El proyecto de 40 horas semanales recién despachado a ley por el Congreso no solo importará un desafío para las empresas en cuanto a la reducción del límite máximo de horas laborables por semana, sino que también pondrá a prueba el actual sistema de exención de límite de jornada del art. 22 inciso 2° del Código del Trabajo, ampliamente aplicado en las empresas.
A partir de la futura ley se reducen las hipótesis en que se considera que un trabajador está eximido del límite de jornada, es decir, que no tiene obligación de registrar asistencia, de cumplir un horario diario estricto, ni derecho a horas extras, porque, más bien, trabaja “por objetivos”. Pero la nueva ley no introduce cambios a la -tal vez más usada- hipótesis de esta disposición, a saber, la que exime de límite de jornada al personal que trabaje “sin fiscalización superior inmediata”. Esto augura que el uso de las cláusulas de exención de límite de jornada seguirá siendo masivo en las empresas y se mantendrán los problemas de interpretación actuales. Sin embargo, es probable que la nueva ley haga que estas cláusulas sean más fiscalizadas y que aquellos casos en que se estime que la exención no corresponde que sea aplicada, tengan que corregirse -por instrucción de autoridad- con más frecuencia y eficacia que en la actualidad.
Así, creemos que un escenario de mayor de fiscalización, sanción y enmienda de “cláusulas de artículo 22 inciso 2° mal aplicadas” puede ser un efecto esperable de la próxima ley.
La próxima ley contempla innovaciones que van en línea con lo anterior, como la que establece un procedimiento directo de reclamo ante el Inspector del Trabajo ante la duda sobre si una cláusula de exención de límite de jornada está correctamente aplicada. En el nuevo texto se prescribe también que la resolución del Inspector del Trabajo sobre el particular será reclamable ante juez competente mediante un procedimiento breve, sin forma de juicio, oyendo a las partes, lo que es otra innovación en esta materia.
Como señalábamos, la hipótesis más masiva de exención de límite de jornada, a saber, “trabajar sin fiscalización superior inmediata”, no sufre cambios con la reforma legal en análisis y, por lo tanto, no descansa en una norma nueva. No obstante, el nuevo procedimiento de reclamo ante el Inspector del Trabajo y eventual reclamo posterior ante juez competente contenido como innovación en la futura ley de 40 horas, que recaerá sobre esta antigua disposición, por tratarse de normas de procedimiento, podrá aplicarse retroactivamente. Entonces, una vez que esta materia de la nueva ley entre en vigencia, perfectamente el nuevo procedimiento podrá usarse para fiscalizar, reclamar e incluso judicializar una controversia sobre una cláusula de exención de límite de jornada de un contrato de trabajo vigente, pero celebrado mucho antes de la nueva ley.
Las empresas deberían revisar las cláusulas de exención de jornada, al menos los casos que consideren discutibles, para así prepararse de cara a esta nueva legislación.
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