Diciembre 21, 2022

Crimen Luchsinger-Mackay: Por qué la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó dejar libre a Celestino Córdova

Ex-Ante
El machi Celestino Córdova llegando a caballo a la cárcel de Temuco el 1 de julio, para realizar una ceremonia mapuche. (Captura de video de grabación de T13)

El tribunal argumentó que el informe psicosocial de Gendarmería advirtió que el machi no reconoce su autoría en el incendio con resultado de muerte de 2013 por el que fue condenado a 18 años de cárcel. Esa falta de “conciencia del delito” vuelve un riesgo que reincida, sostuvieron. El machi termina de cumplir su pena en enero de 2031 y actualmente cuenta con salida de fin de semana.


Qué observar. Este jueves se conoció la resolución de la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco al recurso de amparo presentado por el machi Celestino Córdova, condenado a 18 años de cárcel por el incendio con resultado muerte del matrimonio Luchsinger Mackay, ocurrido en 2013.

  • El tribunal vio el martes el recurso presentado por la Defensoría Penal Pública en favor de Córdova, quien termina de cumplir su pena el 4 de enero de 2031. Entonces dejó en acuerdo la resolución, que resultó ser negativa a su solicitud.
  • Córdova está recluido en el Centro de Educación y Trabajo (CET) de Vilcún y ya cuenta desde el 26 de agosto con el beneficio de salida de fin de semana, consignó la Defensoría Penal Pública en el recurso ingresado el jueves 15.
  • El 1 de julio hizo noticia al llegar a caballo a la cárcel de Temuco para participar de una ceremonia mapuche, haciendo uso de su salida trimestral. Como machi (chamán mapuche) puede oficiar estas ceremonias.
  • Su caso es conocido por muchos por la huelga de hambre que realizó en 2020.

Los argumentos para pedir la libertad. La defensa de Córdova, encabezada por la abogada Catalina Salvo, presentó el recurso en contra de la resolución de la comisión de libertad condicional de la Corte de Apelaciones de Temuco, basada en los siguientes puntos.

  1. “La condena impuesta comienza a cumplirla con fecha 04 de enero del año 2013, registrando como fecha de término el 04 de enero del 2031. Así las cosas, de acuerdo con el cómputo de Gendarmería de Chile, su representado cumplió el tiempo mínimo de postulación al beneficio de libertad condicional el día 04 de enero de 2022”.
  2. “Bimestres de muy buena conducta: el amparado registra 06 bimestres de muy buena conducta al bimestre julio-agosto 2022”.
  3. “Informe Psicosocial: el informe fue elaborado con fecha 09 de septiembre de 2022 por el profesional psicólogo de la unidad don Ilich Maureira Ladino”.

El motivo para rechazarla. “El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, atendido que mantiene un discurso tendiente a no reconocer la autoría del delito por el cual cumple condena, por lo que no se evidencia conciencia del delito, ni del mal causado, situación que impide una valoración adecuada del proceso de reinserción social”, consignó el fallo de los ministros Alberto Amiot, Viviana Ibarra y el abogado integrante Roberto Fuentes.

Su papel en el crimen. El fallo de 2018 de la Corte Suprema detalló que “la madrugada del día 04 de enero de 2013, siendo aproximadamente la 01:00 horas, un grupo de sujetos, entre los que estaba el detenido y condenado por estos hechos, Celestino Córdova Tránsito, los acusados José Manuel Peralino Huinca, Luis Sergio Tralcal Quidel y José Sergio Tralcal Coche, entre otros, irrumpió en la casa habitación ubicada en el denominado fundo La Granja Lumahue”, consignó uno de los considerandos del fallo, donde recogen la sentencia de primera instancia.

  • La pareja, el marido de 75 años y su mujer de 69, “se encontraban en el interior de su domicilio”.
  • “Los sujetos en cuestión se dirigieron a ese lugar, previamente concertados, provistos de diversos elementos, entre ellos armas de fuego de distintos calibres, cuerpos portadores de llama y sustancias acelerantes con el propósito de atacar el mismo e incendiarlo, aun constatando la presencia de sus ocupantes”.
  • “Una vez en el lugar, una parte de este grupo, entre los que estaba José Manuel Peralino Huinca, se posicionó por un sector del inmueble que da hacia el Fundo Traipo; en tanto que el otro grupo de sujetos, entre los que se encontraba José Sergio Tralcal Coche y Luis Sergio Tralcal Quidel, atacó la propiedad por el sector de la cocina, efectuando diversos disparos con armas de fuego”.
  • “Ante ello, don Werner Luchsinger Lemp, víctima de los hechos, repelió el ataque haciendo uso de su arma de fuego una pistola marca Browning calibre 7.65 milímetros, enfrentamiento en el que resultó herido a la altura del tórax el mencionado Celestino Córdova Tránsito”.

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