Noviembre 2, 2022

Fin de las AFP, el Estado como inversionista y sistema mixto de contribución: las claves de la Reforma Previsional de Gabriel Boric

Eduardo Olivares
Presidente Gabriel Boric. Créditos: Agencia Uno

Entre las propuestas anunciadas por el Presidente se incluyen nuevos beneficios para las mujeres, la transformación de las comisiones, la renta vitalicia como única modalidad de pensión y la imposición para los independientes. El 6% de cotización extra subirá 1% por año, con cargo al empleador.


Anuncio. El Presidente Gabriel Boric anunció la esperada propuesta de Reforma Previsional, la medida de política social más importante de su programa de Gobierno. La iniciativa es la tercera que conoce el país en cinco años, luego de los fallidos proyectos presentados por Michelle Bachelet en 2017 y Sebastián Piñera en 2018.

  • A continuación, las principales claves para entender el nuevo esquema:

Sistema. Desde el sistema de AFP, como se conoce hoy al modelo, se pasará a un régimen que el Gobierno califica como “Sistema Mixto de Pensiones”. La diferencia está en que mientras el actual esquema tuvo su columna central en la capitalización individual (donde cada trabajador deposita el 10% de su sueldo mensual), que en 2008 fue fortalecido con un Pilar Solidario para pagar pensiones mínimas financiadas con rentas generales de la Nación, ahora se introduce la denominada solidaridad inter e intrageneracional.

  • Que sea “mixto” significa que ahora no solo aportarán empleados, empleadores y Estado, sino que los resultados de esas contribuciones tendrán un mecanismo de distribución entre los mismos trabajadores cuando se pensionen.

Pilares. Se mantiene el pilar solidario, ahora denominado “no contributivo”, donde está la Pensión Garantizada Universal (PGU). Esa pensión se financia con rentas generales de la Nación (impuestos). El Gobierno espera elevarla desde $193.917 hasta $250 mil, cuyos recursos provendrán de la Reforma Tributaria.

  • El otro pilar es el “contributivo”. Allí están tanto el 10% que aporta hoy el trabajador en su cuenta de capitalización individual en la AFP, como en el futuro un 6% extra del empleador hacia un fondo colectivo.
  • El otro pilar casi inalterado es el voluntario, que consiste en recursos extra del trabajador para subir su pensión.

APA. Habrá un organismo que se encargará de afiliar, recaudar, cobrar y pagar los beneficios. El nombre propuesto es Administrador de Pensiones Autónomo (APA).

  • Tendrá un consejo de cinco miembros, sin dedicación exclusiva, cuyo presidente será nombrado mediante concurso público.
  • Podrá subcontratar todas sus funciones, tal como hacen hoy las AFP con PreviRed. En la práctica, será una suerte de sucesor del Instituto de Previsión Social (IPS), en un período estimado de 24 meses desde la entrada en vigencia de la ley.

CCI. los afiliados mantendrán su Cuenta de Capitalización Individual (CCI), tal como hasta ahora. Habrá cambios sobre qué tipo de entidad las administrará.

Fin de los multifondos. Se acaba el sistema de multifondo, que permite hoy a los afiliados escoger entre cinco tipos de riesgo (del A al E). El nuevo sistema se llamará Fondos Generacionales. Es ahora la regulación la que escogerá por las personas, según su sexo y edad, cuál es el mejor esquema de inversión para su futura pensión.

De 10% a 10,5%. Actualmente los afiliados depositan el 10% de su sueldo mensual, con ciertos topes, en su cuenta individual en una AFP. Sobre eso deben pagar una comisión que fluctúa entre 0,58% y 1,45%, según la AFP donde esté afiliado. La propuesta indica que el afiliado ya no pagará esa comisión de su sueldo mensual.

  • El Gobierno propone un incremento de 0,5 punto porcentual en la cotización del trabajador, dado que no gastará más en comisión por flujo. Así, ya no se hablará del 10%, sino del 10,5% de capitalización individual (en la CCI).

El 6%. Habrá una cotización extra equivalente al 6%, con cargo al empleador. Se aplicará en forma gradual, a razón de 1 punto porcentual por año. Se destinará al nuevo Fondo Integrado de Pensiones (fondo colectivo).

Independientes. Habrá un mecanismo de cotización simplificada para quienes son trabajadores independientes o por cuenta propia. Podrán depositar su cotización mediante su banco; por ejemplo, por medio de la Cuenta RUT del Banco Estado.

Tope. El actual tope imponible de quienes cotizan es de UF 81,6 (es decir, como máximo cotizan el 10% de ese monto). La reforma eleva ese techo al mismo tope que tiene el seguro de cesantía, que hoy es de UF 122,6.

Comisión por saldo. Hasta ahora cada cotizante paga una comisión por “flujo”, que en promedio del sistema es de 1,14%. En su lugar pagará una comisión por “saldo”; es decir, sobre el total de sus ahorros acumulados.

  • Habrá un período de transición entre uno y otro sistema, para que los afiliados que ya han pagado años de cotizaciones por flujo vean reflejado aquello en una menor comisión por saldo.
  • Una comisión por saldo refleja mejor una alineación de intereses entre el afiliado y el gestor: si al fondo previsional le va bien, también al gestor (porque se cobra de ahí).
  • Hacienda calcula que ese cobro porcentual sería de menos de la mitad de lo que cobra hoy la AFP más barata por el flujo; esto es, llegaría a 0,25% del saldo o menos.

Fin de las AFP. Un nervio central de la propuesta del Ejecutivo es el fin de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). En rigor, esas firmas podrán transformarse: en vez de preocuparse de actividades de recaudación, cobros y pagos (pues todo lo hará ahora el APA), solo se enfocarán en la gestión del dinero de los afiliados.

