Agosto 30, 2023

El fuerte cuestionamiento del Colegio de Abogados a la Corte Suprema por fallos sobre Isapres (Lea el texto completo)

Ex-Ante
Ramiro Mendoza, presidente del Colegio de Abogados. Crédito: Agencia Uno.

El Colegio de Abogados se pronunció sobre los fallos de la Tercera Sala de la Suprema que, a su juicio, establecen un “carácter general” a las demandas por el alza de precio de los planes de las Isapres y no las circunscribe a aquellos cotizantes que recurrieron a tribunales. “Las políticas de salud pública no son materia de los Tribunales de Justicia que solo resuelven para los casos particulares que han sido sometidos a su decisión”, plantea el gremio. Los veredictos del máximo tribunal también han sido cuestionados por las aseguradoras y algunos expertos, al dejar en jaque todo el sistema por las millonarias devoluciones que se establecen.


Qué observar. El Colegio de Abogados expresó su preocupación por la extensión y efectos del fallo en contra de las isapres, “en cuanto régimen de competencias de los jueces”. A juicio de la entidad gremial no corresponden las sentencias con carácter general, y remarcan la responsabilidad que le compete a cada uno de los poderes del Estado.

  • A continuación algunos párrafos del texto:
  • “Los órganos del Estado, llamados a hacerlo desde hace años, no han enfrentado este problema, así como tampoco los prestadores han brindado respuestas ciertas y satisfactorias a las demandas básicas de los ciudadanos, muchos de los cuales se han visto justamente en la necesidad de judicializar estas materias”.
  • “Estamos ciertos que una política pública de semejante trascendencia amerita un actuar preferente y oportuno de los diversos Poderes del Estado, para brindar una solución a las demandas que existen en estas materias, con una proyección de futuro, cierta y general, y no con medidas específicas, confrontacionales y repetitivas en el tiempo”.
  • “En opinión del Consejo, las políticas de salud pública no son materia de los Tribunales de Justicia que solo resuelven para los casos particulares que han sido sometidos a su decisión. Hacemos notar que el efecto relativo de las sentencias es un principio general que debe ser respetado para la existencia de un debido proceso, porque nadie puede ser obligado por un fallo dictado en causa en que no ha sido parte y menos, por ello, oído”
  • “Es responsabilidad del Poder Legislativo hacerse cargo de legislar en materias previsionales y de salud; del poder Ejecutivo ejecutar y supervisar la ejecución de esas normas que deben regir una política pública de manera general y uniforme como importa el aprobar las tarifas en los montos y oportunidades que correspondan; y al Poder Judicial, le corresponde velar solamente por el respeto de la legalidad y de las normas administrativas que determinan la forma en que debe darse cumplimiento en casos específicos a esa política pública respecto de personas determinadas, como también aplicar las sanciones a los prestadores en caso de incumplimiento”.

LEA AQUÍ LA DECLARACIÓN COMPLETA DEL COLEGIO DE ABOGADOS:

 

También puede leer: Crisis en salud: Gobierno analiza incluir en Ley Corta de Isapres la millonaria devolución de fondos que exige la Suprema por alza de prima GES

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