Si yo fuera militar o carabinero, les diría a los parlamentarios de oposición “¡no me ayude compadre!”. Varios militares procesados por la justicia militar por violaciones a los DDHH y otros delitos han recurrido al Tribunal Constitucional para que declare la inconstitucionalidad de las normas del Código de Justicia Militar que no contemplan las garantías del actual Código Procesal Penal. Habría que preguntarles cómo les ha ido a los militares procesados por la Justicia Militar con la jueza Rutherford o al general (R) Cheyre con el ministro Rozas.
Nuestros políticos son impulsivos. Parafraseando al presidente de la república, les gusta legislar en caliente. Por eso estamos llenos de leyes con nombres propios. Ante cualquier evento traumático se presenta un proyecto de ley que terminará llevando el nombre de la víctima.
- Ignoro el origen de esta costumbre, que es más bien reciente. Tal vez actuar de ese modo les da a los parlamentarios una sensación del deber cumplido, de haber resuelto “un grave problema” de forma instantánea y definitiva.
- Algo parecido está ocurriendo con la reforma que se propone al Código de Justicia Militar para que los delitos que se le imputen a los militares en el contexto de un estado de excepción, resguardo de infraestructura crítica y de fronteras sean investigados por los tribunales militares y no por la justicia civil.
- Con esta modificación sus promotores buscan proteger a los militares, “sacándolos de las garras” de una justicia penal con fiscales y jueces que ellos consideran politizados y prejuiciados en contra de los militares y carabineros.
- Desde luego que la gravedad de este razonamiento salta a la vista. Nunca antes en democracia se había legislado motivado por la desconfianza hacia el ministerio público y la judicatura penal.
- De un tiempo a esta parte se ha hecho costumbre que los dirigentes políticos y parlamentarios ataquen a los jueces e intervengan indebidamente en los quehaceres del Poder Judicial.
“El efecto Chong”. A raíz del denominado “caso Hermosilla” la Cámara de Diputados y Diputadas se permitió “invitar” a todos los ministros de la Corte Suprema a comparecer ante una comisión investigadora.
- Por su parte el Diputado Jorge Alessandri llamó públicamente a la Corte Suprema a destituir al Juez Daniel Urrutia por autorizar video llamadas a reos de alta peligrosidad.
- Podríamos hablar del “efecto Chong” como detonante de la crisis y que está derivando en una pérdida de confianza en los fiscales y en el Ministerio público. Fue la anunciada formalización del General Yáñez y del General (R) Rosas, ambos acusados de 1. 600 violaciones a los DDHH ocurridas durante el estallido social, una con resultado de muerte, la que prendió las alarmas.
- Su participación en los delitos sería por “omisión” o responsabilidad de mando, en circunstancias que ambos imputados se encontraban a muchos kilómetros del lugar donde habrían ocurrido los hechos; en los cuales no tuvieron ninguna participación ni noticia.
- A lo anterior se sumó la emboscada que terminó con el asesinato de tres policías en el sur, atentado que fue definido por todos como un acto terrorista.
- Hay además otros casos emblemáticos, como el del joven que cayó al Mapocho supuestamente “empujado” por un carabinero. En ambos casos, el de Yáñez y el del Mapocho, el Consejo de Defensa del Estado estimó por unanimidad que no había delitos y optó por no querellarse.
- Sin embargo, los parlamentarios de oposición estimaron que la cosa había llegado a un límite intolerable, que la única solución es sacar a los militares de la jurisdicción de la justicia civil y que de ahora en adelante sean los tribunales militares los que juzguen casos como estos.
- Los autores de la indicación presumen que los carabineros y uniformados tendrían juicios más justos y que sus derechos se respetarían más cabalmente en la justicia militar.
- A efectos de esta columna se podría dar por sentado que la reforma sería algo que los uniformados han solicitado y quieren. Imagino que habrán discutido el tema con la ministra de defensa y los propios interesados. Porque resultaría insensato que estuviesen reformando el Código de Justicia Militar sin consultar su parecer.
- Pero me temo que ese no es el caso, que se trata de un impulso motivado por la urgencia de hacer algo, de una maniobra para horquillar al gobierno que no puede estar de acuerdo con una medida así.
Las 10 razones. Por mi parte y más allá de todo cálculo político sostengo que aprobar esa reforma solo perjudicaría a los militares y carabineros por las siguientes razones:
1) La justicia militar se rige por las reglas del sistema antiguo que no era en absoluto garantista, sino por el contrario inquisidor.
2) El imputado no tiene derecho a guardar silencio y si se niega a declarar puede ser detenido.
3) La declaración indagatoria es sin la presencia de su abogado.
4) El sumario es totalmente secreto y no tiene plazo máximo de duración, por lo que el imputado no conocerá los cargos que se le imputan ni los hechos que se investigan.
5) No hay formalización, donde se le informa al imputado por qué se lo investiga; y se discuten las medidas cautelares.
6) Podrá ser encargado reo solo sobre la base de indicios y eso supone la privación de libertad.
7) No existe presunción de inocencia ni derecho a un juicio oral público y transparente con acceso de sus defensores a la carpeta investigativa.
8) La investigación puede durar años y el proceso eternizarse.
9) El mismo juez que investiga falla en primera instancia. Este es el peor vicio del sistema antiguo, un atentado al debido proceso legal. Algo así como si la fiscal Chong no solo investigara y acusara, sino que también fallara el pleito.
10) No existe un juez de garantía que ampare los derechos del imputado, es decir de los uniformados procesados.
Un sistema arbitrario e injusto. En el caso del presunto asesinato del expresidente Frei Montalva, se encontró culpables a los acusados y se les destruyó la vida. Algunos se suicidaron antes que la Corte de Apelaciones primero y la Suprema después, dejaran sin efecto su sentencia.
- Mucho se ha criticado y demonizado la reforma procesal penal, culpándola de todos los males y de favorecer al “delincuente”. Y eso puede tener algo de cierto porque es por definición garantista, precisamente, de los derechos del imputado. No hay que perder de vista que no todo imputado es necesariamente culpable, es decir un delincuente.
- Ninguna persona en su sano juicio optaría voluntariamente por someterse a un proceso bajo las reglas del sistema antiguo, que carece de garantías mínimas. ¿Por qué obligar a los uniformados a que lo hagan?
- Por eso se hizo la reforma procesal penal, porque el sistema antiguo era arbitrario e injusto y no respetaba los derechos fundamentales a un juicio imparcial, ni el derecho pleno a defenderse.
- Varios militares procesados por la justicia militar por violaciones a los DDHH y otros delitos han recurrido al Tribunal Constitucional para que declare la inconstitucionalidad de las normas del Código de Justicia Militar que no contemplan las garantías consagradas en el actual Código Procesal Penal.
- Habría que preguntarles a los militares procesados por la jueza Romy Rutherford como les ha ido con la justicia militar o al general (R) Cheyre con el ministro Rozas.
- Es cierto que en la justicia militar tendrían por juez a un militar y no a una fiscal Chong o un fiscal Armendáriz. Pero ese juez militar también está obligado a regirse por las normas del sistema antiguo. Además, toda apelación será vista por un tribunal mixto, integrado también por civiles.
- Por último, podría haber un problema de legitimidad de los fallos. Una parte de la ciudadanía siempre dudará de la imparcialidad de una resolución absolutoria emanada de un tribunal militar.
- Por estas razones si yo fuera militar o carabinero les diría a los parlamentarios de oposición que presentaron la indicación “¡No me ayude compadre!”.
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