Tras el fallo de la Tercera Sala Constitucional que frenó el alza de los planes base de las isapres para 2022-2023, las aseguradoras, que se han declarado en crisis económica, apuntaron a que su “futuro inmediato” está en manos del gobierno. Y quien tiene un rol clave en cómo implementar la sentencia, es el médico Víctor Torres. La Suprema, a su vez, dio algunas claves al respecto.
Qué observar. Fueron seis días de silencio, hasta que la Asociación de Isapres se pronunció sobre el fallo de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Suprema, que frenó el alza del 7,6% del precio base de sus planes establecido por ley, para todos los afiliados del país. Y, en adelante, pero con premura, según ordenó el máximo tribunal, quien jugará un rol clave en el proceso para implementar los efectos de la sentencia será el superintendente de Salud, Víctor Torres, luego que las aseguradoras, además, señalaran que su destino está en manos del gobierno.
- “El futuro inmediato de las Isapres y las coberturas de sus beneficiarios están en manos del gobierno, que ha reconocido la compleja situación operacional, instalando una mesa de trabajo para abordar los problemas. En ese contexto, la Asociación de Isapres está a la espera de que la Superintendencia de Salud, en los próximos días, dicte una normativa para retomar el proceso de adecuación, siguiendo las directrices que ordenó la Corte Suprema”, dice el comunicado del asociación.
- “La prioridad que asigne la Superintendencia de Salud al cumplimiento del fallo y la celeridad con que determine los mecanismos más apropiados para su cumplimiento son cruciales, pues de ello depende la continuidad de los planes y coberturas que benefician directamente a más de tres millones de personas, y el normal funcionamiento de todo el sistema privado de salud, que suma más de 10 millones de usuarios al año”
- El fallo unánime de la Suprema era esperado tanto por las aseguradores como por el gobierno, pues se dictó mientras las isapres han señalado –lo hicieron también en los alegatos del 6 de julio– estar en crisis económica por el congelamiento de los precios de planes durante la pandemia, el alza de licencias médicas y la judicialización.
- Se trata, además, de la primera vez que la Corte se pronunció respecto de la Ley 21.350, que fue aprobada por el Congreso en junio de 2021 y que implicó que la Superintendencia de Salud, y ya no las aseguradoras, determinara el tope máximo con que las isapres podrían subir el precio base de los planes con una alza máxima del 7,6%.
- Y esa cifra fue, precisamente, la que fijaron las isapres cuando comunicaron, en marzo pasado en una carta a sus afiliados, sobre el alza de precios, apelaron al máximo: 7,6%. Sin embargo, la Suprema señaló, que para ello no entregaron mayores antecedentes que justificaran el incremento “y sin fundamentar su decisión más allá de las razones que dio la Superintendencia de Salud para justificar el alza”.
- La Ley 21.350, a su vez, implicaría una baja en la judicialización, pero ello no ocurrió.
El rol de Torres. El foco hacia el gobierno que dieron las isapres en su comunicado tiene un trasfondo. No solo porque depositaron la responsabilidad en la Superintendencia. El fallo de la Suprema arrojó varias claves sobre el rol que cumplió en el proceso el organismo fiscalizador, que fijó en febrero que el alza de los planes podía ser máximo de 7,6%. Lo hizo por primera vez cuando calculó cómo varían los costos del sistema en base al Índice de Costos de la Salud (ICSA).
- El fallo dejó sin efecto dos hechos. En primer lugar, la comunicación de marzo de este año de las isapres a la Superintendencia de Salud informando del alza de planes y el incremento porcentual de los precios base de todos los planes de salud administrados por las isapres.
- Pero también dio una tarea administrativa y urgente a la Superintendencia que lidera Torres: “En el evento de que se haya cobrado a otros afiliados las cantidades resultantes del alza porcentual de los precios base de todos los planes de salud administrados por la recurrida, éstos hayan optado por un plan diferente o su desafiliación, dichas cantidades sean restituidas como excedentes de cotizaciones o, en su caso, se revoque la modificación de los planes acordada para evitar el alza dejada sin efecto o se reintegre a los afiliados que, para evitar su pago, han optado por su desafiliación”.
- Y le dio a Torres “un plazo prudencial” para que las isapres cumplan fundadamente y con antecedentes “que verificará” la Superintendencia “de manera que la propuesta de alza proporcional a todos sus planes de salud, para el año 2022, se ajuste a los parámetros legales”.
- Pero hay otras claves en el fallo que complejizan la tarea que tendrá Torres en adelante, pues la Corte Suprema también señaló que cuando Superintendencia informó que el alza máxima de los planes podía ser un 7,6%, también debía verificar los datos de cada isapre, lo que no se hizo.
- Básicamente, lo que la Corte le ordenó a Torres es armar un modelo, “en un plazo prudencial”, y cada isapre le informe cuánto es lo que sube, lo justifique, pero que la Superintendencia, ahora que verifique esa justificación.
Quién es el superintendente. Víctor Torres, militante de la Democracia Cristiana, es médico cirujano de la Universidad de Valparaíso. Entre 2007 y 2008 fue gobernador de San Antonio. Y ha sido diputado en tres periodos por la Región de Valparaíso, el último de ellos entre 2018 y 2022, hasta que asumió como superintendente de Salud.
- Horas antes del pronunciamiento de la Asociación de Isapres, Torres señaló a Cooperativa “la situación de las isapres es compleja. Previamente al fallo, pero es una situación compleja que no tenía un riesgo mayor de que cayeran de manera inminente en alguna insolvencia o en alguna quiebra”.
- “Obviamente, la situación del fallo complejiza aún más pero nos instruye, como Superintendencia, a establecer un nuevo plazo para que las isapres puedan volver a notificar un alza que sea debidamente fundada para el proceso 2022. Eso, en un tiempo prudencial”.
- Ayer, Torres concurrió a una reunión en La Moneda, pues debe implementar -por orden de la Suprema- rápidamente el fallo. Sus conversaciones fueron con personeros de la Segpres. En los escenarios que se analizan dar operatividad al fallo son en torno a se puede hacer vía administrativa o legislativa.
- Esto, pues del fallo de la Suprema se desprenden varias señales para lo que viene para equilibrar la situación: que se explore una nueva ley, con la jurisprudencia que ha establecido en el último tiempo -tras la Ley 21.350- ante el alza de judicialización que la propia Corte ha reconocido como un problema.
- De hecho, una clara señal de que este fallo la Suprema pretendía sentar precedente al respecto fue que, por primera vez, llamó a alegatos para analizar los recursos de protección de los afiliados en contra del alza de isapres el de julio.
- Y fue en ese contexto que se presentaron a argumentar ante la Tercera Sala, pidieron el rechazo de los recursos de protección, Banmédica, Vida Tres, Colmena, Cruz Blanca, Consalud y Nueva Más Vida. Mientras que solo un abogado alegó en representación de los afiliados.