Convención: El plan de restitución territorial indígena de 8 años vía expropiaciones que votará el pleno

Jorge Poblete
La machi Francisca Linconao conversando con el convencional Adolfo Millabor durante la sesión de la comisión de Normas Transitorias del jueves 26 en el ex Congreso. Foto: Sebastián Beltrán / Agencia Uno.

La comisión de Normas Transitorias aprobó este viernes por la mañana una bajada a uno de los temas sensibles del borrador constitucional: la entrega de tierras a pueblos originarios vía expropiaciones. Votó en favor de una propuesta que establece que el Presidente deberá crear por decreto, en un plazo de un año, una Comisión Territorial Indígena que elaborará el catastro de tierras a restituir, y que ésta tendrá 8 años para realizar su labor, renovables por otros 4. Convencionales de los colectivos oficialistas y de escaños reservados que votaron en favor de la propuesta plantearon que el plazo podía ser excesivo, por lo que podría ser revisado en el pleno del próximo jueves.


Qué observar: La comisión de Normas Transitorias aprobó este viernes por la mañana una indicación que entrega plazos de aplicación a la norma sobre restitución territorial indígena vía expropiaciones enviada el 4 de mayo al borrador constitucional.

  • El artículo sobre restitución territorial aprobado el 4 de mayo fue considerado por convencionales de distintos colectivos como el mayor logro de los 17 representantes escaños reservados en la Convención —especialmente los 7 escaños reservados mapuches—, que con esto vieron constitucionalizada la principal demanda por la que se sumaron al proceso.
  • El resultado obtenido esa jornada, que contó con el respaldo de los colectivos oficialistas en la Convención —Frente Amplio (FA), Partido Comunista (PC) y Colectivo Socialista— se sumó a otros artículos incorporados previamente al borrador constitucional que será sometido a plebiscito el 4 de septiembre. Entre otros, el que declara a Chile como un estado plurinacional, el que crea una justicia indígena que operará paralelamente a la ordinaria, el que instaura las autonomías territoriales indígenas y el que dispone escaños reservados indígenas en los organismos colegiados.
  • La norma aprobada ese día establecía que para efectuar la restitución debía realizarse un catastro de tierras, cuyo plazo de implementación quedó abierto. Esto es lo que votó este viernes por la mañana la comisión de Normas Transitorias, propuesta que será sometida a la decisión del pleno el 2 de junio.

El acuerdo: El acuerdo alcanzado en la comisión de Normas Transitorias entre el representante de escaños reservados Adolfo Millabur, los colectivos oficialistas y la Coordinadora Plurinacional dio los votos necesarios para su aprobación a una indicación presentada por el convencional Marco Arellano (Coordinadora Plurinacional), que establece que el Presidente deberá crear por decreto, en un plazo de un año, una Comisión Territorial Indígena que elaborará el catastro de tierras a restituir.

  • La propuesta establece además que ésta tendrá 8 años para realizar su labor, renovables por otros 4 años.
  • La indicación obtuvo 22 votos a favor, una en contra de Cristián Monckeberg (RN) y 3 abstenciones de Javier Fuchslocher y Lorena Céspedes de Independientes No Neutrales (INN) y de Eduardo Castillo (Colectivo del Apruebo). Otros convencionales de Chile Vamos no votaron, por un cuestionamiento más general al paquete votado en la jornada, que calificaron de antirreglamentario.
  • Convencionales de los colectivos oficialistas y de escaños reservados plantearon que el plazo de 8 años renovables fijado para crear el catastro podía ser excesivo, por lo que podría ser revisado en el pleno o bien de nuevo en la comisión, en caso de que la propuesta no alcance 2/3 de apoyos en esa instancia (103 votos).

En qué consiste la restitución vía expropiaciones: “El Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos. La propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución”, dicen los primeros incisos de la norma aprobada el 4 de mayo.

  • Luego se establece una de las causales legales para realizar expropiaciones: la utilidad pública. “La restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general”, dice la propuesta.
  • Paralelamente, el pleno aprobó esa jornada que se podrán expropiar bienes, pagando un “precio justo” por adelantado. Se rechazaron las propuestas de Chile Vamos de que se pagara el “precio de mercado”.

Qué dice la indicación que fijó el plazo para el catastro: “Dentro del plazo de un año desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución, el Presidente de la República creará por decreto la Comisión Territorial Indígena, garantizando su debido financiamiento estatal, infraestructura, asistencia técnica y administrativa”, dice la indicación.

  • “La Comisión tendrá un plazo de funcionamiento de 8 años, renovables por 4 años adicionales, no pudiendo extenderse por más tiempo sin la habilitación legal respectiva cuando el interés de los pueblos así lo requiera”.
  • “La Comisión, de oficio o a requerimiento de los interesados indígenas, tendrá por objeto elaborar catastros y establecer mecanismos concretos de solución, planes, políticas y programas para la regularización, titulación, demarcación, reparación y restitución de tierras indígenas, los que deberán ser cumplidos y ejecutados por los órganos competentes”.
  • “Estará compuesta por integrantes de los pueblos y naciones indígenas, que serán elegidos por sus organizaciones representativas, por representantes del Estado y por personas de reconocida idoneidad que contribuyan al adecuado cumplimiento de los fines de la Comisión quienes serán nombrados por el Presidente de la República. Contará con una Secretaría técnica ejecutiva conformada por personas de comprobada experiencia académica o profesional. La comisión podrá invitar a organismos internacionales como observadores garantes del proceso.”.

Las dudas sobre el catastro: El jurista Jorge Correa Sutil, magister en derecho de la Universidad de Yale, advirtió a principios de mes que la norma enviada al borrador era imprecisa. “El Estado, al reconocer y garantizar los derechos de los pueblos y naciones indígenas a ‘sus’ tierras, no deja claro cuáles son ‘sus’ tierras”, dijo.

  • “Un inciso distinto habla de la necesidad de hacer un catastro y regularización y demarcación. Si el Estado puede hacer el catastro y esas fueren y no otras las tierras indígenas, esto podría ser una esperanza de una política pública en la cual quedara claro, de una vez y para siempre, cuáles son las tierras y cuáles no son las tierras, el problema es que no están delimitadas y las tierras se han ido ampliando sobre la base del ejercicio de la violencia, y no de catastros públicos”, dijo. “La disposición no dice que son sus tierras conforme a los catastros públicos, dice simplemente sus tierras, entonces deja la duda y deja la posibilidad abierta a que sigan reclamándose tierras más allá del catastro”.

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