Noviembre 15, 2022

Cuáles son los cambios al tope imponible que la Reforma Previsional introduce a los sueldos más altos

Ex-Ante
Tope imponible. Créditos: Pixabay Image by Steve Buissinne from Pixabay

El nuevo tope imponible permitirá a los sueldos más altos aumentar el monto de su ahorro para la pensión, aunque pueda significar un menor sueldo líquido en el corto plazo.


Propuesta. La Reforma Previsional considera que el nuevo tope imponible suba desde UF 81,6 hoy ($2,8 millones) hasta UF 122,6 (menos de $4,3 millones hoy) solo para la parte del 10% de actual cotización de la Cuenta de Capitalización Individual (CCI). Es decir, se aplica al dinero que hoy ahorran los chilenos en las AFP.

  • El alza del tope imponible para esa cotización se incrementará en forma gradual, por cinco años.
  • El tope imponible corresponde a un límite superior a partir del cual las personas pueden dejar de aportar a su fondo previsional. Por eso es relevante solo para las rentas más altas.
  • Cada año la Superintendencia de Pensiones calcula el tope imponible. Se basa en la variación de las remuneraciones reales del año previo. Dado que en 2021 no hubo aumento de ese índice, no hubo alza de ningún tope imponible.

Ejemplo actual. Si la persona A hoy gana $600 mil, por ejemplo, aporta todo el 10% ($60 mil) a su CCI en la AFP. Pero si la persona B tiene una renta alta, de $3 millones (UF 86,3), solo está obligado a cotizar el 10% del tope imponible de UF 81,6.

  • En el caso de la persona B, la diferencia entre UF 86,3 de su sueldo y los UF 81,6 de su tope hace que tenga UF 4,7 (86,3-81,6) “libres” de imposición.
  • Los expertos recomiendan que esa persona B deposite esos UF 4,7 en algún instrumento de ahorro, tipo APV, porque de ese modo cuando se jubile su pensión se acercará más al sueldo que recibía en su etapa activa.
  • Si las personas con rentas más altas no ahorran más allá del tope imponible, y en cambio gastan esa diferencia, cuando se pensionen verán una brecha amplia entre su sueldo como trabajador y su pensión como jubilado.

Lógica. En términos proporcionales la persona B destinó menos parte de su sueldo a financiar su pensión en comparación con la persona A. Sin estar al tanto de esa menor contribución, la persona B tenderá a estar más insatisfecha al jubilarse con el mismo sistema que le permitió gastar más y ahorrar menos. La Reforma Previsional aumenta el tope imponible para corregir aquella distorsión.

  • Un tope imponible más alto tampoco es novedad en la seguridad social chilena. Trabajador y empleador pagan el seguro de cesantía con un tope imponible más alto, hoy en UF 122,6. En el futuro, tanto la cotización para pensión como del seguro de cesantía tendrán el mismo tope imponible, lo que además facilita las gestiones de recursos humanos.
  • El tope imponible también se aplica hoy para el pago de la comisión a la AFP. Como el proyecto modifica esa comisión desde flujo (desde el sueldo) al saldo (se paga directo desde el fondo), ya no habrá pago de comisión asociado a un tope máximo.

El 6% extra. El Gobierno propone que el 6% extra de cotización con cargo al empleador para el Seguro Social tendrá un tope imponible igual al del seguro de cesantía en forma inmediata. Eso sí, el 6% extra sí es gradual, pues aumenta 1% por año.

 

 

Otros impactos. El tope imponible rige para una serie de cotizaciones previsionales y también puede afectar los impuestos de segunda categoría o global complementario que paga el trabajador.

  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): es de cargo del empleador. Hoy el cargo es de 1,54% del ingreso imponible del trabajador. Si el tope sube, también el monto total que debe pagar el empleador.
  • Seguro contra Accidentes y Enfermedades Laborales: es de cargo del empleador. Corresponde al 0,95% del sueldo imponible del trabajador (hay primas adicionales para ocupaciones más riesgosas). Está incluido el aporte por Ley Sanna.
  • Salud: si pertenece a Fonasa, debe cotizar el 7% de su sueldo imponible. Si ese tope sube, como propone la reforma, entonces el 7% se calcula sobre una base mayor. Eso implica un mayor aporte al seguro de salud público y un menor salario mínimo líquido relativo. Si está en una isapre, el mínimo es 7% del mismo ingreso imponible, pero los planes suelen costar más caro que eso (si paga demás, después puede acceder a excedentes). Con todo, si ahora tiene una licencia médica, el sistema le paga a la persona el sueldo por cada día no trabajado, pero también por el tope de UF 81,6; si el tope sube, también lo hará el pago de la licencia por parte del asegurador de salud.

Sueldos. La manera más simple para entender el final de los ingresos de un trabajador dependiente es a partir de tres categorías de sueldos.

  • Sueldo bruto: corresponde a todo lo que recibe un trabajador de parte del empleador. Se incluye el sueldo base y las asignaciones de distinto tipo (locomoción, colación y otras).
  • Sueldo imponible: es una parte del sueldo bruto. Corresponde a aquella porción de los ingresos sobre los cuales se calculan las cotizaciones obligatorias de pensión, seguro de cesantía, salud mínima y accidentes del trabajo. Quedan fuera, por ejemplo, asignaciones por locomoción o colación.
  • Sueldo líquido: una vez descontadas las cotizaciones previsionales del sueldo imponible, y pagados los impuestos que correspondan si es un ingreso mayor a $700 mil, entonces se suman las asignaciones y tiene el salario que recibe cada mes. En algunos casos hay otro tipo de descuentos ya sea legales como la pensión de alimentos, o voluntarios como un APV o como un préstamo con una cooperativa que se pague directo desde la remuneración.

Pasos que considerar. Las cotizaciones previsionales se cargan al denominado sueldo o ingreso imponible, que corresponde a esa parte del salario sujeta a estas leyes sociales.

  • Asimismo, el 6% extra de cotización, con cargo al empleador, se activará en forma gradual, según la propuesta de Reforma Previsional. Cada año se sumará 1% extra hasta completar el 6%.
  • Estos cálculos, además, aplican para quienes tienen un contrato de trabajo indefinido como trabajadores dependientes.
  • No hay cambios para el seguro de cesantía, cuyo tope ya es UF 122,6.

Impuestos: el ministro de Hacienda, Mario Marcel, recordó el lunes que aunque hay un conjunto de impactos sobre el sueldo líquido en las rentas más altas debido a que los descuentos previsionales reducen la remuneración disponible, también es cierto que miles de personas que pagan el impuesto a la renta de segunda categoría o global complementario reducirán su base tributable.

  • Por lo tanto, el propio Fisco dejará de recibir recursos tributarios solo por el concepto de nuevo tope imponible de los trabajadores por casi US$ 300 millones en régimen, según el informe financiero de la Reforma Previsional.
  • Si se cuentan otros egresos del Estado y menores ingresos por licencias previstas en salud y otros ítems, entonces habrá menos recursos para el Fisco por más de US$ 2.250 millones en régimen. Ese monto incluye la nueva cobertura de la PGU, cuyo financiamiento se vincula con la Reforma Tributaria.

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