Las claves que marcaron la primera etapa de la Comisión Experta

Ex-Ante en alianza con el Instituto UNAB de Políticas Públicas

Las cuatro subcomisiones presentaron, la medianoche del jueves pasado, las iniciativas de normas constitucionales que se transformarán en la base para la discusión del anteproyecto de nueva Constitución. Aunque se esperaban disensos al interior de algunas subcomisiones -especialmente en la de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales- los expertos lograron su cometido consensuando mínimos comunes. A pesar de este logro, se advierte que en las próximas semanas, donde se podrán incorporar enmiendas luego de la aprobación en el pleno, volverán a aparecer las disputas.


Las claves de la semana:

  1. El detalle de los principios que se proponen para la nueva Constitución.
  2. Estuvieron en audiencia: El presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, Vlado Mirosevic (PL) y la presidenta del Tribunal Constitucional, Nancy Yáñez, expusieron ante el pleno.
  3. Cambios al sistema político: límite a la reelección, freno a la fragmentación política y comisiones investigadoras eficaces.

Lo que viene: Entre el lunes y miércoles de la próxima semana, la Comisión Experta dedicará cinco sesiones del Pleno para discutir y votar las propuestas de normas constitucionales presentadas por las subcomisiones. Tras su aprobación en general en la instancia, donde se requieren 3/5 de los votos, los 24 expertos tendrán 5 días para presentar indicaciones o enmiendas, las que deberán ser discutidas en las subcomisiones correspondientes. Se espera que sea dentro de este período donde se discutan las materias con mayor disenso.

 

1. El detalle de los principios que se proponen para la nueva Constitución

La subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, integrada por su presidente Máximo Pavez (UDI), Carlos Frontaura (Republicano), Magaly Fuenzalida (FRVS), Catalina Lagos (PS), Marcela Peredo (ex PDG) y Verónica Undurraga (PPD), propuso las siguientes normas para el “Capítulo I: Fundamentos de orden constitucional”. Destacamos estas propuestas por tratarse de las normas que sustentan el ordenamiento jurídico del Estado.

Dignidad: Se reconoce la dignidad humana como base del derecho y la justicia, y como primer deber de la comunidad política y de su forma jurídica de organización. Asimismo, se la consagra como límite al actuar del Estado. Se busca situar la dignidad como principio articulador del derecho y del actuar del Estado de modo de guiar su la relación con las personas.

Estado al servicio de las personas y bien común: En concordancia con lo anterior, se establece que el Estado deberá servir a las personas y a la sociedad, y que su finalidad es promover el bien común. En este punto se incorpora un reconocimiento a los principios de libertad e igualdad, ya que el Estado promoverá las condiciones para que se realicen, removiendo los obstáculos que lo impidan o dificulten.

Estado social y democrático de derecho, con responsabilidad fiscal: Se consagra que Chile se organiza como un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.

Familia núcleo fundamental de la sociedad: Se mantiene el reconocimiento de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, y se innova al señalar que es deber del Estado y la sociedad darle protección y propender al fortalecimiento de las familias.

Autonomía de los grupos intermedios: Se reconoce la autonomía de las agrupaciones sociales que surjan entre las personas para cumplir sus fines específicos y se establece el deber del Estado de respetar los efectos de este reconocimiento.

República democrática: Se conserva el carácter de república democrática de Chile, con separación de poderes y régimen presidencial.

Soberanía del pueblo: Con relación a la soberanía se establece que reside en el pueblo, a diferencia de la Constitución vigente que señala en la nación. Asimismo, se agrega a las formas de ejercicios vigentes -elecciones periódicas, plebiscitos y las autoridades establecidas en la Constitución- los mecanismos de participación. Tal como se indicó precedentemente, se reconoce que la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana, y los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile. Al respecto se señaló que el rango normativo de estos será una discusión del proceso de enmiendas.

Igualdad de la mujer: Se introduce un mandato nuevo en materia de igualdad de la mujer estableciendo que “la ley favorecerá el acceso igualitario de mujeres y hombres a los mandatos electorales y cargos electivos y promoverá su participación en condiciones de igualdad, en los distintos ámbitos de la vida nacional”, añadiendo que el Estado garantizará el ejercicio de su ciudadanía plena.

