Marzo 21, 2025

Condenan a Fiscalía e INDH a pagar $28 millones tras perder juicio contra marino absuelto de crimen a comunero mapuche

Ex-Ante
Captura de video de la patrulla, minutos antes de efectuar el disparo que impactó a Yordan Llempi en noviembre de 2021.

El juez Rodrigo González-Fuente condenó a la fiscalía y al INDH a pagar $14 millones en costas cada uno, tras perder el juicio en contra de un infante de marina Ricardo Seguel. El funcionario fue absuelto del homicidio del comunero Yordan Llempi, muerto en Cañete en 2021. La sanción buscó “evitar la imposición de acusaciones temerarias”.


Por qué importa. El pago de $28 millones en costas representó un golpe tanto para la Fiscalía Regional del Biobío como para el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), quienes acusaron al infante de marina Ricardo Seguel San Martín del homicidio del comunero Yordan Llempi Machacán, muerto en noviembre de 2021 en Cañete, durante un tiroteo ocurrido en el estado de emergencia decretado por la provincia.

  • El juez Rodrigo González-Fuente dijo que las costas del juicio debían dividirse en partes iguales entre los dos acusadores, que deberán pagar $14 millones cada uno.
  • Explicó que la sanción buscaba “evitar la imposición de acusaciones temerarias” y esbozó una crítica a la separación de causas de la fiscalía, que hizo perder el contexto del tiroteo en que ocurrió la muerte.
  • El funcionario de la Armada había sido absuelto, en forma unánime, en diciembre de 2024.
  • En la sentencia, publicada en enero de este año, los magistrados Rodrigo González-Fuente, Pablo Zambrano y Marcos Pincheira, sostuvieron que “si se apunta y dispara en más de una ocasión contra un funcionario de la Armada, no existe norma alguna que le imponga el deber especial de ‘dejarse disparar’ o ‘ser herido’ antes de utilizar su arma de servicio”.
  • “Como la prueba de cargo sólo versó sobre los hechos relativos a la muerte de Yordan Llempi Machacán, pues por una decisión privativa del Ministerio Público, los hechos constitutivos de delito que ejecutó este grupo de civiles armados son ‘parte de otra causa’, no cabe sino concluir con la prueba rendida en juicio, que el actuar de los funcionarios de la Armada, dado la particular gravedad del contexto de los hechos en que se dio, se ajustó a la normativa internacional e interna”.
  • Ese fallo estableció que los acusadores deberían pagar las costas del juicio.

Qué dice la resolución de las costas. “El tribunal va a tasar las costas en este proceso, en esta causa, en la suma de 28 millones de pesos, cantidad que deberá ser pagada entonces por el Ministerio Público y por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en idéntica proporción”, dijo la resolución del miércoles.

  • Lo anterior, “en atención al número de días de la realización del juicio, a la complejidad del mismo, al carácter mediático, las consecuencias que implicó para el acusado estar sometido a un procedimiento de esta naturaleza, teniendo también en consideración que el proceso en sí mismo va desde la fase investigativa hasta la dictación de la sentencia del juicio oral, unido a su vez a que las condenas en costas tienen por objeto controlar o evitar la imposición de acusaciones temerarias, velando por el carácter objetivo de la persecución penal”.

Lea la resolución:

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