dirección clara y determinada y por un período en específico, para que se puedan cumplir los objetivos propios del Ministerio Público.
¿Qué otra situación se planteó?
La norma que va en el texto constitucional señala que los fiscales regionales durarán un período de 4 años (…). Y a diciembre de este año, 14 fiscales regionales ya habrían cumplido su período de 4 años (…) y por lo tanto tendrían que terminar sus funciones. Y se da el alcance de que no se pueden designar nuevos fiscales regionales con la metodología que existe en el nuevo texto constitucional, porque tienen que estar en ejercicio e instaladas las asambleas regionales respectivas.
Y así, sucesivamente, llegaríamos al 2026 con la totalidad de los fiscales suplentes. Se podría dar la situación de que el Ministerio Público quedara bajo la dirección de un fiscal nacional suplente y además con puros fiscales regionales suplentes.
¿Qué se propuso?
La proposición es que las regiones vayan cumpliendo su período de 8 años. Entonces, ya el próximo año sí o sí va a haber que llamar a un concurso y que ese concurso, más o menos siguiendo la misma línea que le explicamos respecto al fiscal nacional, al no existir una asamblea regional, se realice con las mismas normas actuales, pero por 4 años y así hacemos la armonía con el nuevo texto constitucional.
¿Cuánto demoraría la reconversión?
Nosotros calculamos que entre el 2023 y el 2025 hay una renovación de 9 fiscales regionales, y el 2026 hay 5 que entrarían bajo la futura vigencia de la asamblea regional y después, el 2027, 2.
Les explicábamos que, en nuestra opinión (…) se podría ir avanzando en una gradualidad sin que se altere (…) aquellas investigaciones que son dirigidas por fiscales regionales, que son dirigidas por ellos en atención a la complejidad de los temas.
Más allá de las normas transitorias, ¿quedaron conformes con cómo se repuso la figura de fiscal nacional en el borrador?
Hasta hace una semana atrás, y lo manifestábamos, no estábamos conformes con el diseño de que la dirección del Ministerio Público estuviese a cargo de un órgano colegiado denominado Consejo Superior. Hoy entendemos que ya existe un reconocimiento sobre el punto, especialmente por lo que se señaló por la asociaciones de funcionarios, la academia, nosotros, y por lo tanto vemos que va a existir o continuará un Ministerio Público con una gobernabilidad que es la que se requiere.
La propuesta de un organismo colegiado para nombrar al fiscal nacional, que fue finalmente desechada, parecía a ratos basada en las críticas a Jorge Abbott por sus reuniones con senadores durante su campaña para el cargo. ¿Cuál es su impresión?
No he escuchado el detalle del debate y todas las personas tienen libertad de opinión, pero yo descanso en la idea y el convencimiento de que quienes proponen cosas en la Convención, modificaciones a instituciones, no lo hacen mirando personas, sino el interés el país.
A propósito de esas críticas, en agosto los fiscales regionales firmaron una carta respaldando a Abbott, que usted no suscribió. ¿Cuál fue el motivo?
En esa carta lo que decían los fiscales regionales era que ninguno había recibido instrucciones particulares del fiscal nacional Jorge Abbott para dirigir una causa y yo le puedo decir con toda fuerza que jamás he recibido una instrucción particular del fiscal nacional don Jorge Abbott para dirigir una causa. Distinto es que no firmé una carta, porque es una opinión muy personal, no necesito una carta para decir eso. Porque si yo alguna vez hubiese recibido una del fiscal nacional Jorge Abbott una instrucción particular para dirigir una causa, lo habría representado.
Uno de los puntos sensibles de la discusión fue el pluralismo jurídico. ¿Cómo afectará la persecución penal el establecimiento de una justicia indígena?
Si la legislación nos orienta, nos dirige y nos obliga a actuar de acuerdo con sistemas procesales o de enjuiciamiento distintos, tenemos hacer nuestras adecuaciones (…). No tenemos ninguna posibilidad de criticar o no seguir adelante con las leyes que se encuentren vigentes (…). Ahí está lo interesante de las normas transitorias, que tienen que preocuparse de todos esos aspectos, de cómo se hace la transición de un momento a otro, porque si usted me dice que este tipo de normas se va a aplicar inmediatamente, en 2 días, claro que es complejo.
La Corte Suprema advirtió que la justicia indígena quedó sin normas transitorias, por lo que entraría en vigencia de forma inmediata…
Si usted me dice que no va a haber una norma transitoria en esta materia, como en cualquier otra (…). claro que es complejo.
¿Cómo afectará el nuevo texto la persecución de los denominados delitos de violencia rural en la Macrozona Sur?
El texto constitucional aborda la persecución penal y la protección de víctimas y testigos en términos lo más generales posibles (…). Las nuevas reglas no van a alterar los mecanismos investigativos, el tema procesal penal no se ve alterado con estas modificaciones.
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