Caso Pío Nono: Por qué la Corte decidió reintegrar prueba clave de la defensa contra la acusación de Chong
Ex-Ante
La arremetida en el puente Pío Nono de octubre de 2020. (Informe pericial del Centro de Investigaciones Forenses)
La Corte de Apelaciones de Santiago reintegró a la causa las 16 fotografías del informe Gesto-Motor con el cual defensa del ex carabinero Sebastián Zamora busca refutar la tesis de la fiscal Ximena Chong. La fiscal sostiene que la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente Pío Nono —que terminó con el cabo impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho—, fue un homicidio frustrado. El informe había sido destacado previamente por un juez de Garantía y la misma Corte. El joven del puente, hoy de 20 años, recibe una pensión de gracia del 18-O.
Qué observar. Este lunes, la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió reintegrar a la causa Pío Nono una prueba clave de la defensa del ex carabinero Sebastián Zamora, para refutar la tesis de la fiscal Ximena Chong de que la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente del mismo nombre —que terminó con el cabo impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho —, se trató de un homicidio frustrado.
La fiscal pidió 8 años de cárcel para Zamora por la caída del adolescente, quien resultó con sus 2 muñecas quebradas, un tec y una contusión en la base del pulmón derecho. “El funcionario de Carabineros no realiza ninguna acción orientada a evitar la caída”, aseguró la fiscal en la acusación.
Los ministros Marisol Rojas, señor Tomás Gray y la ministra subrogante Isabel Zúñiga revirtieron la decisión del juez Patricio Álvarez del 22 de mayo pasado que declaró impertinente las 16 fotografías del peritaje “Gesto – Motor” que buscaba mostrar que la arremetida fue para atrapar y no para lanzar por el puente al adolescente.
“(Las) 16 fotografías que emanan del referido informe Gesto – Motor, de acuerdo a la teoría de la defensa, se relacionan con la forma en que, a su parecer, se produjo la dinámica de la caída de la víctima, como consecuencia de la fuerza en el desplazamiento al correr, y los movimientos corporales”, dijo la resolución.
“Por ende, su deposición en el juicio oral no puede ser descartada sin más, toda vez que la defensa pretende explicar con su testimonio y las fotografías que emanan de la pericia su teoría de descargo, por lo que aparece revestida de fundamento plausible para que sea el tribunal competente el que la analice, conjuntamente con los demás medios probatorios”.
La Corte también aceptó reintegrar el testimonio de un perito —el profesor de educación física Pedro Pavez— y mantuvo la exclusión de un testigo —el asesor en seguridad Carlos Leiva—, por considerar que el segundo efectivamente no tenía relación con la causa.
La resolución de la Corte —que despeja el camino para el inicio del juicio, que se estima partirá en abril—, se conoció luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara en diciembre el recurso de inaplicabilidad interpuesto por la defensa de Zamora por la exclusión de la prueba. El rechazo ocurrió tras producirse un empate de votos entre los ministros del TC.
La causa llegará a juicio luego de que en agosto de 2022 la fiscal Chong le pidiera al fiscal regional Centro Norte Xavier Armendáriz salir del caso, argumentando el costo personal que había pagado tras recibir amenazas de muerte.
Qué han dicho los jueces del peritaje. El peritaje presentado por la defensa de Zamora —integrada por los abogados Vinko Fodic, Alejandro Peña y José Antonio Villalobos— había sido valorado en 2 instancias judiciales.
El 2 de marzo de 2021, tras pasar 5 meses recluido en una unidad policial, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cambió la medida cautelar de Sebastián Zamora por arresto domiciliario total.
En mayo de 2021 el juez Ponciano Salles la rebajó a arresto domiciliario nocturno y dijo que había “a lo menos evidencia material y existen también documentos periciales que justifican la teoría del caso de la defensa”.
El 2 de junio de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago respaldó la rebaja, apoyándose en los peritajes.
“Por los antecedentes dados a conocer por la defensa en esta audiencia, en lo que dice relación con el artículo 140 letra C del Código Procesal Penal, el tribunal ha determinado que la medida decretada por el juez de Garantía es la medida proporcional para garantizar los fines del procedimiento y para cautelar la seguridad de la víctima y la seguridad de la sociedad”, dijo la resolución.
Qué ha dicho Sebastián Zamora de la arremetida. “Hermano, lo maté… lo agarré y se me resbaló”, dijo Zamora, sobresaltado, en un video que registró la arremetida, difundido en 2020 por Canal 13.
El ex carabinero (dado de baja por Carabineros por ocultar que portaba una cámara personal) tiene actualmente las medidas cautelares de firma mensual, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima.
El 12 de noviembre de 2020 respondió un cuestionario a Ex-Ante, donde afirmó que “cuando lo vi caer me desesperé, me desesperé, pensé que lo había matado, me asomé por la reja y vi que estaba sangrando (…). La caída fue un accidente, mi intención era detenerlo”.
En abril de 2023, afirmó: “Yo nunca lo empujé ni menos tenía la intención de hacerlo. Vuelvo a repetir; es materia de investigación. Lamento mucho lo que pasó”.
Pensión de gracia. El entonces adolescente del Caso Pío Nono es uno de los beneficiados con una pensión de gracia por el estallido social.
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A diciembre de 2023, su pensión mensual equivalía a $444.767.
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