Julio 2, 2025

Permisología: Ministerio del Medio Ambiente pone más exigencias al nuevo Puerto de San Antonio

Vicente Browne R.
Render del parque propuesto por la empresa portuaria.

A pesar de que la Empresa Portuaria San Antonio incluyó en su Adenda Complementaria un parque ecológico, senderos y educación ambiental para mitigar los efectos sobre el humedal urbano Ojos de Mar, el Ministerio del Medio Ambiente consideró que las medidas son insuficientes. Exige nuevas evaluaciones sobre el suelo, el agua, la fauna e incluso parámetros como el pH, además de reconocer el uso ancestral indígena del ecosistema.


Qué observar. El Ministerio del Medio Ambiente (MMA) lanzó una serie de observaciones críticas a la propuesta presentada por la Empresa Portuaria San Antonio (EPSA) para mitigar los impactos del megapuerto Puerto Exterior sobre el humedal urbano Ojos de Mar.

  • La iniciativa, considerada clave para el futuro logístico del país, enfrenta un proceso ambiental marcado por su complejidad técnica y sensibilidad política.
  • La postura del MMA podría retrasar o condicionar una inversión estimada en US$ 4.000 millones.

Un proyecto estratégico bajo tensión regulatoria. El Puerto Exterior busca ampliar la capacidad de San Antonio, potenciando su relevancia en el continente.

  • Desde su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental en 2020, ha acumulado miles de observaciones, incluyendo la oposición de comunidades y organismos estatales.
  • Uno de los puntos más sensibles ha sido el impacto sobre las Lagunas Ojos de Mar, un ecosistema de barra litoral de agua dulce ubicado en la desembocadura del río Maipo.
  • Desde que se anunció el proyecto, distintas organizaciones comunitarias iniciaron acciones para proteger este espacio. En 2021, el MMA rechazó una solicitud para declararlo humedal urbano, lo que llevó a la comunidad a acudir al Segundo Tribunal Ambiental.
  • Ese litigio derivó en un proceso de resolución alternativa de conflictos, que culminó en noviembre de 2023 con un acuerdo entre las partes. En él, el Ministerio se comprometió a delimitar el polígono de protección en un plazo de cinco meses.
  • El 26 de abril de 2024, el MMA publicó finalmente la resolución que reconoce oficialmente las Lagunas de Llolleo como humedal urbano.
  • Desde entonces, cualquier intervención debe considerar medidas de resguardo de su biodiversidad y funcionamiento ecológico.

La respuesta de EPSA. En su Adenda Complementaria, EPSA detalló una estrategia centrada en la creación del Parque Lagunas de Llolleo, que incluirá un centro de interpretación ambiental, miradores, senderos y espacios educativos.

  • A esto se suma el Paseo del Molo, un recorrido de 1,7 km que permitirá la observación de las actividades portuarias, y la remodelación del Parque DyR, un espacio deportivo que será modernizado con nueva infraestructura y áreas verdes.
  • Estas medidas buscan mitigar los impactos del nuevo puerto, alineándose con las expectativas ciudadanas y ambientales.
  • La adenda presentada por EPSA responde a 3.781 observaciones (988 de organismos públicos y 2.793 ciudadanas) derivadas del segundo ICSARA publicado en enero de 2023. Su preparación tomó 29 meses.

Las críticas del Ministerio: medidas insuficientes. A pesar del plan presentado, el MMA consideró que las medidas de EPSA no cumplen con los estándares exigidos por la Ley de Humedales Urbanos ni con los criterios mínimos de sustentabilidad.

  • “No se presentan antecedentes suficientes y adecuados para descartar efectos de la construcción y operación de la infraestructura sobre el humedal urbano anteriormente señalado”, indica el documento.
  • El informe solicita un conjunto de evaluaciones específicas que son calificadas por algunos expertos como excesivas.
  • Entre ellas se incluyen:
  • Evaluación de impacto en suelos hídricos, incluyendo “pérdida de suelo, compactación, activación de procesos erosivos y cambios en parámetros físicos, químicos y biológicos del suelo, tales como pH, potencial oxidación-reducción (redox), materia orgánica y sustancias contaminantes”.
  • Evaluación del impacto sobre el agua: “régimen hidrológico, balance hídrico, patrones de inundación y sedimentación durante la etapa de construcción”.
  • Análisis sobre la fauna que podría verse afectada y sobre “los servicios ecosistémicos que sustenta el humedal”.
  • El MMA fundamenta su postura en el Reglamento del SEIA, que define los territorios de valor ambiental como aquellos con “nula o baja intervención antrópica y que proveen servicios ecosistémicos locales relevantes”.

Dimensión indígena. El informe también pone énfasis en el valor cultural del humedal.

  • Cita expresamente la resolución que reconoce que “la importancia y valoración por parte de los pueblos indígenas de distintos ecosistemas presentes en el territorio, haciendo especial énfasis en los pueblos originarios Mapuche y Chango”.
  • Y requiere considerar “el reconocimiento del uso consuetudinario y ancestral para fines culturales, religiosos, de subsistencia”.
  • Además, se destaca que la delimitación del humedal usó “el criterio más externo” para evitar “la pérdida de los servicios ecosistémicos que contribuyen al bienestar humano”.

Lo que viene. Con estas observaciones, se mantendrá latente la controversia entorno al humedal. Si bien la iniciativa cuenta con respaldo político transversal, incluyendo al Gobierno, las exigencias del MMA podrían dilatar su aprobación o forzar modificaciones sustantivas.

 

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