El abogado del fiscal Patricio Cooper, Matías Insunza, expuso este miércoles ante la jueza de la Suprema Mireya Lopez, quien revisa las pruebas presentadas por diez parlamentarios que piden la salida del persecutor del Ministerio Público. Cooper está a cargo de casos complejos para el oficialismo, como ProCultura, Sierra Bella y la compra de la casa de Allende.
Presión política. Este miércoles se llevó a cabo la segunda jornada de audiencias en la Corte Suprema para revisar la solicitud de diez diputados del oficialismo que piden destituir al fiscal regional de Coquimbo Patricio Cooper.
- Los diputados -tres del PC, tres del FA, dos del PS, uno de Acción Humanista y uno independiente-, acusan al fiscal de negligencia en su manejo del caso Sierra Bella, en particular porque de su causa se filtró una carpeta con registro de conversaciones privadas de la ex alcaldesa PC Irací Hassler y por supuestas vulneraciones en la diligencia que realizó a inicios de marzo en que allanó la casa de la diputada PC Karol Cariola.
- Cooper es un fiscal cuya labor genera anticuperpos en el oficialismo porque está a cargo no solo de la causa Sierra Bella -la fallida compra de la ex clínica que intentó realizar la Municipalidad de Santiago por $8.200 millones- y de la arista derivada Chinamart, un supuesto tráfico de influencias de Cariola en favor de un empresario chino.
- También bajo su dirección están dos investigaciones sensibles para La Moneda: el intento de compra del gobierno de la casa de Allende y el caso Procultura, las transferencias del Estado de $6 mil millones a la fundación creada por el psiquiatra Alberto Larraín, cercano al FA, caso por el cual Cooper intervino el teléfono del ex jefe de asesores Miguel Crispi (FA) y por el que solicitó pinchar el del mandatario, lo que le fue denegado.
- Por ello, a través de la presentación en la Corte Suprema, el oficialismo busca sacar al fiscal del Ministerio Público y de todas sus investigaciones.
Los testimonios. En la jornada del martes en la audiencia encabezada por la jueza de la Suprema Mireya López, expusieron sus pruebas los acusadores. En la instancia declararon como testigos la ex alcaldesa Hassler, quien señaló que hubo vulneraciones a la privacidad al revelarse sus conversaciones.
- También expuso el actual senador Tomás de Rementería (PS), pareja de la diputada Cariola, quien dio su testimonio sobre el operativo del 3 de marzo de la PDI en su domicilio en momentos que la parlamentaria estaba en el hospital ya que había dado a luz a su primer hijo.
- Este miércoles, en tanto, expuso el abogado de Cooper, Matías Insunza.
- El profesional ha argumentado que no hubo filtración por parte de su defendido, mostrando que en momentos que el informe 487 de la PDI sobre las escuchas al teléfono de Hassler estuvo bajo la custodia del fiscal -entre diciembre de 2024 y marzo de 2025- no hubo filtraciones y que sólo llegó a la prensa cuando él liberó la carpeta a los intervinientes.
- Respecto al operativo en el caso de Cariola reiteró que se hizo con apego a la Ley y con autorización de la jueza de garantía, Carla Capello. Cooper ha negado que incumpliera las normas, refutando el testimonio De Rementería respecto a que hubiese habido un vehículo policial fuera del hospital o que intentaran incautar el celular de la hija menor de edad del parlamentario.
- Insunza señaló a los medios que la solicitud de remoción puede responder a intereses políticos y que es una forma de presionar al fiscal y sacaros de la investigación.
- Las causas de presuntas faltas a la probidad que investiga el fiscal implican precisamente a miembros de los partidos políticos al que pertenecen los diputados que piden la remoción.
Atribuciones parlamentarias. Según la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Fiscal Nacional y los fiscales regionales sólo podrán ser removidos de la institución por la Corte Suprema, a petición del Presidente de la República, de la Cámara de Diputados o de diez de sus miembros. También el Fiscal Nacional puede solicitar a la Suprema la remoción de un fiscal regional. Se requieren 4/7 del pleno del máximo tribunal para destituirlo de su cargo.
- Cuando se discutió la creación del Ministerio Público se sacó expresamente al Fiscal Nacional y los fiscales regionales de la posibilidad de ser acusados constitucionalmente, precisamente para que los diputados y senadores no destituyan a alguien que eventualmente los pueda investigar.
- Sin embargo, se dejó abierta la posibilidad de que pudieran destituirlo a través de la Corte Suprema, aunque fundamentando causales de incapacidad, mal comportamiento o negligencia. A la fecha ningún fiscal ha sido destituido a través de este mecanismo.
- En la historia de la Ley se observa que en el debate parlamentario de 1997, hubo una extensa discusión sobre si incluir a los fiscales en las acusaciones constitucionales.
- “Se resolvió en sentido negativo, a objeto de evitar que por razones de carácter político pudiera removerse fiscales. Existiendo esa posibilidad, obviamente ellos no gozarían de la independencia, autonomía e inamovilidad que requiere el debido desempeño de la función”, se concluyó en esa época.
- Entre los que se oponían a que se pudieran realizar juicios políticos a los fiscales estaban personeros como el exsenador de RN Miguel Otero quien argumentaba: “¿Qué ocurriría si se acusa a un fiscal que esté investigando a un miembro del Gobierno o de las fuerzas que lo integran? Ello sería la mejor manera de paralizar sus investigaciones o de atemorizarlo”.
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