Francisca Moya —la jefa jurídica de la Segpres que el lunes dijo a la comisión investigadora de la Cámara que sabía de las inhabilidades en la adquisición de la casa en Guardia Vieja del expresidente Allende— declaró como testigo en la causa en enero. En su testimonio detalló cómo el Presidente firmó el decreto 38 que dio curso a la fallida compra.
Por qué importa. La declaración que la abogada Francisca Moya realizó como testigo a la fiscalía el 20 de enero detalló la cronología de la firma del decreto 38 con que el Presidente Gabriel Boric dio curso a la fallida compra de la casa del expresidente Salvador Allende.
- Moya —quien es jefa de la división jurídico-legislativa de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres)— entregó este lunes su testimonio ante la Comisión Investigadora de la Cámara, donde reconoció que ella y su equipo sabían que el decreto que Boric firmó el 28 de noviembre de 2024 para la compraventa podía ser inconstitucional.
- Ante la instancia evitó sin embargo responder si abordó este punto con el mandatario cuando le entregó el decreto para su firma, acrecentando las dudas sobre la información que manejaba el Presidente, quien impulsó la transformación de las propiedades del expresidente Allende y del expresidente Patricio Aylwin en casas museo.
- El caso ha derivado en la caída de dos ministras —Marcela Sandoval de Bienes Nacionales y Maya Fernández de Defensa— y de la senadora socialista Isabel Allende, quien la semana pasada fue cesada en el cargo por el Tribunal Constitucional, tras requerimientos de Chile Vamos y Republicanos.
- La inconstitucionalidad de la compraventa provenía de que entre las propietarias de la casa estaban la entonces ministra Fernández y la senadora Allende —nieta e hija del expresidente muerto para el Golpe de 1973— y que los artículos 37 bis y 60 de la Carta Fundamental prohíben explícitamente que ministros y parlamentarios celebren contratos con el estado.
- Este martes, la vocera Aisén Etcheverry blindó a Moya, pese a que la abogada sabía que el decreto para la compraventa podía ser inconstitucional.
Más de 15 años. En su declaración ante el fiscal Eduardo Yáñez, la abogada mencionó que estudió derecho en la Universidad de Chile y que estaba cursando un doctorado en la Universidad de Glasgow cuando la contactaron para asumir el cargo que mantiene desde marzo de 2022. El ministro entonces era Giorgio Jackson.
- “Conocí al presidente en la universidad, siendo parte de un grupo de amigos en esa época”, declaró.
- Esto había sido abordado en Instagram por el entonces diputado Boric, que el 7 de febrero de 2019 publicó que “me siento un afortunado de tener cerca a una persona como Francisca Moya Marchi (…). Somos amigos hace más de 10 años”, junto a una foto de ambos.
El antes, durante y después. A continuación, la cronología entregada por Moya.
- El 25. “El día 25 de noviembre de 2024 se dictó el acto. Éste fue remitido en formato Word, a las 18:40 horas aproximadamente llegó al correo de José Miguel Ledesma (de Segpres), sin copia a mí, desde la jefa de la división jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales, Macarena Diez”.
- “En ese correo venía el borrador del decreto supremo 38 y los borradores de los dos decretos que autorizan la adquisición de los dos inmuebles del Presidente Aylwin”.
- El 26. “El 26 de noviembre un estafeta del Ministerio de Bienes Nacionales entregó en nuestras oficinas los tres decretos en físico”.
- “El decreto fue cargado en el sistema de gestión de decretos”.
- “Luego de ello, José Miguel Ledesma se lo derivó al abogado Vicente Bustos, pero este último se encontraba con (una) alta carga de trabajo”.
- El 27. “Debido a esto, se decide que se derive el decreto al abogado Lucas Vera (al principio de su declaración, Moya dijo que Vera todavía no tenía el título) ya el día 27 de noviembre”.
- “El cambio de abogado de Vicente Bustos a Lucas Vera se debe a que, desde el Ministerio de Bienes Nacionales, entiendo que Macarena Díez, se comunicó con José Miguel Ledesma para solicitar la premura de la firma”.
- “Vera revisó los 3 decretos ese mismo día, dejándolos para firma”.
- El 28. “Al día siguiente, José Miguel y yo armamos un paquete con otros documentos para la sesión de firma del Presidente”.
- “No recuerdo si existió una minuta de resumen. En el decreto no se registra ningún tipo de visación nuestra”.
- “No recuerdo que el Presidente me haya hecho algún alcance respecto de estos decretos en la sesión de firma”.
- Previamente había declarado que “en algunos casos el Presidente puede pedir algún tipo de consideración y no se firma el acto; el Presidente firma uno a uno los decretos y en este proceso él puede preguntar o pedir más antecedentes”.
- 3 de enero. “Hubo una reunión a las 9:00 horas en las oficinas de la Presidencia (…). Desconozco quién debió haber considerado las prohibiciones que establecía la constitución, pues desconozco quiénes son las personas a quiénes se les encargó planificar, analizar y materializar esta tarea”.
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