Estado unitario y descentralizado: En materia de organización territorial, se establece el Estado de Chile es unitario y descentralizado, que su propósito es promover el desarrollo nacional, regional y local, asegurando la coordinación entre los distintos niveles. También se instaura la autonomía de los gobiernos regionales y comunales respecto de los asuntos que determine la Constitución y el deber del legislador de promover el fortalecimiento de la regionalización y el desarrollo equitativo de todo el territorio.

Pueblos indígenas: Se reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, y se consagra que el Estado respetará y promoverá sus derechos y su cultura; reconociendo y promoviendo el diálogo intercultural en condiciones de igualdad con dignidad y respeto.

Cuidado de la naturaleza: Se incorpora en este capítulo el deber del Estado en el cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad, protegiendo el medio ambiente y promoviendo la sostenibilidad y el desarrollo.

Supremacía constitucional, emblemas, seguridad y terrorismo: Permanecen los principios de supremacía constitucional y de legalidad; los emblemas nacionales; el deber del Estado de resguardar la seguridad de la población; y la caracterización del terrorismo como contrario a los derechos humanos.

Paz social: Se incorpora como una obligación fundamental del Estado y de la comunidad política trabajar por la paz social.

Principios de los órganos del Estado y en la gestión pública: También se establecen principios para aplicar a todos los órganos del Estado:  responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impugnabilidad de los actos, participación ciudadana en la gestión pública y probidad.

 

2. Estuvieron en audiencia: El presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, Vlado Mirosevic (PL) y la presidenta del Tribunal Constitucional, Nancy Yáñez, expusieron ante el pleno.

Presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados abogó por un Congreso bicameral y realizó propuestas para actualizar la tramitación legislativa.

  • El lunes 27 de marzo, Vlado Mirosevic (PL), presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, expuso ante la Comisión Experta las propuestas respecto al Congreso Nacional y el proceso legislativo para que sean consideradas en el debate y redacción del anteproyecto constitucional.
  • Mirosevic manifestó la voluntad de mantener la conformación bicameral del Congreso Nacional, detalló propuestas que podrían agilizar la tramitación legislativa, planteó la necesidad de acercarla a la ciudadanía y sugirió la especialización de ambas cámaras. Asimismo, llamó a mantener la exclusividad del Presidente de la República en torno a las iniciativas de ley que impliquen gasto público.
  • Por otra parte, propuso establecer listas cerradas en la elección de parlamentarios, con un rol protagónico de los partidos políticos, para conseguir una “disciplina parlamentaria” y garantizar la estabilidad democrática.

Presidenta del Tribunal Constitucional argumentó a favor de la existencia de este tipo de órgano.

  • El miércoles 29 de marzo, Nancy Yáñez expuso ante el pleno, donde expresó que el Estado constitucional y democrático de derecho, requiere de un órgano especializado con competencias para conocer y decidir divergencias en torno de la Carta Fundamental.
  • En materia de propuestas señaló que la orgánica del Tribunal Constitucional debiera orientarse a garantizar su carácter jurídico-constitucional, con una regulación que asegure la autonomía para resolver en derecho.  Para estos efectos, especificó que debería contemplarse un número impar de ministros y terminar con el voto dirimente del presidente. En relación con el nombramiento, entre otros elementos, sugirió que se realizara a partir de una quina propuesta por el mismo Tribunal como resultado de un concurso público de antecedentes.
  • Por otra parte, abogó por el establecimiento expreso de la obligación de cumplir sus sentencias y resoluciones y por establecer la autonomía financiera en el texto constitucional, pues en la actualidad sólo se encuentra en la Ley Orgánica Constitucional.
  • En relación al control preventivo expresó que se podría considerar para ciertas materias y en momentos específicos de la discusión parlamentaria.
  • Por último, se refirió a incorporación de disposiciones transitorias para resguardar la existencia de un estado constitucional y democrático de derecho, que permita un tránsito adecuado desde la actual normativa a la que se proponga.

 

3. Cambios al sistema político: límite a la reelección, freno a la fragmentación política y comisiones investigadoras eficaces.

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