Julio 25, 2024

Pío Nono: Con la ausencia de la fiscal Chong y del INDH, condenan a los acusadores a pagar costas del juicio

Ex-Ante
La arremetida en el puente Pío Nono de octubre de 2020. (Informe pericial del Centro de Investigaciones Forenses)

La fiscalía y el INDH enfrentaron este jueves un nuevo golpe, luego de que el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que absolvió al excarabinero Sebastián Zamora de la acusación de homicidio frustrado de la fiscalía y de apremios ilegítimos del INDH, condenara al Ministerio Público y a los querellantes a pagar las costas del juicio, que superarían los $20 millones. La defensa de Zamora había solicitado esto en el alegato de clausura, sosteniendo que “la investigación de este caso fue torcida”.


Qué observar. La jueza Claudia Morgado leyó este jueves por la mañana la sentencia del caso Pío Nono, en una sala semivacía del Centro de Justicia de Santiago. A diferencia del veredicto del 12 de julio, en que la absolución unánime fue recibida con aplausos de los invitados del excarabinero Sebastián Zamora y algunos insultos del entorno de la víctima, en esta ocasión sólo estuvo presente el defensor Alejandro Peña.

  • El excarabinero estaba conectado por Zoom desde Valparaíso. Ni la fiscal Ximena Chong ni el fiscal Marcelo Carrasco ni estaban en la sala. Desde la fiscalía dijeron que aparentemente hubo un problema en el acceso al Zoom y habrían quedado en la sala de espera.
  • Tampoco llegaron los querellantes del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), de la Defensoría de la Niñez ni de las organizaciones sociales que participaron de la causa. Desde el INDH no entregaron una explicación por lo ocurrido.
  • En una audiencia de dos minutos de duración, la jueza del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sólo leyó la parte resolutiva que, por una parte, absolvió a Zamora de la acusación de la fiscalía de homicidio frustrado y de la acusación del INDH de apremios ilegítimos.
  • Por otra, dijo, “se condena al Ministerio Público y a todos los querellantes al pago de las costas”. Estas, en sueldos y honorarios, podrían superar los $20 millones.
  • Esta segunda parte de la resolución —alcanzada unánimemente por los jueces Patricia Bründl, Erick Aravena y Claudia Morgado —, marcó un nuevo golpe a la investigación, cuestionada en el alegato de cierre de la defensa.
  • “Creemos que la investigación de este caso fue torcida, señoría. (Con) falta de rigor profesional y con claro sesgo de confirmación”, dijo Peña el 10 de julio. “Por ello, y por las deficiencias de la investigación, solicitamos no sólo se absuelva a Sebastián Zamora, sino que se le condene expresamente en costas a los acusadores por no haber tenido motivo plausible para litigar”.

Panorama general. Salvo que la fiscalía o los querellantes apelen a la resolución, se trataría del fin de un proceso iniciado hace casi cuatro años, cuando el 4 de octubre de 2020 la fiscal Chong encabezó la audiencia de control de detención por la arremetida policial por el puente Pío Nono, ocurrida dos días antes.

  • Esa tarde Zamora persiguió a un adolescente de 16 años, que esa tarde había golpeado un carro lanza aguas con un palo que —según declaró—, encontró tirado en las protestas en torno a la Plaza Baquedano.
  • Zamora impactó al adolescente —que hoy tiene 20 años— en el puente Pío Nono, quien cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho. Quedó con un tec, una contusión en la base del pulmón derecho y ambas muñecas quebradas.
  • En esa audiencia lo formalizó por homicidio frustrado, cargo que mantuvo en la acusación, en que pidió 8 años de cárcel para el excarabinero dado de baja por no reportar que en la arremetida portó una cámara Go-Pro.
  • “Se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsándolo de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río”, dijo en la acusación.
  • “No habiéndose probado el hecho objeto de la imputación, este tribunal ha resuelto por unanimidad absolver a Sebastián Nicolás Zamora Soto de las acusaciones presentadas en su contra”, dijo el veredicto de los jueces del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
  • La resolución ocurrió tras un juicio marcado por las declaraciones de testigos presentados por la fiscalía, que evitaron afirmar que el carabinero arrojó al joven por el puente.
  • La víctima describió lo ocurrido como un “empujón con forma de agarre”, testimonio que los jueces consideraron contradictorio.
  • Zamora declaró que buscó atraparlo para detenerlo, y el tribunal atribuyó a un momento de “conmoción” su declaración inicial diciendo “lo maté, lo maté”.

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