Caso Pío Nono: el 18 de marzo, más de mil días después de su formalización, parte juicio de ex carabinero acusado por Chong
Ex-Ante
La arremetida en el puente Pío Nono de octubre de 2020. (Informe pericial del Centro de Investigaciones Forenses)
La jueza Irene Rodríguez comunicó este jueves que el juicio por el Caso Pío Nono partirá el 18 de marzo y se extenderá por aproximadamente 11 días. La causa irá a juicio tras fracasar las conversaciones entre la fiscalía y la defensa de Zamora para ir a un procedimiento abreviado. La fiscal Chong pidió 8 años de cárcel para Zamora, pero un peritaje de la defensa —valorado en 2 instancias judiciales— contradice la tesis de la fiscal de que la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente —que terminó con el entonces carabinero impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho— fue un homicidio frustrado.
Qué observar. La jueza Irene Rodríguez comunicó este jueves que el juicio por el Caso Pío Nono —iniciado por la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente del mismo nombre, que terminó con el entonces carabinero Sebastián Zamora impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho— partirá el próximo mes.
“Se fija para la realización del Juicio Oral la audiencia del día 18 de marzo de 2024 a las 9 horas (cuya duración estimada será de 11 días) en dependencias del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago”, dijo la resolución.
La integración de la sala para el juicio, dijo, quedará pendiente.
La causa irá a juicio tras fracasar las conversaciones entre la fiscalía y la defensa de Zamora para ir a un procedimiento abreviado que, en caso de haber alcanzado un acuerdo, habría permitido a la fiscalía que el excarabinero aceptara ser culpable de un delito y, al expolicía, obtener una pena de no más de 5 años de cárcel, que hubiera podido cumplir en libertad.
En el fracaso de la negociación habría influido la decisión de Zamora de probar su inocencia.
El juicio será el desenlace de un caso judicializado el 4 de octubre de 2020, cuando la fiscal Ximena Chong formalizó la investigación en su contra por homicidio frustrado. Entonces planteó que hubo un “arremetida que culmina con la acción homicida del imputado respecto de la víctima”.
“El imputado (…) se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos, e impulsándolo, de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río Mapocho”, dijo Chong en la audiencia.
El joven —que hoy tiene 20 años y recibe una pensión de gracia como víctima del estallido social—, resultó con sus 2 muñecas quebradas, un tec y una contusión en la base del pulmón derecho.
La fiscal mantuvo esta teoría del caso en las 2 acusaciones presentadas en la causa, donde pidió 8 años de cárcel para Zamora.
Ésta, sin embargo, ha enfrentado reveses por la valoración de 2 instancias judiciales de un peritaje “gesto – motor” presentado por la defensa, que busca probar que Zamora intentó atrapar y no lanzar al adolescente por el puente.
De acuerdo a la programación de la jueza Rodríguez, el juicio de Zamora terminará cerca de un mes antes de que la fiscal Chong y el fiscal regional Centro Norte Xavier Armendáriz formalicen al general director de Carabineros Ricardo Yáñez por apremios ilegítimos, por omisión, con resultado de lesiones graves y homicidio durante el 18-O.
Los primeros reveses. La teoría del caso de la fiscalía tuvo su primer revés el 25 de mayo de 2021, cuando el juez Ponciano Salles rebajó la medida cautelar de Zamora a arresto domiciliario nocturno, sosteniendo que había “a lo menos evidencia material y existen también documentos periciales que justifican la teoría del caso de la defensa”, consignó el audio de la audiencia.
Zamora había pasado 5 meses recluido en una unidad policial, hasta que el 2 de marzo de 2021 el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cambió su medida cautelar por arresto domiciliario total.
El segundo revés ocurrió el 2 de junio de 2021, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago respaldó la rebaja de cautelar del juez, apoyándose en los peritajes de la defensa.
“Por los antecedentes dados a conocer por la defensa en esta audiencia, en lo que dice relación con el artículo 140 letra C del Código Procesal Penal, el tribunal ha determinado que la medida decretada por el juez de Garantía es la medida proporcional para garantizar los fines del procedimiento y para cautelar la seguridad de la víctima y la seguridad de la sociedad”, dijo la resolución.
El revés para Zamora. La valoración en 2 instancias de estos peritajes de la defensa —integrada por los abogados Vinko Fodic, Alejandro Peña y José Antonio Villalobos—entregaba un buen pronóstico para Zamora en la eventualidad de llegar a juicio, estimaban en el entorno del ex carabinero.
Esto cambió el 22 de mayo de 2023, cuando en la audiencia de preparación del juicio oral, el juez Patricio Álvarez acogió una petición de los querellantes —el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez, entre otros— de excluir uno de los informes presentados por la defensa.
Se trataba del informe “Gesto – Motor” firmado por el profesor de educación física y rugby Pedro Pavez.
El juez argumentó que se trataba de una causa penal y no de un partido deportivo, por lo que no calificaba como experto, relataron presentes en la audiencia.
Sí se mantuvieron como peritos el ex prefecto inspector de la Policía de Investigaciones (PDI) Gilberto Loch y la profesora de medicina legal de la Universidad de Chile Carmen Cerda, que analizaron también el caso y llegaron a conclusiones concordantes.
Se aceptó también que permanecieran para el juicio los videos mostrando la secuencia de hechos.
La reincorporación de la evidencia. El lunes 22 de enero, la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió reintegrar el peritaje a la causa.
Los ministros Marisol Rojas, señor Tomás Gray y la ministra subrogante Isabel Zúñiga revirtieron así la decisión del juez Álvarez que consideró impertinente esa prueba.
“(Las) 16 fotografías que emanan del referido informe Gesto – Motor, de acuerdo a la teoría de la defensa, se relacionan con la forma en que, a su parecer, se produjo la dinámica de la caída de la víctima, como consecuencia de la fuerza en el desplazamiento al correr, y los movimientos corporales”, dijo la resolución.
“Por ende, su deposición en el juicio oral no puede ser descartada sin más, toda vez que la defensa pretende explicar con su testimonio y las fotografías que emanan de la pericia su teoría de descargo, por lo que aparece revestida de fundamento plausible para que sea el tribunal competente el que la analice, conjuntamente con los demás medios probatorios”.
La Corte aceptó también reintegrar el testimonio como perito de Pedro Pavez pero mantuvo la exclusión de un testigo —el asesor en seguridad Carlos Leiva—, por considerar que el segundo efectivamente no tenía relación con la causa.
Qué ha dicho Sebastián Zamora de la arremetida. “Hermano, lo maté… lo agarré y se me resbaló”, dijo Zamora, sobresaltado, en un video que registró la arremetida, difundido en 2020 por Canal 13.
El ex carabinero (dado de baja por Carabineros por ocultar que portaba una cámara personal) tiene actualmente las medidas cautelares de firma mensual, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima.
El 12 de noviembre de 2020 respondió un cuestionario a Ex-Ante, donde afirmó que “cuando lo vi caer me desesperé, me desesperé, pensé que lo había matado, me asomé por la reja y vi que estaba sangrando (…). La caída fue un accidente, mi intención era detenerlo”.
En abril de 2023, afirmó: “Yo nunca lo empujé ni menos tenía la intención de hacerlo. Vuelvo a repetir; es materia de investigación. Lamento mucho lo que pasó”.
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Formó parte de las primeras olas de migración venezolana, vivía en Estación Central y trabajaba desde 2019 como ejecutivo del Santander. Entre sus funciones estaba cobrar deudas a clientes difíciles. A éste llegó tras desempeñarse en el banco de Venezuela como “especialista de crédito”, dijo su LinkedIn.