Cada cierto tiempo vuelve a ser noticia alguna conducta de un parlamentario/a en ejercicio y que será revisada por la Comisión de Ética para una posible sanción. En estos días son los llamados de la diputada Maite Orsini a la fiscal que investiga posibles delitos sexuales en contra de su ex pareja por una posible intervención en las acciones de otras entidades estatales. Un bullado caso que no solo lo ha tenido a él en el ojo del huracán, sino que también a la diputada. La máxima sanción a que se expone es la censura (que es un reproche) y una multa de un 25% de la dieta mensual.
No son pocos los casos que en el último tiempo ha conocido y sancionado la Comisión de Ética de la Cámara: golpes de un diputado a otro, dichos de una bancada contra un ex ministro por robos de computadores, divulgación de una conversación privada con el Presidente de la República a medios de comunicación, vinculación de una diputada con el caso Democracia Viva, entre muchos otros. Al parecer la disciplina parlamentaria está dando que hablar en los últimos tiempos.
Lamentablemente, la vara no es la misma que en otros poderes. En el caso de la administración del Estado (gobierno central, regionales y municipios), se cuenta con otras entidades autónomas que fiscalizan el cumplimiento de obligaciones de integridad y de conducta funcionaria, como la Contraloría General de la República y, en materia de transparencia, del Consejo para la Transparencia y las sanciones pueden llegar hasta una multa de un 50% de la remuneración mensual o, incluso, la desvinculación (o destitución) cuando se trata de faltas graves a la probidad. Sin duda, como muchos estudios han indicado, el régimen sancionatorio si bien no lo es todo, es un desincentivo importante a cierto tipo de conductas.
Así, nuestro Congreso adolece de entidades autónomas que fiscalicen el cumplimiento de las normativas de integridad y transparencia (lobby, conflictos de interés, declaraciones de interés y patrimonio, transparencia, entre muchas otras) y, menos aún, que imponga (o al menos proponga) esas sanciones. Tampoco se cuenta con un sistema de protección de denunciantes de posibles irregularidades -como recientemente se está implementando por la Contraloría-, con un canal de denuncias seguro y posibilidad de protección de posibles represalias. Y, menos aún, se ha contemplado la posibilidad de perder el cargo por faltas graves a la probidad -salvo el caso de infracción grave a las normas de financiamiento electoral- u otras sanciones como ocurre en otras latitudes, como la pérdida del derecho a voz por un período.
Creo que esto ha abonado a la percepción de privilegio del Congreso y los parlamentarios frente a otro tipo de servidores públicos lo que los tiene, junto a otras muchas posibles razones como la crisis de la democracia representativa mundial, en el fondo de la tabla de desconfianza ciudadana con los partidos políticos.
No hay soluciones fáciles ni balas de plata, ya que por un lado hay que mantener la autonomía del Poder Legislativo -lo que en ningún caso puede implicar falta de control interno y externo- y blindar que estos mecanismos no se mal utilicen para alterar los quórums o atacar a rivales políticos. Pero, por suerte, no tenemos que inventar la rueda y hay varios ejemplos comparados que nos pueden servir de guía.
Son varios los países que contemplan figuras o instituciones independientes de los parlamentarios de turno ya sea para asesorar en materias de integridad o transparencia o, derechamente, para fiscalizar y sancionar. Así, como se desprende de un informe de la Biblioteca del Congreso España, Francia, Estados Unidos y Reino Unido han acudido a este tipo de mecanismos. De este modo, los congresistas no son juez y parte en la resolución de temáticas tan sensibles y que preocupan tanto a la ciudadanía.
Este modelo fue el que se propuso en el año 2015 que siguiera Chile. En una moción parlamentaria que avanzó en su discusión en la especialmente creada Comisión de Probidad del Senado, se proponía la creación de la Dirección de Ética y Transparencia Parlamentaria como órgano común para ambas Cámaras, integrada por tres directores con trayectoria destacada en materias de ética, probidad o transparencia a propuesta del Sistema de Alta Dirección Pública.
Se contemplaba que esta entidad tuviera funciones sancionadoras en caso de infracción a las leyes de probidad, transparencia y lobby y otras obligaciones como el deber de asistencia, exclusividad de la función o deber de abstención y un rol asesor de los parlamentarios en materias de ética y probidad y darle apoyo al trabajo de las Comisiones de Ética. Este proyecto también perfeccionaba normas de conflictos de interés, inhabilidades y publicidad del trabajo parlamentario. Lamentablemente el año 2017 se paralizó su discusión y hoy se encuentra archivado.
Chile ha avanzado a punta de escándalos y comisiones asesoras en mejores regulaciones y políticas de integridad y prevención de la corrupción que apuntan a tener autoridades y servidores públicos con mayores estándares de ética pública y rendición de cuentas de sus actuaciones. Sin duda aún quedan muchos desafíos, pero, lamentablemente la implementación de estas políticas no ha sido equivalente en el Congreso por la falta de una capacidad de aplicación y fiscalización, además de no contar con reproches suficientes a faltas de conduta que, en algunos casos, como conflictos de intereses graves, pueden ser muy perjudiciales.
Necesitamos elevar la confianza en nuestro Congreso, un poder esencial en una república democrática, pero para esto es clave que la integridad y la transparencia estén al centro de sus prioridades. Nunca es tarde para generar los cambios necesarios.
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