Febrero 3, 2022

Vicios de legalidad y carrera contra el tiempo: Los motivos de La Moneda para retirar el reglamento de Migraciones

Ex-Ante
El ministro del Interior, Rodrigo Delgado, este martes 1 en Iquique. Foto: Agencia Uno.

El gobierno resolvió —aseguraron a Ex-Ante conocedores de la decisión— retirar el reglamento de la Ley de Migraciones presentado en diciembre ante Contraloría, luego de que el equipo jurídico de la entidad detectara vicios de legalidad en el texto en, al menos, 3 puntos: el tiempo que se podrá privar de libertad a alguien que haya ingresado irregularmente a Chile, la revisión de las pertenecías de migrantes sin presencia de terceros, y quiénes tendrán derecho a la reunificación familiar. El retiro del documento permitirá corregir las críticas y reingresarlo en los 36 días que quedan de la actual administración.


Qué observar: La Moneda resolvió este jueves retirar el reglamento de la Ley de Migraciones presentado en diciembre ante Contraloría, luego de que los análisis jurídicos del ente fiscalizador detectaran vicios de legalidad en distintos aspectos del documento presentado para su revisión, que podían derivar en su rechazo.

  • La decisión, evalúan en La Moneda, permitirá una rápida corrección de los aspectos cuestionados por Contraloría y una nueva presentación del texto para que, idealmente, éste sea despachado en los 36 días que quedan de la actual administración, que termina el 11 de marzo. La evaluación en Palacio fue que dejar el tema para el próximo gobierno abriría un flanco para el actual oficialismo.
  • La Ley de Migración y Extranjería, presentada por el actual gobierno en 2018, fue aprobada por el Congreso, con cambios sustanciales, en diciembre de 2020. La nueva ley establece, por ejemplo, que ingresar al país sin la documentación adecuada no es un delito.
  • La norma fue promulgada en abril de 2021 en Iquique, ciudad donde esta semana se registraron bloqueos de las rutas de acceso a la ciudad, manifestaciones con banderas negras y barricadas, en protesta por 2 temas: la inmigración irregular “descontrolada”, como la han calificado autoridades locales, y el alza de delitos de alta connotación social. En Tarapacá, los homicidios consumados pasaron de 18 en 2020 a 51 el año pasado, es decir, aumentaron en un 183%. El tráfico de migrantes pasó de 21 causas abiertas en 2020 a 127 el año pasado, es decir, aumentó un 505%.
  • El ministro de Interior, Rodrigo Delgado, viajó el martes a Iquique y este jueves a Arica, donde planteó que una de las salidas a la inmigración irregular está en “la capacitación a las policías en la reconducción, que es una facultad que va a estar vigente una vez que la ley migratoria tenga su reglamento”.
  • Los vicios de legalidad del reglamento ya habían sido advertidos por instituciones como el Servicio Jesuita Migrante, el fondo de Naciones Unidas para la Infancia, Unicef y la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados, Acnur.
  • En este marco es que los gobernadores de la macrozona norte —Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta— están gestionando una reunión con la futura ministra del Interior, Izkia Siches, para abordar con ella el tema.

Las críticas de Contraloría: El organismo detectó vicios de legalidad en, al menos, 3 puntos del documento presentado por el gobierno: el tiempo que se podrá privar de libertad a alguien que haya ingresado irregularmente a Chile, la revisión de las pertenecías de migrantes sin presencia de terceros, y quiénes tendrán derecho a la reunificación familiar.

  • Plazo de privación de libertad: El reglamento de Interior planteaba que “respecto de las privaciones de libertad, estas no podrán exceder de un plazo máximo de cuarenta y ocho horas”, pero agregaba que “no se considerará dentro de este lapso de cuarenta y ocho horas el tiempo estrictamente necesario para trasladar al extranjero desde el lugar en que se encuentre privado de libertad hasta aquel en donde haya de abordar el medio de transporte el que se hará efectiva la expulsión”.
  • De acuerdo con los argumentos planteados por organizaciones sociales, los que habría sido recogidos por los equipos jurídicos de Contraloría, esa interpretación contradecía la ley, que establece que “el afectado podrá ser privado de libertad únicamente para hacer efectiva la expulsión por un plazo máximo de cuarenta y ocho horas”.
  • Revisiones sin terceros: Uno de los artículos que más complicaban a Interior, dicen conocedores del proceso, era el referido a la retención de inmigrantes para revisan las pertenencias. El reglamento retirado establecía que los funcionarios “podrán impedir el acceso al recinto de revisión a toda persona cuya presencia no sea necesaria para la materialización de alguno de los trámites que se efectúen en ese lugar”.
  • Según lo planteado por organizaciones sociales, esto constituía una ilegalidad, ya que la Ley 21.154 contempla dentro de las funciones del Comité de Prevención contra la Tortura el examen de las condiciones en que se encuentran las personas privadas de libertad, mediante visitas periódicas, visitas ad hoc sin previo aviso, reuniones con las personas que se encuentran en el lugar, requerimientos de información a las autoridades del lugar, etcétera.
  • Estas organizaciones planteaban también que el reglamento contradecía a la Constitución que garantiza el derecho a la defensa jurídica, asesoramiento que no tendría espacio de aprobarse el documento de Interior ahora retirado.
  • Reunificación familiar: Un tercer aspecto cuestionado era a quienes se beneficiaría con la posibilidad de la reunificación familiar, ya que el reglamento interpretaba que éste sólo se aplicaría a quienes contaran con residencia permanente en el país.

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