Y ahora, ¿quién podrá defendernos? Por Héctor Lehuedé

Socio de RAZOR Consulting

Prevenir es lo primero y lo más relevante. Haciendo eso bien, nadie debiera irse preso ni necesitará que lo defiendan, porque en su actuar diario habrá defendido, por sí mismo, a la organización y sus grupos de interés, como espera la sociedad.


Después de casi tres años de tramitación, fue publicada finalmente la Ley 21.595 sobre Delitos Económicos que se ha vuelto tema obligado en directorios y gerencias, en buena medida porque se ha formado un coro de muchos que se dicen expertos y que están asustando a todo el que se les ponga por delante. A diferencia de la famosa columna, aquí es cierto que puede venir el Cuco, pero las penas de cárcel no caen del cielo. Les invito a tomar algo de perspectiva y distinguir los riesgos reales del marketing de quienes buscan clientes. Veamos algunos puntos.

Uno de los principales objetivos de los autores de la nueva Ley, sino el central, fue que los líderes empresariales que participaran en la comisión de delitos económicos recibieran penas privativas de libertad, cárcel idealmente. Esto, porque existe la percepción en la sociedad que el sistema de justicia penal permite que los dirigentes empresariales, directores y gerentes, gocen de impunidad y no paguen por sus delitos como el resto de los chilenos. Eso no un hecho, es una percepción en la sociedad alimentada por casos concretos, en que ese fue el resultado final.

La razón de la aparente impunidad es en buena parte fruto del sistema de determinación de las penas que establece el Código Penal, donde concurren eximentes, atenuantes y agravantes. Con las atenuantes de irreprochable conducta anterior y de haber reparado con celo el mal causado, y sin agravantes, prácticamente todos tenemos una carta de Monopoly que dice “sale de la cárcel” cuando se nos condena por primera vez por un delito. No es necesario ser rico o poderoso para usarla, aunque sí ayuda tener el mejor abogado defensor que el dinero puede costear.

¿Cómo lograron los autores de la Ley 21.595 que directores y gerentes ahora respondan con privación de libertad, ojalá cárcel, por los delitos económicos que cometan? Cambiando las reglas de determinación de la pena. No había otra forma. Si a usted o a mí nos hubiesen encargado lograr ese resultado tendríamos que haber hecho lo mismo. Dejaron fuera las atenuantes ya mencionadas y crearon una agravante nueva para quienes sean líderes empresariales. Y si la empresa es grande, la agravante es calificada, es decir, tiene más fuerza. A eso sumaron que todas las sanciones previstas implican privación de libertad, sin posibilidad de cumplir la condena en libertad vigilada.

¿Es justo o injusto este cambio? ¿Constituye una discriminación y desigualdad ante la Ley? Ya lo sabremos cuando esto se litigue ante los tribunales. Por ahora hay que entender que esto es una realidad, que ya está vigente.

¿Quiere decir esto que todo aquel que tiene poder en una empresa arriesga ir a la cárcel por cualquier cosa que la empresa haga mal? No, cada cual responde por sus actos, por lo que hizo o dejó de hacer. Es cierto que algunos de los nuevos delitos son de compleja interpretación (un buen ejemplo es el nuevo artículo 134 bis de la Ley sobre Sociedades Anónimas sobre acuerdos abusivos), y van a requerir precaución, pero son sólo un puñado.

¿Hay que contratar al penalista ahora mismo para que nos defienda a futuro? ¿Hay que contratar ya a nuestra ex-certificadora (la Ley ya no reconoce valor a las certificaciones) para que nos diga si lo estamos haciendo bien como tercero independiente? Puede ser, pero no debiera ser el punto de partida. Lo principal es no apanicarse, ni sobre reaccionar; es ocuparse.

Es necesario hacer el trabajo de prevención, para que la organización se comporte correctamente y no se meta en problemas. Las penas de cárcel no caen del cielo como la persistente lluvia bajo la cual se escribe esta columna. Son resultado de una mala gestión de los riesgos de cumplimiento y del involucramiento personal de los directores y gerentes en las malas decisiones que les dieron origen.

Gestionar bien los riesgos es deber de esos líderes y es la labor específica de los responsables que la organización debe designar en su área de cumplimiento. Ellos son los que van a desarrollar el largo y demandante trabajo de generar un modelo de prevención eficaz y eficiente, que más tarde revisarán los terceros independientes y que evitará tener que recurrir al penalista, o que el penalista mostrará en el juicio como prueba de que la empresa hizo todo lo que pudo por evitar hacer mal y meterse en problemas.

Prevenir es lo primero y lo más relevante. Haciendo eso bien, nadie debiera irse preso ni necesitará que lo defiendan, porque en su actuar diario habrá defendido, por sí mismo, a la organización y sus grupos de interés, como espera la sociedad.

Para más contenido After Office, clic aquí.

Publicaciones relacionadas

Director ejecutivo Consejo de Políticas de Infraestructura (CPI)

Junio 17, 2026

Chile puede crecer al 4%. Por Carlos Cruz

Alcanzar la meta de crecimiento de 4% en lugar de estancarnos en el 3,5% no es un capricho técnico; es la diferencia entre el desarrollo y el inmovilismo. Lograrlo depende de nuestra capacidad de llegar a consensos.

Director, Consultoría Minería & Metales – Wood Mackenzie

Junio 16, 2026

Codelco, nuestro orgullo incomprendido. Por Nassam Estibill

La deuda de Codelco es alta y exige disciplina financiera, mejor ejecución de proyectos y mayor reinversión. Pero también sería injusto mirar esa deuda sin reconocer que, durante décadas, Codelco ha contribuido al Estado chileno en una magnitud que ninguna otra empresa del país ha hecho, muchas veces a costa de su propia capacidad de […]

Vicepresidenta Ejecutiva de FIAP

Junio 16, 2026

Chile sin hijos: el desafío demográfico que obliga a repensar las pensiones. Por Karol Fernández

La crisis demográfica que enfrenta Chile obliga a ampliar el foco del debate previsional. Las pensiones no son únicamente el resultado de las cotizaciones individuales o de las reglas del sistema. También dependen de la evolución del mercado laboral, de la productividad y de la capacidad de una economía para sostener a una población cada […]

Profesora Titular & Directora, Centro Trabajo & Familia @ ESE Business School

Junio 15, 2026

El costo que siempre estuvo ahí. Por María José Bosch

Las indicaciones no inventan un costo: toman uno que ya existía (concentrado, invisible y con sesgo de género) y lo vuelven visible y compartido. Al derogar el artículo 203 y reemplazarlo por un aporte parejo de todos los empleadores, se desacopla el costo del cuidado de la decisión de contratar a una mujer.

Académico e Investigador. Miembro Titular Consejo Técnico de Inversiones (CTI)

Junio 15, 2026

Aterrizando la Reforma de Pensiones. Por Helmut Franken y Fernando Mejido

El éxito estructural de este nuevo marco normativo no dependerá de la ley escrita, sino de la capacidad del regulador para blindar el diseño de los nuevos incentivos financieros frente a distorsiones de corto plazo o capturas del mercado.