Julio 12, 2024

Duro golpe a Chong: tribunal absuelve al excarabinero Sebastián Zamora a casi 4 años de iniciado el Caso Pío Nono

Jorge Poblete
El excarabinero Sebastián Zamora este viernes en el Centro de Justicia de Santiago. (Francisco Paredes / Agencia Uno)

La jueza Patricia Bründl anunció este viernes que el excarabinero Sebastián Zamora, acusado de homicidio frustrado por la fiscal Ximena Chong, fue absuelto en el Caso Pío Nono. El fallo unánime ocurrió tras un juicio marcado por los traspiés de la fiscalía, cuyos testigos evitaron afirmar que el entonces carabinero arrojó al joven por el puente. Esta teoría del caso ya había enfrentado dificultades en la etapa de investigación, cuando dos instancias judiciales valoraron un peritaje de la defensa que planteó que Zamora buscó atrapar y no empujar al adolescente.


Qué observar. A las 11:28 am de este viernes la jueza Patricia Bründl anunció que, en forma unánime, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago había absuelto al excarabinero Sebastián Zamora de la acusación de homicidio frustrado formulada por la fiscal Ximena Chong.

  • Zamora, quien llevaba traje y el pelo corto reglamentario de Carabineros —esperando ser reincorporado, dijo después—, siguió la lectura del veredicto con las manos cruzadas y los codos sobre la mesa. A ratos apoyaba la cabeza en sus manos. Al escuchar la resolución, sus ojos se pusieron vidriosos.
  • Era el desenlace de un caso iniciado hace casi cuatro años, cuando el 2 de octubre de 2020 el entonces carabinero de la Comisaría de Control de Orden Público (COP) participó de la arremetida policial por el puente Pío Nono, en persecución de un adolescente de 16 años que esa tarde había golpeado un carro lanza aguas con un palo que —según declaró—, encontró tirado durante las protestas en torno a la Plaza Baquedano.
  • Zamora impactó al adolescente —que hoy tiene 20 años—, quien cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho. Quedó con un tec, una contusión en la base del pulmón derecho y ambas muñecas quebradas.
  • En febrero de 2023, el Presidente Gabriel Boric le otorgó una pensión de gracia mensual equivalente a $444.767.
  • El 4 de octubre de 2020 se realizó la audiencia de formalización de cargos. La fiscal Chong describió lo ocurrido como una “arremetida que culmina con la acción homicida del imputado respecto de la víctima”.
  • En esa audiencia formalizó a Zamora por homicidio frustrado, cargo que mantuvo en la acusación, en que pidió 8 años de cárcel para el excarabinero dado de baja por no reportar que en la arremetida portó una cámara Go-Pro.
  • La fórmula inicial de la “acción homicida” fue modificada este martes por Chong, que en su alegato de clausura dijo que hubo una “dinámica homicida” y apuntó al riesgo mortal de las acciones del policía de esa tarde.
  • Este cambio ocurrió luego de que testigos presentados por la fiscalía en el juicio evitaran afirmar que el carabinero arrojó al joven por el puente, lo que anticipó un escenario difícil para su teoría del caso del homicidio frustrado.
  • Zamora declaró que buscó atraparlo para detenerlo. La víctima describió lo ocurrido como un “empujón con forma de agarre”.
  • En este escenario, el fiscal Marcelo Carrasco —cuya intervención del martes antecedió a la de Chong—, buscó alejar el debate de la dicotomía empujón versus agarre.
  • “El señor Zamora no está imputado, y esto debo reiterarlo de forma muy categórica, su señoría, no está imputado por empujar a (nombró al joven) en el puente”, dijo ese día. “Ése no es el núcleo de la imputación”.
  • El abogado Alejandro Peña, defensor de Zamora, dijo en su alegato de clausura que el cambio de posición de la fiscalía era “una verdadera sorpresa” y recalcó que no había evidencias para declarar culpable al excarabinero.
  • Este jueves, el fiscal Carrasco defendió que no había contradicción en la posición del Ministerio Público y recalcó que la acusación no era un empujón. El tribunal recogió este punto, pero no fue suficiente.
  • Los jueces Patricia Bründl, Claudia Morgado y Erick Aravena absolvieron a Zamora, argumentando que la fiscalía no especificó en la acusación el peligro de muerte de la víctima y que no se probó lo expresado en la acusación.
  • Esto era, que Zamora “se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsándolo de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río”.

Las declaraciones que complicaron a la fiscalía. El miércoles de la semana pasada la fiscal Chong terminó de tomar declaración a la detective de la Policía de Investigaciones (PDI) Valeria Hernández, quien elaboró un informe a partir de la información contenida en la cámara Go-Pro que portaba Zamora en la arremetida.

  • El contrainterrogatorio lo realizó el defensor Vinko Fodic, quien le consultó por las imágenes que analizó la detective en su informe.
  • “¿Es correcto que no se pudo determinar que Sebastián Zamora haya tomado con sus brazos a la víctima y lo haya impulsado sobre el río Mapocho?”.
  • “En el informe no consignó eso”, contestó la policía.
  • “No concluyó eso…”.
  • “No”, dijo la detective.
  • La declaración se sumó a otros tres testimonios policiales presentados por la fiscalía —consignados por La Segunda—, que describieron la arremetida como un impacto y no como un empujón.
  • El comisario Carlos Arriagada de la PDI, quien realizó un fotograma segundo a segundo de los hechos, dijo que “no se pudo determinar que lo empujó. Solamente se ve la colisión”.
  • El detective Giovanni Villalobos de la brigada de Derechos Humanos declaró que el carabinero “lo intercepta y el afectado cae a la ribera del río”.
  • El inspector Robert Sepúlveda, a cargo de las primeras diligencias, dijo que hubo una “interacción” entre el acusado y la víctima.

El peritaje de la defensa. El 22 de enero de 2024 el fiscal Francisco Ledezma ingresó un escrito buscando realizar un procedimiento abreviado en vez de ir a juicio en el Caso Pío Nono.

  • El documento fue presentado luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago reintegrara a la causa las 16 fotografías del informe Gesto-Motor excluido en la audiencia de preparación del juicio.
  • Con ese informe la defensa de Zamora buscaba probar que el excarabinero buscó atrapar y no empujar al adolescente. El informe fue valorado en dos instancias judiciales de la etapa de investigación, volviendo cuesta arriba el caso para la fiscalía.
  • El procedimiento abreviado permitía a Zamora cumplir su pena en libertad a cambio de aceptar la formulación de cargos de la fiscalía. Zamora rechazó el ofrecimiento y prefirió ir a juicio.
  • En esta última etapa la defensa de Zamora explicitó que la fiscalía no había presentado su propio informe gesto-motor, lo que terminó haciendo girar el debate en torno a los argumentos del expolicía.
  • El tribunal advirtió sí que, por los cuestionamientos de la fiscalía y los querellantes al peritaje, esto no fue lo que decidió su resolución.

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