Enero 21, 2023

Maras, Tren de Aragua, Primer Comando Capital: ¿actores armados no estatales? Por Luis Toledo

Director CESCRO. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad San Sebastián.
Operativo de la PDI contra el Tren de Aragua en Arica.

¿Qué se entiende por actores armados no estatales? En síntesis, constituye una categoría empleada para agrupar un variado conjunto de amenazas antes diagnosticadas por doctrinas de seguridad cuya evolución les ha permitido convertirse en entidades transnacionales bajo diversos escenarios globalizados.


El primer mes de 2023 nos ha sorprendido con noticias que importan la comisión de delitos de enorme violencia, entre ellos, 8 homicidios solamente en los primeros 15 días de enero en la Región de Tarapacá, un homicidio de un Comisario de la PDI en la Región Metropolitana, extorsiones y secuestros en todo el país, que impactan y nutren semanalmente las noticias nacionales, aumentando la percepción de inseguridad en un país en el que no estábamos acostumbrados a esos niveles de delincuencia.

Es evidente que los indicadores de delincuencia van al alza, así como las incautaciones de diversas drogas, el narcotráfico y la presencia de organizaciones criminales encargadas de su distribución. Conforme a las cifras entregadas por la Policía de Investigaciones a principios de este año, los homicidios registraron un alza de 32% durante 2022, respecto del año anterior, mientras que los datos de Carabineros ubican esta cifra por sobre el 40%. Los secuestros también experimentaron una importante alza sobre el 77% en relación al año anterior, según antecedentes de ambas instituciones policiales.

Durante el año 2022 se registraron incautaciones de más de 500.000 pastillas de éxtasis en la zona norte y la ketamina, que se utiliza para producir TUSI, mantiene registros históricos de incautación y distribución. Lo anterior sin contar la venta y distribución de otras drogas naturales como la marihuana o “las cocaínas”, término ocupado para aglutinar la cocaína base y el clorhidrato.

Resulta indudable que parte de la distribución de estas sustancias ilícitas, de la administración del temor ciudadano y la violencia que lo genera, está asociada a la presencia de bandas, grupos o entramados criminales extranjeros que en alianza con grupos nacionales o en, algunas ocasiones, sin alianza alguna,  intentan asentarse en Chile con un modelo de negocios previamente establecido para lo cual utilizan como herramienta la amenaza, la extorsión y el uso de armas de alto poder de fuego, con el objetivo de lograr el crecimiento de sus ganancias y la seguridad de su inversión.

Más allá de lo expuesto, las preguntas que surgen son: ¿cuáles son las características que identifican a estos grupos?  ¿tienen o no formas de organización similares o son diferentes entre sí? ¿existe a nivel a internacional o nacional un concepto que englobe sus características o los defina?

Existe a lo menos en la literatura internacional un centenar de definiciones de crimen organizado, dependiendo del enfoque con que se asuma la tarea de definirlo. Sus márgenes abarcan aspectos jurídicos, sociológicos, psicológicos, económicos, fenomenológicos entre otras distintas miradas, que a la vez impactan en mayor o menor cantidad de requisitos.

La propia Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, también conocida como la Convención de Palermo, que constituye el instrumento internacional más relevante sobre la materia, no mantiene una definición al respecto, entregando únicamente un concepto sobre “grupo delictivo organizado” y estableciendo sus requisitos.

Desde el ámbito jurídico tampoco esta tarea resulta pacífica. La incorporación o no, al concepto de crimen organizado, de figuras penales relacionadas con la delincuencia económica, delitos tributarios, delitos medioambientales, terrorismo, en una larga seria de etcéteras, admite diversas opiniones y posturas por parte de académicos y especialistas.

El resultado de una definición consensuada implica el establecimiento de más o  menos requisitos, lo que a su vez impacta en más o menos organizaciones criminales aceptadas como tales, impactando finalmente en la percepción de seguridad pública. Tal decisión sobre una definición conceptual sobre el fenómeno es, a la larga, una decisión de orden jurídico-político que sirve para situar el origen de la discusión y adoptar las decisiones que impliquen un comienzo de la solución, eligiendo las herramientas materiales y procesales adecuadas.

Es allí donde surgen conceptos más amplios, existentes a nivel internacional, como el de grupos o actores armados no estatales que abordan, desde una mirada fenomenológica, aspectos propios de la delincuencia organizada nocivos para la convivencia democrática.

¿Qué se entiende por actores armados no estatales? En síntesis, constituye una categoría empleada para agrupar un variado conjunto de amenazas antes diagnosticadas por doctrinas de seguridad cuya evolución les ha permitido convertirse en entidades transnacionales bajo diversos escenarios globalizados. Su presencia fenomenológica ha ganado relevancia en la literatura sobre seguridad multidimensional. Las características principales de estos actores son el uso de armas, la violencia y la corrupción para alcanzar sus objetivos económicos, ideológicos o políticos, los que pueden estar delimitados en forma estable o cambiar con el tiempo.

Las principales variables que los distinguen son, entre otras, las siguientes:

1) La circunscripción territorial que puede operar a nivel internacional, regional, nacional o local dependiendo de la vinculación con el territorio y sus intereses colectivos.

2) Identidad, con base a una vinculación étnica, familiar, social o ideológica. Es la forma en que los miembros de la organización criminal mantienen pertenencia de modo ritual o carcelario, donde el denominador común es haber pertenecido al mismo centro penitenciario o estar participando en la mismas redes criminales para crear identidades colectivas que impliquen lealtad y cohesión con el grupo, dentro o fuera de la organización.

3) Disponibilidad de recursos financieros, lo que se fortalece a través del tráfico de drogas, la extorsión los secuestros o la corrupción, privada o pública.

4) La dirección, muchas veces sin que existan centros de dirección se asocian a través de nodos que participan del negocio y dirección criminal, estableciendo diversos “brokers” o intermediarios, que tienen escaso conocimiento de la red completa pero que a la vez cumplen funciones vitales para el éxito del negocio criminal, poniendo en jaque a los requisitos de permanencia y estabilidad en la organización que exige la definición de la Convención de Palermo para encontrarnos al frente de un “grupo delictivo organizado”. Este verdadero “outsourcing criminal” constituye una dificultad que pocas legislaciones han podido eludir en el combate a la criminalidad organizada en tiempos actuales.

5) Morfología de la estructura y relación colaborativa entre grupos, que implica la unión y cooperación entre grupos verticales y más horizontales o cooperativistas. Tales estructuras no son estáticas por lo que se adaptan y cambian según su realidad o incluso según el negocio criminal que las moviliza. Este último criterio nos lleva al siguiente:

6) Resiliencia, adaptación y versatilidad, lo que permite la supervivencia de estos actores armados no estatales y exige que para su investigación y desarticulación, los pasos sean estratégicos, con inteligencia, con sigilo, calma y prudencia, esperando el momento exacto para su neutralización.

Si al leer este artículo usted estima que algunos o varios de los grupos a los que se refieren habitualmente las noticias durante este último tiempo, con actividad criminal en nuestro país, calza con las características descritas ¿será una coincidencia?… Yo creo que no.

Lea también: Ex fiscal Luis Toledo y presencia de Las Maras: “No nos estamos anticipando al problema”

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