El nuevo fiscal del caso ProCultura impugnó la resolución de la Corte de Antofagasta que declaró ilegales las interceptaciones telefónicas a Josefina Huneeus, que incluyeron un diálogo con el Presidente Boric. “(Hay) manifestaciones que encuentran sintonía con opiniones personales o consideraciones de orden político”, dijo.
Por qué importa. Los argumentos esgrimidos por el Fiscal Regional de Antofagasta Juan Castro Bekios en su apelación al fallo que declaró ilegales las interceptaciones telefónicas a la siquiatra Josefina Huneeus, marcaron el tono de la ofensiva del Ministerio Público tras el revés sufrido en la Corte de Apelaciones de Antofagasta en el caso ProCultura.
- La apelación a la Corte Suprema ingresada este miércoles por el nuevo fiscal del caso respondió a las afirmaciones de la Corte de Antofagasta que —al acoger el recurso de amparo presentado por Huneeus—, comparó los “pinchazos” realizados desde octubre a la siquiatra con prácticas policiales en dictadura (“donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado”, dijo el fallo).
- Los términos de la resolución dieron paso a que ese mismo viernes el fiscal nacional Ángel Valencia sacara del caso al Fiscal Regional de Coquimbo Patricio Cooper.
- En reemplazo de Cooper, Valencia nombró a Castro, que ya llevaba el caso Democracia Viva, la causa inicial del Caso Convenios.
- El lunes por la noche, Valencia abordó en T13 el fallo de Antofagasta, diciendo que algunas de las afirmaciones de la resolución “me parece que son injustas”.
- El martes por la tarde, tras una reunión en la fiscalía nacional a la que asistió Cooper, el nuevo fiscal dijo que recurriría a la Suprema.
- Los “pinchazos” telefónicos a Huneeus (ex señora del fundador de ProCultura Alberto Larraín) adquirieron notoriedad por incluir una conversación con el Presidente Gabriel Boric mantenida el 14 de octubre, que quedó excluida también de la carpeta investigativa.
Los argumentos. En el escrito de siete páginas, Castro cuestionó el fondo de la resolución y que el recurso de amparo haya sido la vía idónea para recurrir a la Corte. También pidió que, en caso de que se rechace su apelación, se eliminen los considerandos con “opiniones personales o consideraciones de orden político”. “La resolución apelada causa agravio a esta parte”, dijo.
- Dictadura. “De la lectura de los considerandos referidos supra, es dable prevenir la presencia de frases que no resulta posible identificar con un ejercicio correcto de aplicación del derecho”, dijo.
- “Son manifestaciones que encuentran sintonía con opiniones personales o consideraciones de orden político; o bien, y en caso de que se discrepe de la naturaleza de las mismas, resulta necesario consensuar que, a lo menos, son menciones que se alejan notoriamente de todo espectro jurídico”.
- De dónde salió el tercer teléfono. El fiscal abordó de dónde salió el tercer teléfono de Larraín, que en realidad era de Huneeus. Lo anterior, dado que la interceptación inicial fue autorizada el 2 de octubre a tres celulares del cofundador de ProCultura y no de su ex señora, pese a lo cual los “agentes policiales a cargo de ejecutar la medida intrusiva decretada tardaron casi dos semanas en ‘advertir’ (…) que el usuario de la línea interceptada no era el ‘imputado Larraín’ sino su excónyuge”, dijo el fallo del viernes 16. Tras esto, la fiscalía pidió intervenir el celular de Huneeus, lo que fue concedido por la jueza Sissi Bertoglio-Talap.
- “La inclusión de un tercer número telefónico objeto de la autorización concedida por el órgano adjudicador no fue una adición azarosa ni corresponde a un ejercicio desmedido de las prerrogativas que el ordenamiento jurídico concede a este ente persecutor para el cumplimiento de los mandatos y consecución de los fines respectivos, sino que se origina a partir de la actividad investigativa propia del Ministerio Público, consistente en la realización de indagatorias de diversa índole a través de la consulta de las fuentes de información disponibles para tal efecto (esto es, mediante sistema interconectado con la empresa de servicios Equifax)”, dijo Castro.
- Calidad de imputada de Huneeus. “Considerando el alto conocimiento de las acciones realizadas por la fundación ProCultura que se encuentran actualmente en indagación y de sus integrantes, su participación en los hechos habría tenido lugar a lo menos en calidad de encubridora”.
- “Fue en esa calidad en que también se le citó a declarar y efectivamente declaró”, el 19 de noviembre.
- Vía del amparo. “No es posible advertir que lo dispuesto en las resoluciones dictadas por el Juzgado de Garantía de Antofagasta se infrinja la libertad personal y seguridad individual de la misma”.
- “Entonces, la acción de amparo fue utilizada como una vía de revisión de esas resoluciones judiciales, cuando el ordenamiento jurídico no la consagró para tales efectos”.
Ojo con. Alberto Larraín está siendo indagado por fraude al fisco, lavado de activos, administración fraudulenta y asociación ilícita.
Lea la apelación de la fiscalía: