Febrero 3, 2026

ProCultura: Los polémicos fallos de Patricio Álvarez, el juez que dejó en libertad a Alberto Larraín

Ex-Ante
El juez Patricio Álvarez el 31 de enero en Santiago. (Hans Scott / Agencia Uno)

El juez Patricio Álvarez —quien ha generado críticas por rechazar que la audiencia del caso ProCultura sea transmitida por streaming, como sí ocurrió con la trama bielorrusa y el caso Audios— tiene un historial de fallos que algunos han cuestionado por el excesivo “garantismo” que se le atribuye. Este martes rechazó la medida de prisión preventiva y arresto domiciliario en contra del siquiatra Alberto Larraín y otros tres imputados en la causa.


Lo nuevo. El juez del Séptimo Juzgado de Garantía Patricio Álvarez Maldini rechazó la medida cautelar de prisión preventiva que estaba solicitando el Ministerio Público en contra de cuatro imputados en el caso ProCultura, desestimando además su arresto domiciliario total.

  • Se trata del siquiatra Alberto Larraín Salas, el cocreador de la fundación ProCultura contra quien la fiscalía formalizó cargos por fraude al fisco derivados del programa para prevenir suicidios ‘Quédate’, suscrito con el Gobierno Regional Metropolitano.
  • Lo mismo determinó el juez para los casos de María Constanza Gómez, Evelyn Magdaleno y María Teresa Abusleme, quienes quedaron solo con la medida de arraigo nacional.

Sin streaming. Las audiencias —que este martes tuvieron su cuarta jornada consecutiva— estuvieron marcadas por las críticas que generó el rechazo del juez Álvarez a que fuera transmitida por el Canal del Poder Judicial, como sí ha ocurrido con otros casos de alta connotación pública como la trama bielorrusa, el caso Audios y la imputación por violación y abuso sexual contra el exsubsecretario Manuel Monsalve.

  • El Poder Judicial sostuvo que, apoyado en el principio de la presunción de inocencia, el magistrado “es del criterio normativo de no transmitir ni que los medios graben íntegramente las audiencias preliminares que él dirige, pero sí brindar todo el acceso a los medios de comunicación, permitiendo que los periodistas permanezcan en la sala durante la o las jornadas de la causa y que los camarógrafos y fotógrafos ingresen al comienzo de cada día para que puedan obtener recursos audiovisuales necesario para sus notas”.
  • Álvarez, quien tiene un historial de fallos cuestionados según sus críticos por su excesivo “garantismo”, ha declarado su cercanía con Daniel Urrutia, —el juez de ese tribunal que en 2024 autorizó videollamadas de reos de alta peligrosidad y que ha llamado a disolver Carabineros y refundar el Poder Judicial —, en cuyas causas se ha inhabilitado por “amistad”.

Fallos controversiales. El 22 de mayo de 2023, Álvarez —de 54 años y quien antes de llegar al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cumplió estas funciones en Copiapó— excluyó una evidencia clave presentada por la defensa del ex carabinero Sebastián Zamora en la audiencia de preparación de juicio oral del caso Pío Nono.

  • El informe buscaba mostrar que la arremetida del 2 de octubre de 2020 fue para atrapar y no lanzar por el puente al adolescente que cayó 7,4 metros hasta el río Mapocho. Esta evidencia fue reincorporada al juicio, en que Zamora —hoy diputado electo como independiente Republicano— fue absuelto del cargo de homicidio frustrado.
  • En octubre de ese año, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió una orden de no innovar presentada por Gendarmería para impedir que migrantes indocumentados visitaran la unidad de alta seguridad donde estaban los imputados por el crimen del suboficial Daniel Palma. Estas visitas habían sido autorizadas por el juez Álvarez, consignó entonces Mega.
  • En 2013 la Corte de Apelaciones de Santiago acogió unánimemente la recusación presentada contra el juez por la viuda del cabo Luis Moyano —quien fue asesinado el 18 de octubre de 2007 tras el asalto al banco Security en el centro de Santiago, causa en que fueron condenados los ex lautaristas Juan Aliste Vega y Freddy Fuentevilla—, que lo acusó de parcialidad al excluir un testigo en la fase de preparación del juicio oral.

La amistad con Urrutia. El 4 de febrero de 2025, Álvarez Maldini se inhabilitó para resolver si acogía o no a tramitación la querella que Urrutia interpuso en el marco del Caso Audios.

  • “Respecto del querellante de autos, don Daniel Urrutia, se configura la causal de inhabilidad contemplada en el artículo 195 N°15 del Código Orgánico de Tribunales por existir una relación de amistad con dicho interviniente, y a fin de conservar la debida imparcialidad y transparencia (…), me declaro inhabilitado para conocer de la presente causa”, escribió. En 2024 ya lo había hecho en otra.

Telón de fondo. La resolución que tome Álvarez supuso un golpe al Ministerio Público en una arista del caso Convenios vinculada a seis gobiernos regionales favorables al gobierno al momento de la suscripción de los contratos.

  • En ésta se indaga el traspaso —en 2022, sin licitación y en una sola cuota— de $1.683.788.000 a la fundación ProCultura para el proyecto para prevenir suicidios ‘Quédate’, iniciativa lejana al giro ante Impuestos Internos de la fundación, por parte del Gobierno Regional Metropolitano encabezado por el gobernador Claudio Orrego (ex DC).
  • Un elemento surgido en la jornada de este martes fue la acusación de un error de la fiscalía en la formalización a la representante legal de ProCultura, Constanza Gómez, a quien se sindicó como contraparte de Alberto Larraín en un audio para describir el “modus operandi” de la fundación. Su defensor Alejandro Alegría destacó que la voz correspondía a la jefa de estudios Teresa Abusleme, también formalizada, lo que debilitaría la imputación del Ministerio Público.

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