  • Tendrán un nuevo nombre: Inversor de Pensiones Privado (IPP). Así como las actuales AFP podrán convertirse en ese nuevo tipo de sociedad anónima de giro único, también podrán entrar otros competidores.
  • La transición desde AFP a IPP es de un máximo de 24 meses desde que rija la ley.
  • El stock que hoy administran las AFP pasará al IPP respectivo, salvo que el afiliado indique lo contrario. En ese caso pasarán al  nuevo ente estatal inversor.

Estado inversionista. Se crea un ente estatal cuyo principal objetivo es la inversión de los fondos de los afiliados. Su nombre es Inversor de Pensiones Público y Autónomo (IPPA).

  • La propuesta lo plantea como un ente autónomo con una gobernanza similar a la del Banco Central. El IPPA tendría siete consejeros, elegidos a propuesta presidencial con acuerdo del Senado.
  • El IPPA participará en las inversiones tanto de la CCI (con la cotización del 10,5%) como del nuevo Fondo Integrado de Pensiones (con el 6% extra).
  • En el caso de la CCI (10,5%), el IPPA será el gestor por default, salvo que el afiliado indique que prefiere que sus dineros los administre un IPP.
  • En el caso del Fondo Integrado de Pensiones (FIP, donde llega el 6% extra), el ente estatal es el único encargado de la inversión. Podrá subcontratar a gestores privados.

El FIP. El Fondo Integrado de Pensiones se constituye con los recursos del 6% de todos los empleadores. El Ejecutivo plantea que su ventaja es que redistribuirá sus recursos para que todos los aportantes siempre obtengan una rentabilidad, pero complementará mejor las pensiones de quienes menos tienen (mirado en forma proporcional).

  • El efecto se logra así: de cada 100 pesos que entran de un empleador, 70 pesos se van directo a una “cuenta personal” anotada a nombre del trabajador, y 30 pesos se registran en la cuenta del mismo trabajador pero como el valor de la cotización promedio del sistema. Es ese último componente, el del 30%, el que permite mejorar la pensión de los trabajadores de menores recursos.
  • La “cuenta personal” es distinta de la CCI del 10,5%. En la “cuenta personal” el dinero es un “derecho” a nombre del afiliado, pero no forma parte de su patrimonio y no es heredable. Eso es lo que transforma a este esquema en seguridad social. Por lo mismo, la cuenta personal tendrá una rentabilidad mínima asegurada; es decir, a diferencia de lo que sucede con la CCI, el Estado usará un mecanismo que combina la tasa de interés con el crecimiento de la masa salarial para garantizar un retorno bajo, pero siempre positivo.
  • Solo quienes aporten al FIP recibirán sus beneficios. Pero hay una garantía de UF 0,1 por año que incluye también a los actuales pensionados, como reconocimiento a sus cotizaciones pasadas.
  • Dado que el 6% será enterado en forma gradual, el Estado le hará un préstamo al IPPA para que pueda partir el sistema financiado.

Mujeres. Existen al menos tres componentes relacionados con el nuevo FIP que tendrán un impacto positivo para las mujeres:

  • Las tablas de mortalidad para la calcular la pensión a partir de los recursos del fondo colectivo se harán unisex. Es decir, se calculará la sobrevida de las mujeres como si fuese de los hombres (que viven menos), lo que permitiría un “bono” de hasta UF 15 en la pensión.
  • Al Bono por Hijo Nacido Vivo que ya existe hoy, vinculado con “el 10%” y que se financia con rentas generales de la Nación, se sumará un “seguro de maternidad” que provendrá del FIP. Equivaldrá a “24 meses de cotización por el 6% de la mediana de ingresos imponibles de los cotizantes del mes de nacimiento”, dice el Gobierno.
  • Se complementa con un bono por cuidados de terceros, función que en su mayoría realizan las mujeres. En ese caso, se traduce en un 6% de la mediana de ingreso imponible por cada mes que la persona dedicó al cuidado no remunerado de personas en situación de dependencia funcional severa o moderada, por hasta 24 meses de la misma persona cuidada, detalla el Ejecutivo en una minuta. El beneficiario debe estar inscrito en el registro de cuidadores.

Lagunas. También se suma una cotización desde el Seguro de Cesantía para quienes estén recibiendo ese seguro, de modo tal de disminuir las lagunas previsionales.

Herencia. El nuevo FIP no permite herencia, pero sí se suma a la pensión de sobrevivencia que corresponde por fallecimiento del causante.

Renta vitalicia. Se termina la modalidad de pensión de retiro programado, que suele entregar una pensión mayor al inicio de la vida pasiva pero es decreciente. En cambio, se fortalece la renta vitalicia (monto mensual fijo, en UF), que hace que el riesgo de longevidad, rentabilidad e inflación sean asumidos por una compañía de seguros. Podrá ser heredable, pero eso implica una menor pensión; sin herencia hace que la pensión del afiliado suba. De todos modos también genera pensión de sobrevivencia para las cargas legales del trabajador.

  • Para mejorar las ofertas, se harán licitaciones de rentas vitalicias por grupos de afiliados.

Revisiones actuariales. Para definir cuánto irán siendo las pensiones, el proyecto de ley determina un mecanismo de revisiones actuariales. Si debido a que las proyecciones de rentabilidad son menores a las previstas, existen dos ajustes paramétricos posibles: reducir el monto de la pensión esperada o aumentar la edad de jubilación. El proyecto no dice cuál fórmula, sino que cualquiera sea deba ser sometida a tramitación parlamentaria.

Revise la presentación del Presidente Gabriel Boric

 

Lea aquí la minuta a los parlamentarios oficialistas con los ejes de la Reforma de Pensiones que anunciará Boric

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