Junio 24, 2026

Qué quedó de la ley de Escuelas Protegidas tras el fallo adverso en el Tribunal Constitucional

Ex-Ante

Aunque dejó fuera del texto normas clave como la inhabilidad para acceder a gratuidad y la intervención policial en procedimientos, el TC mantuvo en el proyecto artículos como la revisión de mochilas y la prohibición de usar capuchas en establecimientos educacionales. En la oposición miran con atención lo ocurrido con la gratuidad, pues puede generar un precedente en proyectos como el registro de vándalos e incivilidades.


Decisión del TC. En el Ejecutivo están a la espera de conocer los fundamentos del fallo y la votación de los ministros del Tribunal Constitucional (TC), que el martes decidió declarar inconstitucionales algunas normas de cuatro de los ocho artículos que componían el proyecto de Escuelas Protegidas, que la administración Kast aprobó el 2 de junio en el Congreso, y fue objeto de requerimientos de la oposición.

  • Entre otras normas, el TC dejó fuera la posibilidad de que, en la revisión de mochilas, intervengan Carabineros y la PDI en caso de que los alumnos se nieguen o haya ausencia de los apoderados.
  • También, se eliminó la inhabilidad de acceder a la gratuidad en la educación superior para quienes han sido condenados por delitos que atenten contra la vida, la integridad física o psíquica de las personas, la propiedad o la infraestructura pública.
  • Otra norma objetada es la prohibición de vestimentas o accesorios que promuevan o hagan apología o alusión a la violencia, las drogas o conductas delictuales. Asimismo, el TC eliminó la norma que restringía la admisión de estudiantes que hayan sido expulsados o cuya matrícula se haya cancelado por actos que afecten gravemente la convivencia escolar.
  • En el gobierno sostienen que esperan conocer el fondo del fallo y posteriormente evaluar la posibilidad de recurrir a un veto aditivo que subsane alguna de las observaciones del TC.

Revisión de mochilas. Entre las normas que quedaron intactas en el texto de la ley está la facultad de los establecimientos de revisar las mochilas y vaciar los bolsillos de sus estudiantes. Eso implica que los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos o accesorios personales de estudiantes para impedir el porte de elementos peligrosos.

  • Cuando se trate de un delito flagrante, cometido por un mayor de 14 años, se podrían aplicar las normas de la ley de Responsabilidad Adolescente, que permite incluso restringir la libertad del estudiante.

Capuchas. También se mantiene intacta la norma que establecía la prohibición del uso de capuchas y otros accesorios o vestimentas que impidan la identificación facial. El TC sólo eliminó la justificación de usarlos por razones religiosas.

Afectación a la convivencia escolar. Tras el filtro del TC, el texto mantiene la referencia a la afectación grave que generan a la convivencia escolar las amenazas que tengan como objetivo interrumpir parcial o totalmente la jornada, entre las que se encuentran tomas o paros, realizadas por algún miembro de la comunidad educativa.

  • Se trata de una norma fundamental para el Gobierno, pues habilita a los establecimientos escolares para expulsar y cancelar la matricula de los alumnos que incurran en estas conductas.

Protección a profesores. También, permanece vigente un artículo que impone una inhabilidad para contratar con el Estado cuando se trate de un adulto que ha cometido un delito en contra de un profesional o asistente de la educación.

Denuncias ante la superintendencia. Lo que también se mantendrá intacto en el texto de la ley es la reforma al sistema de denuncias por convivencia escolar ante la Superintendencia de Educación. El organismo podrá actuar como acompañante en la resolución de conflictos al interior de los colegios, y además filtrar el flujo de las denuncias, rechazando aquellas que no tengan méritos e incluso multando cuando sean evidentemente infundadas.

  • La idea es, en primer lugar, forzar a que los establecimientos resuelvan internamente los conflictos, pero también racionalizar la carga de trabajo de la superintendencia, que durante el último año registró más de 17 mil denuncias por convivencia escolar.

Alerta por otros proyectos. Para el Ejecutivo es fundamental conocer los argumentos jurídicos de la decisión del TC, para definir qué hacer con otros proyectos, tanto del Mineduc como de otras áreas.

  • Un aspecto preocupante para el Gobierno es que la resolución del TC eliminó el artículo que condiciona el acceso al beneficio de la gratuidad universitaria.
  • En la oposición creen que esto genera un precedente de inconstitucionalidad para otros proyectos del Ejecutivo como el que crea un registro de vándalos o incivilidades restringiendo el acceso a beneficios sociales. Esa iniciativa restringe beneficios como acceso a la PGU, gratuidad o subsidio de arriendo, a quienes estén en la nómina por faltas graves.
  • El presidente del Colegio de Profesores, Mario Aguilera, señaló que la postura del TC también podría impactar al nuevo proyecto que modifica el Sistema de Admisión Escolar (SAE), ingresado este martes al Congreso, ya que contempla variables de rendimiento y entrevistas en la postulación de los alumnos a los establecimientos.

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