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Por qué un vándalo no debe estudiar. Por Álvaro Vergara

Abogado y académico

El acuerdo tácito que fundamenta el derecho a estudiar es que la comunidad política considera que la educación superior sirve al desarrollo individual y de la nación; por tanto, se financia su costo a quienes cumplan los requisitos establecidos por ley. Al mismo tiempo, la preservación de dicho acuerdo exige retribuciones inmediatas, y estas no son altas: la principal es abstenerse de amenazar el bien común con acciones violentas o abusivas.


La Cadem de junio mostró que un 87% de los encuestados está a favor de quitar beneficios sociales a los que cometan delitos o incivilidades. La medición se relaciona con las declaraciones del presidente Kast y de su ministro de Seguridad acerca de la creación del registro de vándalos. La lógica detrás de la propuesta es simple: quienes sean sancionados por dañar la convivencia serán privados de ciertos servicios que les provee el conjunto de la sociedad.

En los últimos días se añadió a la discusión la pregunta de si los estudiantes que cometen acciones violentas deben seguir recibiendo recursos públicos para financiar su mensualidad. El debate tomó más fuerza después de que se encontrara a tres sujetos con bombas molotov en una marcha convocada por la CONFECH.

Las reacciones fueron disímiles. Siempre existirá una élite que proteja a quienes destruyen las condiciones para estudiar. Un académico de filosofía, refiriéndose a la situación, llegó a decir que “castigar la pobreza nunca ha sido una forma eficaz de superarla”. Se reflotó así aquel determinismo medio clasista que sugiere que de la escasez surgiría una tendencia a destruir, rayar murallas y quemar profesores.

Todo suena heroico al ponerse la capa de los desprotegidos, hasta el momento de contrastarlo con delitos que parecen pan de cada día. En esa línea, las bases del proyecto podrían ser razonables si se aplicaran a los estudiantes en casos de atentados contra carabineros o personal de salud, retención del transporte público, daño a monumentos nacionales, entre otros.

El despojo de la gratuidad es más sofisticado de lo que parece. Se fundamenta en un juicio normativo vinculado a los requisitos para preservar nuestros bienes comunes. La educación, entendida hoy en Chile como derecho social, se erige en condiciones que hacen posible su existencia. Como demostró la Premio Nobel de Economía, Elinor Ostrom, algunos servicios solo se mantienen en el tiempo si todos los miembros de la comunidad los cuidan y si se extiende la opinión de que se están utilizando de buena manera.

Por eso, quien rompe e impide que otros usen dichos servicios en las mismas condiciones que se benefició debe quedar excluido del acuerdo. Los derechos de segunda generación son el resultado de un pacto, y en él siempre se pueden establecer condiciones.

A primera vista puede que solo se tire una piedra a una universidad. Pero, cuando la autoridad se muestra pasiva, se transmite el mensaje de que la mayoría de esos actos puede quedar sin consecuencias. El paso siguiente es que una piedra se suma a otra, y luego viene la molotov y otras aberraciones.

A muchos les desagrada esta lógica del Estado soberano, que aplica sus normas y su fuerza sobre el territorio y la población. Pese a ese rechazo y sus problemas, la principal promesa del aparato estatal en esos términos es ofrecer tranquilidad y las condiciones para planificar una vida. Esa garantía debe replicarse también para los estudiantes, en especial para quienes se ven privados de asistir a sus establecimientos por la acción de grupos minoritarios.

El acuerdo tácito que fundamenta el derecho a estudiar es que la comunidad política considera que la educación superior sirve al desarrollo individual y de la nación; por tanto, se financia su costo a quienes cumplan los requisitos establecidos por ley. Al mismo tiempo, la preservación de dicho acuerdo exige retribuciones inmediatas, y estas no son altas: la principal es abstenerse de amenazar el bien común con acciones violentas o abusivas.

Bajo esos parámetros, quienes se creen dueños del mundo y entorpecen los esfuerzos de los demás por asistir a las aulas deben ser sancionados con prontitud. La idea es que esta sanción opere con mayor rapidez que una sentencia firme y se congele el pago de arancel, sin esperar a que concluya todo el proceso judicial.

La concreción del proyecto tendrá que analizarse en su momento, y en ella deberá emplearse la técnica jurídica adecuada. Algunas claves ya fueron ofrecidas por la profesora Fernanda García: lo que le corresponderá verificar al Derecho será “quién decide, con qué pruebas, qué recursos proceden y cuán proporcionales son las consecuencias”.

La distinción es relevante, pues este castigo, aunque severo, debe ser reversible cuando corresponda. La investigación así debe ser el punto fuerte del proceso y, naturalmente, debería contemplarse la posibilidad de retrotraer la decisión y reponer las mensualidades.

Sostener que un proyecto de esta naturaleza sanciona la vulnerabilidad es una ofensa hacia la gente de esfuerzo. Se dirá una y otra vez que la educación es la vía de salida de la pobreza. Y sí: es un camino, pero no el único. Muchas personas no pudieron estudiar y contribuyen cada día. Quien decidió destruir la educación con sus manos abandonó, voluntariamente, ese camino de salvación.

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